Abogados de extranjería en Valencia

Abogado Experto en Inmigración. Consulta GRATUITA

El tipo de tramitaciones que facilitan los abogados de extranjería en Valencia suele estar publicada, incluso en internet, para que cualquiera pueda efectuar sus solicitudes. Recurrir a un especialista no es obligatorio; sin embargo, la complejidad de las documentaciones exigidas, de los conceptos o la corrección de lo que debe ponerse en los formularios evita denegaciones y las subsiguientes pérdidas de tiempo y de dinero.

En Aliter Abogados somos conscientes de que el proceso de inmigración puede ser abrumador y complicado, especialmente cuando se trata de navegar por los complejos requisitos legales de España. Como abogados de inmigración en Valencia, estamos dedicamos a proporcionar a nuestros clientes un asesoramiento legal exhaustivo y personalizado.

Entendemos la importancia de regularizar la situación de cada individuo, asegurando que toda la documentación necesaria esté correcta y completa para evitar cualquier tipo de contratiempo. Nuestro abogado especialista en extranjería está altamente cualificado para manejar todos los trámites relacionados con permisos de residencia, desde la residencia temporal hasta la residencia permanente.

Nos enorgullecemos de ser considerados los mejores abogados de la región gracias a nuestro compromiso inquebrantable con nuestros clientes y nuestra capacidad para guiarlos a través de cada paso del proceso.

Para aquellos interesados en la golden visa, que ofrece una vía para residir en España, y eventualmente obtener la residencia permanente a través de inversiones, nuestro despacho ofrece orientación detallada y soporte completo. Este programa es especialmente atractivo para no ciudadanos comunitarios que deseen disfrutar de las ventajas de vivir en España.

Nos comprometemos a asegurar que nuestros clientes, ya sean ciudadanos comunitarios o no, reciban el mejor asesoramiento legal posible. Nuestro objetivo es lograr que el proceso de obtener o renovar permisos de residencia sea lo más fluido y libre de estrés posible. Nuestro abogado especialista en extranjería te asistirá en todos los trámites, garantizando que estés bien informado y preparado para cada paso del proceso.

Con Aliter Abogados, puedes tener la seguridad de que estás en manos de abogados de inmigración en Valencia altamente especializados. Todos nuestros clientes podrán cumplir tu sueño de residir en España. Somos los mejores abogados en la materia. Comienza tu camino hacia una nueva vida.

Más de 20 años de experiencia en la Ley de extranjería e inmigración
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El ejemplo de las autorizaciones de residencia

A modo de ejemplo ilustrativo de dicha complejidad, en España existen muchos tipos de autorizaciones para la residencia de extranjeros en el territorio:

  • Temporal no lucrativa.
  • Por reagrupación familiar.
  • Temporal por estudios o trabajo de investigación.
  • Temporal por razones de trabajo por cuenta ajena.
  • Temporal motivada por trabajo por cuenta ajena con duración determinada.
  • Temporal por trabajo de profesionales altamente cualificados titulares de una tarjeta azul de la Unión Europea.
  • Temporal por trabajo por cuenta propia.
  • Temporal con excepción de la autorización de trabajo.
  • Temporal por trabajo en el marco de prestaciones transnacionales de servicios.

Por la complejidad de todos estos temas, existen abogados de extranjería en Valencia gratis que facilitan consultas y resuelven dudas.

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Qué funciones desempeña un abogado de extranjería

Un abogado de extranjería desempeña una valiosa labor de asesoramiento y de acompañamiento en cada una de las fases en las que se encuentre un extranjero en España, tanto de forma previa a su llegada como durante su estancia.

Se encarga de tramitar las solicitudes para obtener el permiso de residencia o de trabajo, sus renovaciones, las reagrupaciones familiares, la nacionalidad, etc.

También se persona para la asistencia y defensa letrada en distintos procedimientos judiciales:

  • Ante los expedientes de expulsión de la Comisaría General de Extranjería y Fronteras.
  • Contra las solicitudes de internamiento en Centros de Extranjeros ante los juzgados de instrucción.
  • Presentación de recursos ante los juzgados de lo contencioso administrativo por denegación de residencia, contra resoluciones de expulsión, etc.
  • Recursos contra la denegación de visados ante los tribunales superiores de justicia.
  • Recursos contra las denegaciones de asilo ante la Audiencia Nacional o las inadmisiones de solicitudes ante los juzgados centrales.
  • Recursos contra las denegaciones de nacionalidad ante la Audiencia Nacional.

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Por qué son necesarios los abogados expertos en extranjería

Los abogados expertos en extranjería son los mejores guías que pueden encontrar todas las personas extranjeras que deseen venir a España para establecerse temporal o definitivamente. Facilitan notablemente los caminos para que la estancia de cualquier persona en este país o la de su familia sea lo más sencilla posible.

Las gestiones que realizan ahorran mucho tiempo, mucho dinero y quebraderos de cabeza a los usuarios. Son personas muy preparadas que evitan los errores que pueden echar atrás los expedientes de solicitud de las áreas de su competencia.

Se mantienen permanentemente informados para tener en cuenta los sucesivos trámites y sus plazos legales en beneficio siempre de las personas extranjeras que se establecen en el territorio o se desean establecer en él.

Económico, Financiado y rápido

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En qué momento contratar abogados especialistas en extranjería

El momento más adecuado para contratar abogados especialistas en extranjería es aquel en el que se sabe que se tiene que rellenar una solicitud para realizar alguna petición a las autoridades españolas. Puede producirse de forma anterior a la llegada del ciudadano extranjero a España o una vez que ya esté en el país según la naturaleza de su gestión.

Abogados expertos en extranjería en Valencia para estudiantes e investigadores extracomunitarios

Cualquier persona extranjera procedente de un país extracomunitario que vaya a permanecer en España durante más de tres meses sin trabajar necesita un permiso de residencia temporal no lucrativa. Se debe solicitar antes de salir del país de origen.

Si el traslado obedece a razones de estudios, esa persona necesita, además, un visado de estudiante cuya validez es de un año prorrogable.

Este tipo de expedientes permite al usuario trabajar de forma remunerada durante 20 horas semanales en contrato de prácticas.

Los abogados expertos en extranjería en Valencia rellenan las solicitudes de forma correcta y las presentan ante la autoridad competente con la documentación exigida, traducida al idioma oficial o cooficial de la oficina donde se presente.

Documentación necesaria

La regla general dictamina que todo documento público extranjero debe ser legalizado en la oficina consular de España en el país en el que se ha emitido dicho documento o por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. La excepción la forman esos documentos apostillados por la autoridad competente del país de origen ajustados al Convenio de La Haya de 5 de octubre de 1961 o que estén exentos de legalización en virtud de algún convenio internacional. Un abogado de extranjería facilita esta información y asesora al solicitante para que su documentación cumpla todos los requisitos exigidos.

La documentación básica necesaria para estudiar o investigar en España es:

  • Fotocopia del pasaporte o título de viaje.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen o del país en el que haya residido durante los últimos cinco años.
  • Certificado médico.
  • Acreditación de disponer de un seguro médico.
  • Acreditación de poseer fondos económicos suficientes para la estancia.
  • Carta de aceptación de la institución académica donde el estudiante vaya a cursar sus estudios.
  • Copia que acredite haber abonado la tasa requerida.

Qué hacer tras finalizar los estudios

Si, tras finalizar los estudios, se desea permanecer en España, se puede solicitar un permiso de residencia para estudiantes en búsqueda de empleo que prorroga la estancia un año adicional. Este tiempo permite la búsqueda de empleo por cuenta ajena o montando una empresa propia. Con la consecución de cualquiera de ambas vías es sencillo conseguir el permiso de trabajo.

Los requisitos que se exigen son, entre otros, estar en posesión de 6500 € y el título que acredite la finalización de los estudios.

Homologación, equivalencia o convalidación de títulos universitarios

Son los tres procedimientos existentes para poder ejercer la profesión según la titulación conseguida en otro país o los estudios iniciados en otro país, según corresponda. Lo gestiona el Ministerio de Educación y Formación Profesional, salvo la convalidación, que es competencia de cada universidad.

Homologación

Se trata de los 32 títulos recogidos en el anexo I del Real Decreto 967/2014. Se refiere al ejercicio de la profesión tras la obtención de un grado o máster regulado.

Equivalencia

Trata el reconocimiento de un título no regulado, esto es, que no pertenezca a la lista de titulaciones del anexo I del Real Decreto 967/2014. En muchas ocasiones, esto supone el deber de realizar algunos cursos o asignaturas para su homologación.

Convalidación

A diferencia de los dos casos anteriores, no se trata de un título conseguido en otro país. Las convalidaciones afectan solo a asignaturas y permiten la continuación de los estudios cuando estos se iniciaron en otro país.

La regulación por arraigo con un gestor en extranjería de Valencia

El arraigo es la forma más habitual de regularizarse en España y poder obtener, de esa manera, un permiso de trabajo y de residencia. Solicitarlo es uno de los servicios que presta un buen gestor en extranjería de Valencia. Existen tres tipos de arraigo: laboral, social y familiar.

Arraigo laboral

Los requisitos para acogerse a él son: permanencia continuada en el país de dos años, no tener antecedentes penales ni en España ni en el último país donde residieron los últimos cinco años y demostrar haber desempeñado un trabajo por cuenta ajena, al menos, durante seis meses.

Documentación necesaria:

  • Pasaporte original y copia.
  • Formulario correspondiente.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Certificado de antecedentes penales apostillado y su traducción, si corresponde.
  • Documentación acreditativa de haber permanecido en España durante dos años.
  • Documentación acreditativa de la existencia de relaciones laborales durante un mínimo de seis meses. Las formas de demostrarlo son resolución judicial, acta de conciliación o resolución administrativa.
  • Abonar la tasa administrativa.

Arraigo social

El requisito fundamental es la permanencia continuada durante al menos tres años en España.

Documentación necesaria:

  • Pasaporte.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen apostillado y traducido, si es necesario.
  • Contrato de trabajo que garantice el salario mínimo interprofesional.

Arraigo social sin contrato de trabajo

Los requisitos son la acreditación de disponer de medios económicos suficientes para su manutención y disponer de vínculos familiares con otros extranjeros residentes o un informe del ayuntamiento que avale su integración social.

Arraigo familiar

Son dos los supuestos que justifican este tipo de arraigo:

  1. Los padres de menores de edad españoles.
  2. Los hijos de padres españoles.

Documentación necesaria:

  • Original y copia del pasaporte.
  • Formulario Ex-10.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Certificado de nacimiento del hijo menor de edad español o del progenitor español de origen, según sea el caso.
  • Certificado de nacimiento del solicitante.
  • Certificado de antecedentes penales apostillado y traducido, si es el caso.
  • Comprobante de haber abonado la tasa administrativa.

Reagrupación familiar con abogados expertos en extranjería en Valencia

Para solicitar la reagrupación familiar es necesario disponer de la nacionalidad española o un permiso de residencia y trabajo renovado con un mínimo de un año de residencia. Para conseguirla procede una doble gestión en la que es necesaria contar con el asesoramiento y los conocimientos de abogados expertos en extranjería en Valencia.

Primera parte de la reagrupación

Se solicita en España. Los familiares que se pueden reagrupar son:

  • Cónyuge o persona con relación de afectividad análoga.
  • Hijos del reagrupante y de la pareja menores de dieciocho años o discapacitados. Si es hijo de uno de los miembros de la pareja, deberá ejercer la patria potestad en solitario o habérsele otorgado la custodia y estar efectivamente a su cargo.
  • Ascendiente en primer grado del reagrupante residente o de su pareja, cuando estén a su cargo, sean mayores de 65 años y existan razones que justifiquen la necesidad de autorizar la residencia en España.
  • Cuando concurran razones de carácter humanitario, también puede reagruparse el menor de 65 años.

Documentación necesaria:

  • Copias de los pasaportes del reagrupante y del reagrupado.
  • Acreditación de disponer de medios económicos suficientes para atender las necesidades de la familia.
  • Informe favorable de disponer de vivienda adecuada
  • Copia de la documentación acreditativa de los vínculos familiares o de parentesco.
  • Si se trata del cónyuge, certificado de matrimonio apostillado y traducido en su caso
  • Si se trata de los hijos, certificado de nacimiento apostillado y traducido si procede.

Segunda parte de la reagrupación

Una vez obtenida la autorización de residencia temporal por reagrupación familiar, hay que solicitar el visado en el consulado de España en el país de origen.

Documentación general requerida:

  • Pasaporte con una vigencia mínima de cuatro meses y copia.
  • Certificado de antecedentes penales expedido por las autoridades del país de origen o de los que haya residido en los últimos cinco años.
  • Certificado médico de no padecer enfermedades contagiosas.
  • Acreditación de los vínculos familiares y, si es el caso, la dependencia legal.
  • Resolución de la concesión de la autorización.
  • Abonar la tasa consular.

Familiar reagrupado en España

Una vez que llega a España el familiar reagrupado, debe tramitar la tarjeta de identidad de extranjero (TIE).

Obtención de la nacionalidad con abogados de inmigración en Valencia

La nacionalidad española se puede obtener por distintas vías: por carta de naturaleza, por residencia, por ser españoles de origen, por posesión de estado o por opción. La nacionalidad otorga derechos y deberes como ciudadano: derecho al sufragio activo y pasivo, protección diplomática, etc.

Nuestros Abogados Valencia le asesoran durante todo el proceso.

Tiempo de residencia exigido

La regla general establece que se debe residir en el país de forma legal durante diez años para poder optar a la nacionalidad. Sin embargo, hay importantes excepciones. Por ejemplo, si se posee la condición de refugiado, puede reducirse a cinco años. Si se procede de un país con especiales vinculaciones históricas, esto es, Portugal, Andorra, Guinea Ecuatorial o Filipinas, el tiempo pasa a ser de dos años. Si se ha nacido en territorio español, es suficiente un año de residencia efectiva. En cualquier caso, lo mejor es consultar a abogados especializados en inmigración en Valencia.

Documentación necesaria

  • Pasaporte y copia.
  • Tarjeta de identificación de extranjeros.
  • Certificado de empadronamiento.
  • Certificado de nacimiento.
  • Antecedentes penales del país de origen y de España.
  • Abono de la tasa administrativa.
  • Según la modalidad de acceso a la nacionalidad, se debe aportar la documentación correspondiente.

Trámites tras la obtención de la nacionalidad

Tras la concesión, se deben realizar algunos trámites ante el encargado del Registro Civil, tales como la inscripción de la domiciliación, el juramento al Rey y la obediencia a la Constitución y resto de normas legislativas. Si procede, se debe presentar la renuncia a la nacionalidad anterior.

Permisos de trabajo desde un despacho de abogados especialistas en extranjería

Es uno de los trámites más complicados. Hay que partir de la base que la contratación de un trabajador extranjero sin permiso de trabajo puede acarrear graves consecuencias tanto para el empleado como para el empleador. Este tipo de permisos solo es necesario para los extranjeros extracomunitarios, aunque los comunitarios conviene que dispongan del certificado de Registro de Ciudadanos de la Unión Europea o la tarjeta comunitaria. Su incumplimiento también conlleva multas.

Características del permiso de trabajo en España

  1. El empresario es el que está legitimado para solicitar la autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena.
  2. Todas sus disposiciones se dirigen únicamente a extranjeros extracomunitarios.
  3. La edad mínima del trabajador al que se le aplican estas disposiciones está estipulada en 16 años.
  4. La duración inicial de la autorización debe ser superior a tres meses e inferior de cinco años. En general, suele ser de un año la autorización inicial, de dos las renovaciones y a partir de los cinco años ya se puede solicitar la autorización de residencia de larga duración.
  5. Solo es aplicable para trabajos por cuenta ajena.
  6. La autorización inicial está limitada a un ámbito geográfico provincial concreto y una determinada ocupación. Esto quiere decir que el trabajador solo puede trabajar en la provincia señalada y en el sector productivo especificado. La ley establece algunas excepciones de las que dan cuenta los especialistas en inmigración adecuados.

Requisitos necesarios

Además de los requisitos de residencia, el empleador también debe cumplir una serie de condiciones:

  • Debe contar con los medios económicos suficientes para su proyecto.
  • Debe estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • El pago de las tasas exigidas.

Los trabajadores extranjeros deben cumplir:

  1. No encontrarse de forma irregular en España.
  2. No tener antecedentes penales en España.
  3. No contar con una prohibición de entrada al espacio Schengen.
  4. Haber cumplido el compromiso del plazo de no regresar a España asumido por haberse acogido al retorno voluntario al país de origen.
  5. Abono de la tasa de residencia temporal.

En definitiva, para establecerse de forma temporal o de larga duración en España, es conveniente asesorarse detalladamente por abogados de extranjería en Valencia que siempre aconsejarán los procedimientos acertados para conseguir los fines perseguidos.