Ley Segunda Oportunidad Santander

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Puede descargar el archivo para saber si esta en el ASNEF

Ley de segunda oportunidad BOE

Ley 25/2015, de 28 de julio, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social. Ese es el texto legal en el que hemos basado este artículo. Entró en vigor el 30 de julio de 2015 tras ser publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el día anterior.

¿Qué es la ley de segunda oportunidad en Santander y alrededores?

Se trata de una ley que permite a los particulares y a los autónomos reestructurar sus deudas si su situación económica hace imposible que puedan pagarlas en las condiciones actuales.

Sin embargo, la ley de la segunda oportunidad en Cantabria no implica siempre la exoneración del pago. En la mayoría de los casos, se queda en una negociación con los acreedores para fijar un plan más beneficioso para el deudor.

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“En la mayoría de los casos hay una solución para salir de las deudas”

Juan Hita, Gerente Aliter Abogados Santander

¿Cuánto tarda la ley de la segunda oportunidad en Santander? Plazos

Dependerá de la celeridad con la que te dirijas al notario, al Registro Mercantil o a la Cámara de Comercio para entregar la solicitud y la documentación, así como del tiempo necesario para encontrar un mediador concursal. Generalmente, desde el inicio del proceso hasta la aprobación del plan de reestructuración de deuda, suelen pasar entre 4 y 7 meses.

Sin embargo, si no llegas a un acuerdo con los acreedores y te ves abocado a la vía judicial, el proceso se demorará bastante más. En concreto, puede demorarse otros 6 o 7 meses.

¿Cómo acogerte a la ley de segunda oportunidad en Santander?

Los pasos a seguir son estos:

  1. Busca la Ley 25/2015 en el BOE y descarga el formulario de solicitud del mecanismo de segunda oportunidad para autónomos y particulares.
  2. Rellena los campos vacíos con tus datos personales.
  3. Imprime y adjunta a la solicitud los documentos que te sean exigidos.
  4. Si eres autónomo, dirígete a la sede más cercana del Registro Mercantil o de la Cámara de Comercio con esos papeles. En cambio, si eres un particular, entrégaselos a un notario.
  5. El notario nombrará a un mediador concursal.
  6. Realiza una propuesta de acuerdo extrajudicial de pagos y envíaselo al mediador concursal.
  7. El mediador concursal remitirá el documento a tus acreedores y te convocará a una reunión con ellos.
  8. En la reunión negociaréis esa propuesta. De prosperar, un notario la elevará a pública y tendrás que cumplir con lo fijado en ella. De no ser así, dará inicio la vía judicial.
  9. El mediador pondrá el caso en manos de un juez y solicitará un concurso de acreedores. Él mismo será el administrador del proceso.
  10. El administrador concursal liquidará los bienes. Si satisfacen toda la deuda, te verás libre de cargas. Si no es así y eres insolvente, podrás solicitar acogerte al beneficio de exoneración.

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Requisitos para la ley de segunda oportunidad en Cantabria

Esta ley está destinada a particulares y autónomos de buena fe que no posean deudas por valor superior a 5 millones de euros. Esto se debe a que las empresas cuentan con el mecanismo ofrecido por la Ley Concursal (Real Decreto Legislativo 1/2020). Para acogerte a ella, además, tendrás que demostrar que careces de patrimonio suficiente para satisfacer a tus acreedores. Tampoco habrás podido cometer en el pasado delitos económicos o contra la Hacienda Pública, los trabajadores, el patrimonio o la Seguridad Social ni haber sido objeto de un concurso culpable. Por último, tendrás que mostrar predisposición a llegar a un acuerdo mediante la propuesta extrajudicial de pagos.

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Ley de segunda oportunidad para particulares en Santander

En caso de querer acogerte a esta ley siendo un deudor particular, deberás iniciar el proceso dirigiéndote a un notario. Es la única diferencia respecto a hacerlo como autónomo.

Ley de segunda oportunidad para autónomos en Santander

Si eres autónomo y tus deudas están ligadas a tu actividad profesional, tendrás que dar inicio al proceso acudiendo a la sede más cercana del Registro Mercantil o de la Cámara de Comercio.

¿Cuánto cuesta acogerse a la ley de segunda oportunidad en Cantabria?

2500 €, aproximadamente. Ese es el coste que tienen los honorarios del notario, del mediador concursal y del abogado que defienda tus derechos si llegas a la vía judicial.

Cuotas desde 60 euros/mes.

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