Ley de Segunda Oportunidad en Barcelona

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¿Qué es la ley de la segunda oportunidad?

Se trata de un mecanismo legal que te permite renegociar o, incluso, que te condonen parcial o totalmente tus deudas hasta un máximo de cinco millones de euros.

La intencionalidad del legislador es clara. Habilita un recurso por el cual pretende ayudarte a superar una situación de adversidad económica sin perjudicar los derechos de cobro de tus acreedores.

Esta doble función actúa de protección para ti y para las personas que se encuentren afectadas por tus impagos. De esta forma, las situaciones personales o individuales no generan una reacción en cadena afectando a todos los sectores y que derive en una crisis económica como la de 2008.

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“En la mayoría de los casos hay una solución para salir de las deudas”

Juan Hita, Gerente Aliter Abogados Barcelona

¿Cuánto tarda la ley de segunda oportunidad?

Este proceso se desarrolla en dos vías no simultáneas, una de las cuales precede necesariamente a la otra: la extrajudicial y la judicial, pero es muy difícil determinar un tiempo exacto. Hay factores ajenos a tu voluntad, como el tiempo que tarde en aceptar el cargo el mediador concursal o el ritmo que lleve el juzgado que te toque.

Sin embargo, mientras eso ocurre puedes agilizar lo que depende ti, como buscar un abogado y preparar todo el proceso.

Tramitamos URGENTE tu segunda oportunidad.

Fase preparatoria

Esta fase depende de ti exclusivamente. El mecanismo de la ley de segunda oportunidad te va a salvar de la bancarrota, pero tiene costes. Uno de ellos consiste en que probablemente pierdas todos tus bienes embargables.

Conviene que, de forma previa, arregles todas esas cosas y adoptes las decisiones que más te convengan sobre tu patrimonio.

Aunque no es imprescindible en este momento disponer de un abogado, sin duda un especialista en la ley concursal puede asesorarte bien.

Fase de la creación del expediente

En gran parte, también depende de ti lo que dure esta parte y la agilidad con la que se desarrolle. Este es el momento en el que le llevas toda la documentación a tu abogado.

Esa documentación se divide en dos bloques: la parte personal y la parte económica. La parte personal incluye DNI, certificados de nacimiento y matrimonio, sentencias de separación o divorcio si corresponde, certificados de penales, etc.

La documentación económica que debes aportar depende de tu situación. A grandes rasgos, debes aportar nóminas, rentas, declaraciones de impuestos, notas del Registro de la Propiedad, certificados de las cuentas bancarias, inventario de bienes, etc.

Debes justificar tus gastos mensuales. Esto te ayudará a intentar salvar la casa donde vives si eres el propietario. Es importante, también, que elabores una lista con todos tus acreedores y las cantidades que les adeudes.

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Acuerdo extrajudicial de pagos

Una vez realizado el expediente, el siguiente paso te lleva al notario, que debe llamar a un mediador concursal. Los mediadores concursales tienen la libertad de elegir si aceptan o no el cargo.

Si acepta, lo primero que tramita es el acuerdo extrajudicial de pagos. Esto puede durar hasta dos meses.

Si prospera el acuerdo, se acaba el procedimiento, pero ten en cuenta que se reabrirá si incumples. Suele durar entre cuatro y siete meses en total.

Si no prospera, debes solicitar el beneficio de exoneración de pasivos insatisfechos. Esto te permite cancelar las deudas que no puedas liquidar. En algunos casos será inmediato, pero en otras ocasiones se elabora un plan de pagos durante cinco años.

Esta parte ya no depende de ti, sino de la carga del juzgado que te toque. Esta fase sin acuerdo posible suele durar entre 10 y 14 meses.

Si se te aplica un plan de pagos, el proceso de vigilancia de su cumplimiento durará cinco años.

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¿Cómo acogerse a la ley de segunda oportunidad en Cataluña?

Para acogerte a la ley de segunda oportunidad en Cataluña, tienes dos opciones. La primera de ella es contar con un abogado especializado que te asesore en cada paso que des y agilice los trámites.

La segunda es descargarte el formulario de solicitud extrajudicial de pagos, rellenarlo y llevarlo, junto a toda la documentación que te pide, al notario que te corresponda.

Requisitos para la ley de segunda oportunidad en Barcelona

Son varios los requisitos que debes cumplir. Además de que tus deudas no superen los cinco millones de euros, debes demostrar que no cuentas con patrimonio suficiente para hacer frente a lo que adeudas.

El concurso no debe ser calificado de culpable. Tampoco debes haber sido condenado contra los derechos laborales de tus trabajadores, delitos económicos o el patrimonio. A su vez, debes haber cumplido con tus obligaciones con la Hacienda Pública y la Seguridad Social.

Por otro lado, debes haber intentado llegar a un acuerdo extrajudicial de pago con tus acreedores y no haberte acogido a esta ley en los últimos diez años.

Por último, debes acreditar que eres un deudor de buena fe.

El concepto de deudor de buena fe

Es un concepto jurídico que solo puedes justificar cumpliendo una serie de requisitos:

  1. El concurso debe calificarse de fortuito y fruto de la mala suerte.
  2. No debes haber sido condenado en los últimos diez años por sentencia firme de una serie de delitos, como falsedad documental, contra la Hacienda Pública o contra la Seguridad Social, entre otros.
  3. Debes acreditar que, al menos, has intentado llegar a un acuerdo extrajudicial.
  4. Debes demostrar que has hecho frente a una serie de gastos derivados de la solicitud del concurso de acreedores, como por ejemplo el coste del mediador concursal.
  5. No debes haber rechazado ninguna oferta de empleo adecuada a tu capacidad.Ley de Segundad Oportunidad BOE Ley 25/2015, de 28 de julio

Ley de la segunda oportunidad para particulares

Es cierto que los casos más conocidos pertenecen a profesionales, pero eso no excluye que haya multitud de casos de éxito dentro de los particulares.

Hasta la llegada de esta ley, los acreedores se podían quedar con tu patrimonio y continuar exigiéndote las deudas, creciendo estas con sus correspondientes intereses. Esta ley te permite renegociar las deudas sin intereses, incluso conseguir el beneficio de la exoneración.

Te obliga a liquidar tu patrimonio, pero detiene las ejecuciones y, en el caso de las hipotecarias, evita los desahucios.

Ley de segunda oportunidad en autónomos

A diferencia del concurso de acreedores tradicional, dedicado más a personas jurídicas que individuales, esta ley permite a todas las personas físicas cancelar sus deudas o pagarlas con más comodidad.

Si eres autónomo, esta ley supone grandes ventajas para ti. Por un lado, tanto tus obligaciones tributarias como con la Seguridad Social pueden ocasionarte grandes deudas públicas. Por otro lado, respondes de forma directa con tu patrimonio, o como avalista, por las deudas contraídas por tu actividad económica.

Ventajas de la ley para los autónomos

Una de las mayores ventajas consiste en que, aunque en principio la ley no incluía las deudas públicas en la segunda oportunidad, a partir de una sentencia de 2019 del Tribunal Supremo se pueden anular las deudas contraídas con la Hacienda Pública y con la Seguridad Social.

En muchos casos en los que se aplica el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho se produce la exclusión de la responsabilidad del avalista.

Además, en el momento de solicitar la apertura se detienen los embargos, y el devengo de intereses y los bienes necesarios para tu actividad empresarial quedan especialmente protegidos con el fin de garantizar tu medio de vida.

El acuerdo extrajudicial de pagos tiene importantes efectos positivos para ti:

  1. Te permite cancelar hasta el 99 % de la deuda mediante las quitas.
  2. Tienes la posibilidad de establecer esperas con un plazo máximo de 10 años para facilitarte el pago de la deuda.
  3. Te permite convertir la deuda, satisfacerla o capitalizarla mediante la cesión de bienes.

¿Cuánto cuesta acogerse a la ley de segunda oportunidad?

No hay un precio fijo, ya que intervienen muchos factores que influyen en su coste final.

En la parte extrajudicial intervienen el notario y el mediador concursal. Sus intervenciones suelen costar alrededor de 2500 euros. Es una parte en la que no estás obligado a asistir con abogado. Sin embargo, para alcanzar el éxito al negociar las quitas y esperas te puede convenir asesorarte con uno.

Si no se alcanza un acuerdo, se abre la vía judicial en la que sí estás obligado a asistir con abogado y procurador. Debes, por tanto, sumar sus correspondientes minutas. Suelen venir determinadas, entre otras cosas, por el coste de la deuda.

En total, el coste puede estar comprendido entre los 2500 y los 8 000 euros.

Cuotas desde 60 euros/mes.

Ley de la segunda oportunidad gratis

Esta ley no entra dentro de la justicia gratuita. Si cumples unos requisitos muy estrictos, puedes solicitar un abogado de oficio. El problema es que no todos están especializados en este tipo de procedimientos.

En nuestro despacho te ofrecemos una consulta gratuita para indicarte qué pasos debes dar y no te pedimos anticipos. En realidad, no pierdes nada por contactarnos.

La ley de la segunda oportunidad en Barcelona puede ser la gran solución para sanear tu economía y que vuelvas a respirar.

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ALITER ABOGADOS ha sido mencionado en los siguientes Medios de Comunicación

Testimonios

Nuestros clientes hablan por nosotros

Jose Cano Orero
Jose Cano Orero
2021-07-01
Por su profesionalidad te hacen sentir comodo y con confianza. Muchas gracias por su atencion.
Antonio Badia
Antonio Badia
2021-06-23
Muy agradecido por la excelente atención de Juan Hita. Recibí la mejor orientación y asesoría para mi caso por la claridad y honestidad con la que me planteó lo más recomendable en mi situación particular. Me transmitió mucha seguridad y confianza
Maria Alcázar Tarrega
Maria Alcázar Tarrega
2021-06-10
Muy buena atención y trato hacia el cliente, muy atentos conmigo.
Adolfo Miguel Garcia Gonzalez
Adolfo Miguel Garcia Gonzalez
2021-06-03
Despacho de abogados con excelentes profesionales, de los cuales estoy muy satisfecho por las gestiones que me han realizado. Gracias por ello.
Sergio Borrallo
Sergio Borrallo
2021-05-25
D. Jaime me ha ayudado estupendamente por teléfono. Me ha asesorado sobre mi situación (una empresa trabajando irregularmente al lado de mi vivienda). Muchas gracias.
Carmen Armero
Carmen Armero
2021-05-20
Agradecida y tranquila de estar en sus manos,lo mejor que pude hacer en su momento fue llamar "Aliter"La primera cita es gratuita y sin compromiso ,me ayudaron a resolver mis dudas y dije,vamos para adelante .Muy profesionales y muy humanos ,en especial Beatriz toda una guerrera con sus tacones🥰
Mamen
Mamen
2021-05-17
Atendieron mi consulta por teléfono (sin ser cliente) aconsejándome sobre el caso expuesto con una implicación y profesionalidad que me sorprendió. Sin duda guardaré su teléfono por si me hicieran falta sus servicios. Gracias