El Juzgado de lo Social nº 9 de Valencia y Provincia ha estimado, en sentencia firme, la Incapacidad Permanente Total de una trabajadora por una patología en el tobillo.

La peculiaridad de esta sentencia es que la profesión habitual de nuestra cliente era informática, es decir que, en principio, una patología en el tobillo podía no inhabilitarla para el desarrollo de las tareas propias de su profesión.

Sin embargo, Beatríz Ortí, abogada de Aliter Abogados, ha conseguido demostrar que “dicha dolencia limita la marcha, deambulación y bipedestación, pero también la sedestación mantenida por necesidad de cambios de posición” incapacitándola así para el desarrollo de su profesión habitual.