El letrado de la entidad bancaria es un asociado senior en KPMG Abogados, que ha defendido en el proceso que el hombre que compró las preferentes, un soldador jubilado de 80 años, que padece un cáncer de colon, reunía el «perfil inversor» adecuado para el complejo producto que son estas participacione, según destaca Javaloyes.

El afectado y su mujer, a quienes representa el despacho Javaloyes, se fiaron de la directora de su sucursal y adquirieron las participaciones, que resultaron ser de carácter perpétuo, y, al contrario de lo que señala su nombre, no tenían nada de preferentes sino que eran ultrasubordinadas.

Javaloyes destaca en su denuncia que, como representante de un despacho que defiende intereses de afectados por las preferentes, tiene que actuar contra «la entidad anunciada como independiente para la resolucion de las reclamaciones formuladas por la vía arbitral» (KPMG), ya que es la entidad responsable de la defensa letrada de Bankia en las reclamaciones judiciales por el mismo asunto.

«Resulta evidente que existe un grave conflicto de intereses por cuanto resulta que la entidad designada para la resolución de los procedimientos arbitrales, está integrada por los mismos letrados que, hoy, representan y defienden los intereses de Bankia, una de las partes en el proceso arbitral», señala el despacho denunciante.

Por ello, cree que se está cometiendo una infracción contra el Estatuto General de la Abogacía Española, cuyo artículo 22 dice: «El ejercicio de la Abogacía es incompatible con cualquier actividad que pueda suponer menosprecio de la libertad, la independencia o la dignidad que le son inherentes. Asimismo, el abogado que realice al mismo tiempo cualquier otra actividad, deberá abstenerse de realizar aquélla que resulte incompatible con el correcto ejercicio de la abogacía, por suponer un conflicto de intereses que impida respetar los principios del correcto ejercicio contenidos en este Estatuto».

La misma norma estatutaria indica, en su artículo 28.8, que en los despachos colectivos las prohibiciones, deberes e incompatibilidades se extenderán a todos sus miembros.

Javaloyes sostiene que KPMG carece de los requisitos de imparcialidad e independencia, por lo que pide al Colegio de Abogados de Madrid que exija al despacho no intervenir en los arbitrajes, así como renunciar a la defensa de Bankia en cualquir proceso judicial relacionado con la venta de preferentes.

Razona al respecto que «KPMG, como consecuencia de su intervención letrada en ambos procedimientos, está obteniendo información que debe quedar bajo el secreto profesional, y que jamás podrá utilizarse por los mismo letrados ni en vía judicial ni en sede extrajudicial».

La denuncia, que también reclama la apertura de un expediente sancionador, será examinada por la Comisión Deontológica del Colegio de Abogados madrileño, que deberá decidir al respecto.

La intervención prevista de KPMG en el proceso de arbitraje por las preferentes de Bankia, puesto en marcha hace diez días, es el de analizar la documentación de los clientes y establecer si el afectado reúne o no el perfil para acogerse al arbitraje, y fijar la cuantía máxima de su inversión que podrá recuperar. La decisión final corresponde a la Junta Nacional de Arbitraje.

Bankia ha anunciado esta semana que KPMG Abogados no representará al banco en pleitos o demandas judiciales que se presenten a partir de ahora, «por razones de transparencia», aunque señalan que el proceso de arbitraje se ha encargado a KPMG Asesores, otra división de la misma empresa. Sin embargo, creen que en los pleitos ya en marcha no puede haber conflicto de intereses de KPMG porque la interposición de medidas legales es incompatible con la firma del convenio arbitral, según señalaron a Efe fuentes de Bankia.

En caso de que un cliente que haya presentado una demana decida retirarla y proponer un arbitraje, no será KPMG el experto independiente que valore su expediente, de acuerdo al anuncio del banco.
publico.es 27-04-2013

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