Ley de la Segunda Oportunidad Soria

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Puede descargar el archivo para saber si esta en el ASNEF

¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?

La Ley de Segunda Oportunidad es una alternativa legal con fecha 25/2015 del 28 de julio a la que pueden acogerse las personas físicas, incluidas los autónomos, cuando tienen deudas que no pueden pagar. Gracias a ella pueden renegociarlas e, incluso, eliminarlas por completo o de manera parcial. De este modo, tienen la opción de salir adelante sin sacrificar por completo los derechos de los acreedores.

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“En la mayoría de los casos hay una solución para salir de las deudas”

Juan Hita, Gerente Aliter Abogados Soria

¿Cuánto tarda la Ley de Segunda Oportunidad? Plazos

Estos son los plazos habituales de la tramitación de este procedimiento en Soria:

  • Proceso completo: entre 4 y 12 meses, según las circunstancias, la existencia o no de un acuerdo extrajudicial y la cantidad total adeudada. Difícilmente dura, en cualquier caso, menos de 6 meses.
  • Solicitud y presentación del expediente deudor: entre 30 y 45 días.
  • Obtención de la firma del notario, establecimiento del mediador y negociación extrajudicial: entre 90 y 180 días.
  • Resolución del concurso consecutivo y en el juzgado: entre 3 y 6 meses.
  • Liquidación y exoneración de deudas: entre 6 y 9 meses. Cuando se trata de deudas con la administración pública, el periodo se alarga hasta los 5 años.

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¿Cómo acogerse a la Ley Segunda Oportunidad?

La esencia de la Ley Segunda Oportunidad Soria es proporcionar una nueva vía vital a los deudores que lo son por necesidad, no por querencia. Los buenos pagadores que ya no pueden seguir siéndolo son sus destinatarios. El punto de partida es comunicar el deseo de acogerse a la institución oportuna y demostrar que se cumplen los requisitos legales establecidos.

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Requisitos para la Ley de la Segunda Oportunidad

Estos factores impiden a las personas acogerse a este mecanismo legal:

  1. Insolvencia dolosa o causada por culpa grave.
  2. Condenas socioeconómicas, patrimoniales o por falsedad documental en la última década.
  3. Insinceridad u ocultación al presentar la documentación relacionada con el expediente.
  4. Falta de intención, y de hechos, para obtener un acuerdo extrajudicial de pago.
  5. Impago de las deudas privilegiadas —es decir, las que se tienen con Hacienda, la Seguridad Social y las hipotecas— y los créditos obtenidos tras la definición del concurso.
  6. Rechazo de ofertas de empleo, adecuadas a su perfil, durante los 4 años previos.
  7. Solicitud y aplicación de esta misma medida durante la última década.
  8. Rechazo o negativa a su inscripción en el Registro Público Concursal.
  9. Suma de deudas por encima de los 5 millones de euros.

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Ley de la Segunda Oportunidad para particulares

El profesional al que deben dirigirse los particulares es un notario, ante el que deben reconocer su deseo de solicitar esta medida.

Ley de la Segunda Oportunidad para autónomos

Respecto a los autónomos sorianos, deben acudir a la Cámara de Comercio o al Registro Mercantil para plantear su solicitud.

¿Cuánto cuesta acogerse la Ley de Segunda Oportunidad?

Llevar a cabo este procedimiento legal tiene un coste mínimo de 2500 euros, necesarios para pagar las tarifas de la notaría y la labor del mediador concursal. Lo cierto es que, según las circunstancias concretas de cada situación, este importe puede ser mayor.

Cuotas desde 60 euros/mes.

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