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Cártel de camiones

Si compraste tu camión entre 1997 y 2011 esto puede interesarte.

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Cártel de los camiones, ¿Por qué se puede reclamar?

Los fabricantes de camiones tenían que invertir, para poder cumplir con la normativa europea a raíz de la firma del protocolo de Kioto, en tecnología en materia de reducción y emisión de gases, lo que suponía gastar importantes cantidades de dinero en tecnología y en Investigación y Desarrollo, pues estas modificaciones exigían grandes cambios en los motores para que redujeran las emisiones de gases contaminantes.

Sin embargo, estos fabricantes, trasladaron los gastos haciéndoselos pagar a los clientes finales de los camiones.

¿Qué plazo tengo para reclamar sobre el cártel de camiones?

Inicialmente se establecía el plazo de prescripción en 1 año desde que se conoció la infracción, es decir, como plazo máximo, al haberse publicado la Decisión de la Comisión Europea el 6/04/2017, el plazo para reclamar habría finalizado el 6/04/2018).

Sin embargo la Directiva 2014/104/UE de la Unión Europea en materia de ejercicio de acciones de daños por infracciones del Derecho de la competencia, que establecía un plazo de prescripción de 5 años para el ejercicio de acciones por daños, y que debía haber sido transpuesta antes del 27 de diciembre de 2016, no se traspuso en nuestro ordenamiento hasta el 27 de mayo de 2017, meses después de la publicación de la decisión sobre el cartel, y por ello no pudo ser aplicada en aquel momento a dichas reclamaciones contra las empresas ya sancionadas con anterioridad (AB Volvo, Daimler, DAF, IVECO, MAN).

Pero es que además de ese plazo de 5 años para reclamar, la transposición de la Directiva, además de ampliar el plazo de reclamación también estableció la Responsabilidad solidaria entre los participantes de la infracción.

Sentencia cartel de camiones

Crean lo que se denomina un Cártel de Camiones, poniéndose de acuerdo, para repercutir esos gastos al cliente final, elevando los precios de los camiones de una manera consensuada, y así no ver mermados sus resultados económicos. Aún después de haber cargado el sobrecoste a los consumidores finales, ni siquiera fue implantada la tecnología anticontaminante.

En atención a dicha práctica completamente irregular, por parte de la Comisión Europea, se dictó la Decisión de 19 de Julio de 2016, que fue publicada en el Diario Oficial de la Unión Europea el 6 de Abril de 2017, por la que se sancionaba a los fabricantes que habían incurrido en dicha práctica. Esa decisión de la Comisión Europea, es la que abría la puerta a reclamar por parte de los damnificados.

¿Qué tipo de vehículos están afectados cártel de camiones?

CAMIÓN RÍGIDO o CABEZA TRACTORA de peso medio (entre 6 y 16 toneladas) y pesados (más de 16 toneladas).

¿Qué fechas de adquisición?

Adquiridos entre el 17 de enero de 1997 y el 18 de enero de 2011.

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¿Quién puede reclamar?

Todas aquellas empresas o empresarios que hayan adquirido un camión o cabeza tractora NUEVO de peso superior a 6 toneladas, entre 17/01/1997 y 18/01/2011 de alguna de las marcas o fabricantes sancionados (DAF, Daimler, Iveco, MAN y Volvo/Renault, SCANIA) y ello por haber sufrido un quebranto económico a consecuencia del incremento de precios provocado por el irregular acuerdo alcanzado entre los fabricantes.

Dentro de “ADQUISICIÓN” ha de entenderse tanto la compra directa, como la compraventa a plazos con reserva de dominio, como el arrendamiento financiero o “leasing”. En otras figuras como “renting” habrá que estudiar cada caso particular para comprobar si el contrato de “renting” hace referencia al precio de adquisición del vehículo y se puede deducir que el destinatario del vehículo soportó ese sobreprecio ocasionado por el cártel.

En cuanto a VEHÍCULOS DE SEGUNDA MANO también se hará necesario estudiar cada supuesto particular. Aunque existen opiniones contradictorias, incluso algunas que descartan la posibilidad de reclamar en estos supuestos, nosotros entendemos que sí es posible reclamar también por el sobreprecio soportado en la compra de camiones de segunda mano cuando se cumplan determinadas condiciones, entre otras:

1) Que la fecha de 1ª adquisición esté comprendida entre las indicadas anteriormente (17/01/1997 y 18/01/2011);

2) Que el precio de compra de segunda mano sea conforme a los de mercado en ese momento y no sea excepcionalmente bajo (ejemplos: adquisición en subasta pública, liquidación de empresa en concurso, etc.).

¿Qué importe podría reclamar?

La Comisión Europea, al menos en las resoluciones e informes publicados hasta la fecha, no se ha pronunciado sobre el concreto sobreprecio ocasionado por el cártel investigado y sancionado; se viene hablando y estimando que la indemnización por cártel de camiones podría oscilar entre el 10% y el 20% del precio de adquisición.

Aunque será imprescindible contar con un informe pericial  relativo al sobreprecio, impuesto por el cártel de camiones, producido en cada vehículo teniendo en cuenta su marca, modelo, año de adquisición, etc., en el que se valore no sólo la diferencia en la evolución de los precios antes, durante y después del cártel, sino también el coste de implantación de las tecnologías de control de emisiones (Euro 3 a 6) sobre las que también versó el acuerdo ilegal (consiguiendo que fueran repercutido en su totalidad a los compradores).

Afectados Cartel de Camiones

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¿Qué documentación tendría que aportar para que estudien mi caso?

–  Factura de compra.

– Contratos de “leasing” en su caso.

 – Factura de venta o documento donde conste el precio de entrega del vehículo usado al adquirir el nuevo, en caso de que se haya producido esa entrega o transmisión, pues a nuestro juicio en estos supuestos el sobreprecio a reclamar habrá que calcularlo por la diferencia entre el precio de adquisición de nuevo y el de venta como usado/segunda mano.

Permiso de circulación

– Ficha técnica.

–  Autorización/tarjeta de transporte.

En cualquier caso, si crees que puedes estar incluido en alguno de estos supuestos, no lo dudes, ponerse en manos de abogados especializados en cártel de camiones siempre es la mejor opción, sobre todo, teniendo en cuenta que la primera consulta y el estudio de tu caso concreto es totalmente gratuito.

Las sentencias del cártel de camiones en Valencia están a punto de llegar, pero no dejes que te defiendan con un modelo de demanda… las plataformas de afectados por el cártel de camiones, confían en profesionales especializados como Aliter Abogados.

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Con más de 20 años de Experiencia

Nuestros abogados pertenecen, en su mayoría al Ilustre Colegio de Abogados de Valencia (ICAV).

También contamos con la colaboración de procuradores del Ilustres Colegio de Procuradores de Valencia (ICPV), además de peritos médicos, economistas y todo tipo de profesionales que pudieran ser necesarios para llevar su caso al éxito.

Podrá hacer preguntas a abogados gratis, por teléfono, por correo electrónico o en persona, concertando una cita.

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Testimonios

Nuestros clientes hablan por nosotros

testimonio jose maria a

Muy buenos profesionales.

Jose Maria A.
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Literalmente me salvaron de un caso difícil, complicado y lleno de obstáculos. Se resolvió a mi favor y recomendaría este bufete de abogados altamente.
Mayte L.

Tenía una duda legal y me han solucionado el problema, gracias Aliter Abogados Valencia. Cuando me surja cualquier tema legal volveré

Aleixandre C.S.
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Buena atención y las dudas legales en mi empresa de me las han solucionado, ya tengo abogados mercantiles en Valencia para lo que necesito. Gracias Aliter Abogados 😉

Ignacio P.
Hace una semana que estuve en este despacho de abogados para solucionar un problema financiero. No solo fueron muy eficientes, y estamos en camino de solucionarlo, sino el trato fue, amable, conciso y claro. Estoy muy contenta de haber encontrado un equipo tan eficaz y preparado
Joana López C.
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El pasado 4 de enero del presente año, recibimos una notificación de desahucio para ese mismo mes, el día 25. Ante tal situación (desagradable y triste donde las haya), buscamos ayuda en Aliter Abogados de Valencia. Nos prometieron ayuda y soluciones que estuvieran en sus manos y vaya si lo han hecho, seguimos en nuestra vivienda y nos han conseguido una moratoria hasta el 15 de mayo de 2020, por lo que tenemos 2 años y varios meses más para seguir buscando soluciones, siempre de su mano. Seguiremos confiando en ellos y en espera de que puedan volver a demostrarnos su profesionalidad, atención, amabilidad y buen hacer de este DESPACHO, con mayúsculas, de PERSONAS COMPROMETIDAS. Gracias en nombre de nuestra familia. Un abrazo, Conrado L.

Conrado L.
opinion de marcelo

Ya son varios años que Aliter Abogados me llevan los casos legales de mi familia y las consultas siempre son gratuitas y encima en la mayoría de los casos no he pagado nada hasta solucionarse. En cuanto lo dejo en manos de ellos me desentiendo y da gusto .

Marcelo G.