Herencia de un proindiviso: ¿cómo solucionarla?

La herencia de dinero con varios beneficiarios no supone ningún problema legal. Si, por ejemplo, el montante económico asciende a 100.000 euros y hay dos herederos con los mismos derechos, se reparten 50.000 cada uno. Pero hay otro tipo de herencias que pueden plantear mayores complicaciones. Se trata de las que tienen como bien un proindiviso. Como su propio nombre indica, se trata de una propiedad que no puede dividirse y el caso más ilustrativo es el de una vivienda. Sigue leyendo.

Abogados en Valencia: legación de un proindiviso en el testamento o la declaracion de herederos (Impuesto de Donaciones, Impuesto de Sucesiones y plusvalia municipal)

Quienes ejercemos como abogados en Valencia nos encontramos bastantes veces con este problema. Quienes obtienen la copropiedad no pueden pactar, por ejemplo, que uno se quede el salón y la cocina y el otro reciba las habitaciones. Un piso o una casa es un bien que no puede partirse físicamente. Pueden ocurrir hechos como que los herederos quieran conservar la vivienda y ponerse de acuerdo en su usufructo. Entonces no habría problema. Pero también puede suceder que cada uno de ellos desee hacer con ella algo distinto (por ejemplo, uno quiere venderla y otro desea quedársela). En este último caso, el sistema legal español aporta varias opciones para solucionar o resolver un proindiviso. Concretamente, la legislación aplicable viene especificada en los artículos 400 y siguientes del Código Civil, en los que se indica que «ninguno de los copropietarios estará obligado a permanecer en tal indivisión y cualquiera de ellos podrá solicitar, cuando lo desee, que se divida el bien común». Sin embargo, antes debe pagar los tributos correspondientes a la obtención del bien: el Impuesto de Sucesiones o, en algunos casos, el Impuesto de Donaciones, así como la plusvalia municipal.

Herencias en Valencia: formas de disolver un proindiviso en la herencia legitima

Los que tramitamos herencias en Valencia siempre recomendamos a las partes que, si no quieren conservar el proindiviso, se pongan de acuerdo para disolverlo. Es la manera más sencilla y menos costosa de solucionarlo. Para ello, basta que convengan en venderlo y repartirse el dinero obtenido o uno de los herederos adquiera la parte de los demás a cambio de una contraprestación económica (esta última operación se denomina extinción de condominio). Pero ¿qué ocurre si no hay acuerdo?

En tal caso, una solución legitima es vender la parte. El Código Civil permite que uno de los copropietarios enajene su parte a un tercero. Hay empresas que se dedican a comprar participaciones de proindivisos. Su mecánica de trabajo pasa por adquirir esa parte y luego ponerse de acuerdo con los otros propietarios para comprar la suya. No obstante, como tienen que llegar a esos convenios y ello tiene unos costes, además de alargarse el proceso en el tiempo, siempre pagarán menos del valor real de esa participación. Para calcular el importe que van a abonar, tienen en cuenta esa circunstancia; y, junto a ella, otras, como la antigüedad y el estado de la vivienda, su situación o los metros cuadrados de los que dispone. En definitiva, los mismos parámetros que se analizan en una venta normal. Toma nota.

Otra posibilidad, igualmente, legal es ir a juicio, aunque resulta bastante más costosa y mucho menos agradable. Has de tener en cuenta que cada copropietario no tiene una parte del bien, sino que todos son titulares de este, en su conjunto, y se lo distribuyen en cuotas o porcentajes. Asimismo, cualquiera de ellos puede instar a un juzgado para que extinga la copropiedad o el condominio. Este tratará, nuevamente, de poner de acuerdo a los dueños para solucionar el proindiviso. Pero, si continúa siendo imposible, se regirá por el artículo 404 del Código Civil, en el que se indica que «cuando el bien fuera indivisible y los copropietarios no convinieran en que se adjudique a uno de ellos, indemnizando a los restantes, se venderá y la cuantía económica se repartirá entre los mismos».

En tal caso, se suele recurrir a subasta judicial, pero esta se realizará con las condiciones que propongan las partes. Para todos estos trámites, que solucionan el proindiviso obtenido mediante herencia legitima, no se necesitará abogado ni procurador, según la reforma de la ley introducida en octubre de 2015. Bastará con presentar ante el juzgado el pliego de condiciones de la subasta. No obstante, redactarlo sin asesoramiento legal puede ser muy peligroso, ya que un error determinará todo el proceso; y, en definitiva, la cantidad de dinero obtenida.

En conclusión, una herencia de la cual resulta un proindiviso que no interesa conservar puede resolverse mediante el simple acuerdo de las partes beneficiarias. Pero, en caso de que este no se alcance, caben otras opciones, como la venta de la parte a un tercero; o, en última instancia, reclamar al juzgado que el bien sea subastado en las condiciones que se pacten. El dinero obtenido se repartirá entre las partes. Pero, en estos casos, siempre es mejor recurrir a un abogado que asesore a lo largo de todo el proceso.

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