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El plazo de reclamación por accidente de tráfico: La acción penal para interesar sanción penal e indemnización económica, conforme señala el artículo 131.2  del Código Penal prescribe a los seis meses desde la fecha del accidente.

plazo reclamación accidenteLa acción civil al amparo de lo establecido en el artículo 1.902 del Código Civil prescribe al año, si bien el dies a quo varía en función de cuando se consolidaron las secuelas.

A la hora de iniciar un procedimiento judicial con el objeto de que los perjuicios físicos derivados del accidente de tráfico sean indemnizados, debemos tener en cuenta el plazo de reclamación por accidente de tráfico.

De este modo, hay que tener en consideración que en la jurisdicción civil, si bien el plazo de prescripción es de un año, el dies a quo, o dicho de otro modo, el día en el que el computo empieza a contar es desde que las lesiones del accidentado se consideran definitivas. Es entonces cuando se pueden determinar el perjuicio final producido, y por ende que cantidad se debe solicitar en concepto de indemnización.

Los plazos en el ámbito penal son más reducidos, seis meses desde la fecha del siniestro, transcurrido dicho plazo, únicamente podremos solicitar una indemnización económica que repare el perjuicio producido al accidentado por la vía civil, quedando exento de reproche penal en dicha vía el responsable del accidente, cuya condena únicamente se puede interesar en la jurisdicción penal.