Nuevamente es condenada Bankia por un Juzgado de Madrid, exactamente el número 5 de Coslada a devolver a una pareja de clientes que adquirieron preferentes y a los que no informó de los gravísimos riesgos que implicaba la operación.
Fue en el año 2009 cuando el citado matrimonio firmo con la entidad la suscripción de participaciones preferentes tras haberle indicado el banco sobre su alta rentabilidad.
Pero lo que no les informaron en ningún momento fue de los altos riesgos que corrían, tales como la pérdida del capital invertido, de que esta inversión tenía el carácter de perpetua, su difícil reventa en el mercado secundario y sobre todo la inexistencia de una auténtica preferencia en caso de liquidación de la entidad que las emitía.
La sentencia resalta que el banco no efectuó el test de conveniencia de forma correcta a uno de los que adquirió las preferentes mientras que al otro ni siquiera llego a realizarlo, por lo que se entiende que se les facilitó una información totalmente deficiente.
Igualmente la sentencia señala que cuando los adquirentes “ no eran realmente conocedores de la verdadera naturaleza de aquello que estaban contratando y muy en especial en lo referente al carácter perpetuo de la inversión y el riesgo de pérdida del mismo.”
Ya que son tan numerosos los casos, en toda nuestra geografía, que se han visto envueltos en esta compleja trama, es imprescindible que de forma independiente acudan a un gabinete jurídico que les asesore e inicie la acción judicial correspondiente para recuperar su inversión.
Afortunadamente en Valencia existe un cualificado equipo de abogados ALITER, que si acude a ellos le llevará su caso y defenderá sus intereses.

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