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Noticias Negligencias Médicas

Qué es una negligencia médica y cómo actuar ante ella

Introducción

Las negligencias médicas son una de las principales causas de reclamaciones legales en España. Este término se refiere a cualquier acción u omisión por parte de un profesional sanitario que se desvía de los estándares aceptados de la práctica médica, causando un daño al paciente. Desde Aliter Abogados, expertos en negligencias médicas en Valencia, explicamos todo lo que necesitas saber sobre este tema.

Definición de negligencia médica

Una negligencia médica ocurre cuando un profesional de la salud (médico, cirujano, enfermero, matrona, etc.) actúa de manera contraria a lo que se espera según los estándares de su profesión, ya sea por acción o por omisión. El resultado de esta acción o inacción debe causar un daño comprobable al paciente.

Requisitos básicos

Para que un caso sea considerado negligencia médica, deben cumplirse tres requisitos básicos:

  1. Deber de cuidado: El profesional sanitario tenía la obligación de actuar conforme a los estándares establecidos en su especialidad.
  2. Incumplimiento del deber: Se cometió un error que un profesional razonable no habría cometido en circunstancias similares.
  3. Daño comprobable: El error ocasionó un perjuicio físico, emocional o económico al paciente.

Ejemplos frecuentes

Las negligencias pueden ocurrir en distintas etapas de la atención sanitaria:

  • Diagnósticos incorrectos o tardíos: No detectar una enfermedad a tiempo puede complicar el tratamiento y poner en riesgo la vida del paciente.
  • Errores quirúrgicos: Operar en la parte del cuerpo equivocada, daños a órganos cercanos o dejar instrumentos dentro del paciente.
  • Errores en la medicación: Prescribir medicamentos incorrectos, dosis equivocadas o ignorar alergias.
  • Falta de consentimiento informado: No informar sobre los riesgos de un procedimiento.
  • Infecciones hospitalarias: Incumplimientos de protocolos de higiene o esterilización.

Impacto y consecuencias

Las consecuencias pueden variar desde complicaciones menores hasta discapacidades permanentes e incluso la muerte. Además del impacto físico, existe un daño emocional (estrés postraumático, ansiedad, depresión) y financiero (gastos médicos adicionales y pérdida de ingresos por incapacidad laboral). Las familias también enfrentan cargas emocionales y físicas al cuidar de un ser querido afectado.

Pasos a seguir

En caso de sospechar una negligencia médica:

  1. Reúne toda la documentación médica relacionada con el caso.
  2. Consulta con un abogado especializado en negligencias médicas.
  3. Solicita un informe pericial que evalúe la actuación del profesional.
  4. Presenta una reclamación ante el centro médico o inicia un proceso judicial.
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La cuesta de septiembre: claves para reorganizar tus finanzas

La cuesta de septiembre: claves para reorganizar tus finanzas

Septiembre es conocido por ser uno de los meses más complicados financieramente hablando. Después del gasto en vacaciones y el regreso a la rutina, las familias y personas en toda España se enfrentan a lo que popularmente se conoce como “la cuesta de septiembre”. Este mes trae consigo numerosos gastos extra, como la vuelta al cole, la compra de material escolar, matrículas, ropa y otros gastos imprevistos que, combinados con una disminución de los recursos económicos tras las vacaciones de verano, pueden hacer que muchas personas se sientan incapaces de cumplir con sus obligaciones financieras.

En Aliter Abogados, somos conscientes de esta realidad y sabemos que muchas personas pueden verse atrapadas en deudas, especialmente si han recurrido a créditos rápidos, préstamos personales o el uso excesivo de tarjetas de crédito. Por ello, queremos ofrecerte algunas claves para reorganizar tus finanzas, revisar tus contratos bancarios y, en caso de ser necesario, explorar soluciones como la Ley de la Segunda Oportunidad.

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Analiza y reorganiza tus finanzas personales

El primer paso para superar la cuesta de septiembre es realizar un análisis detallado de tu situación financiera actual. Esto incluye:

  • Revisar tus ingresos y gastos. Dedica tiempo a analizar todas las entradas y salidas de dinero del último mes. Clasifica tus gastos en categorías (necesidades básicas, deudas, entretenimiento, etc.) para entender en qué se está destinando tu dinero.

  • Elabora un presupuesto. A partir de la revisión de tus ingresos y gastos, crea un presupuesto realista que te permita cubrir tus necesidades básicas y ahorrar una parte de tus ingresos. Recuerda que la clave está en priorizar y eliminar gastos innecesarios.

  • Evalúa tus deudas. Es importante conocer el importe total de tus deudas, los plazos y las tasas de interés asociadas a cada una. Esto te ayudará a priorizar el pago de aquellas deudas que te generan más intereses.

  • Revisa tus suscripciones y contratos. Muchas veces, pequeñas suscripciones o servicios contratados se acumulan y generan un gasto significativo. Revisa qué servicios son realmente necesarios y considera cancelar o renegociar aquellos que no lo sean.

Revisión de contratos con bancos y entidades financieras

Otro aspecto crucial es revisar todos los contratos con bancos y entidades financieras. Muchas personas desconocen los términos exactos de sus contratos de préstamos, hipotecas o tarjetas de crédito, lo que puede llevar a sorpresas desagradables. En Aliter Abogado, recomendamos:

  1. Analiza las condiciones de tus créditos y préstamos. Si tienes préstamos personales, créditos rápidos o tarjetas de crédito, es fundamental revisar las condiciones de estos productos financieros. Algunos pueden contener cláusulas abusivas o tasas de interés excesivas que pueden ser reclamadas.

  2. Negociar con tu entidad bancaria. En ocasiones, es posible negociar mejores condiciones con el banco, como la reducción de intereses, el alargamiento del plazo de amortización o la consolidación de deudas. Un abogado especialista puede asesorarte en este proceso para lograr un acuerdo favorable.

  3. Reclamar los intereses abusivos. Es posible que algunos contratos contengan intereses abusivos que son susceptibles de ser reclamados. En estos casos, es importante contar con el asesoramiento de un abogado especializado que pueda evaluar tu contrato y llevar a cabo las reclamaciones necesarias.

¿Has recurrido a créditos rápidos o al uso de tarjetas de crédito?

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Los créditos rápidos y las tarjetas de crédito puede ser soluciones tentadoras para afrontar gastos inesperados o darse un capricho veraniego, pero también pueden convertirse en trampas financieras debido a sus altas tasas de interés y comisiones ocultas. Si has recurrido a este tipo de productos, es fundamental revisar los términos y condiciones, así como evaluar la posibilidad de una reunificación de deudas. Desde nuestro despacho de abogados en Valencia, te invitamos a revisar con nuestros especialistas en derecho bancario tus contratos actuales, y en caso de detectar irregularidades proceder a las reclamaciones pertinentes.

Si tienes varias deudas con diferentes entidades, una opción puede ser la reunificación de deudas, que consiste en agrupar todas tus deudas en un solo préstamo con una cuota mensual más baja. Esta alternativa puede ofrecerte un mayor control sobre tus finanzas, aunque es importante analizar detenidamente los costes y condiciones de esta operación.

¿Cuándo considerar la Ley de la Segunda Oportunidad?

Si la situación es insostenible y las deudas son demasiado abrumadoras, existe la posibilidad de acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad. Esta ley, aprobada en España en 2015, ofrece a particulares y autónomos la oportunidad de exonerar sus deudas bajo ciertas condiciones, permitiéndoles comenzar de nuevo sin la carga de las deudas anteriores.

Los requisitos para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad son: demostrar que se ha actuado de buena fe, no haber sido condenado por delitos económicos en los últimos diez años, y haber intentado llegar a un acuerdo extrajudicial con los acreedores, entre otros. Esta ley permite la cancelación parcial o total de las deudas, ofreciendo un respiro a aquellos que realmente lo necesitan. Sin embargo, es importante contar con el asesoramiento de abogados especializados que guíen el proceso y maximicen las posibilidades de éxito.

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El asesoramiento jurídico como clave para superar la cuesta de septiembre

En Aliter Abogados, sabemos que cada caso es único y que las soluciones deben ser personalizadas y adaptadas a las circunstancias de cada persona. Nuestro equipo de abogados en Valencia está especializado en derecho bancario, financiero y de insolvencia, y está a tu disposición para ayudarte a:

  • Revisar y analizar tus contratos financieros con el fin de identificar posibles cláusulas abusivas o intereses desmedidos.

  • Negociar con bancos y entidades financieras para conseguir mejores condiciones para el pago de tus deudas.

  • Proteger tus derechos como consumidor y reclamar en tu nombre intereses y comisiones abusivas.

  • Guiarte en el proceso de la Ley de la Segunda Oportunidad, en el caso de que cumplieras los requisitos, con el fin de maximizar tus posibilidades de exoneración de deudas.

En conclusión, la cuesta de septiembre puede ser un desafío significativo, pero con la ayuda adecuada, es posible reorganizar tus finanzas, revisar tus contratos y encontrar soluciones que te permitan afrontar tus deudas de manera efectiva. No dejes que la presión económica te abrume; en Aliter Abogados estamos aquí para ayudarte. Si necesitas asesoramiento, no dudes en contactarnos. Nuestro equipo estará en canto de ayudarte a encontrar la mejor solución para tu situación financiera.

Contacta con abogados expertos en derecho bancario y financiero

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Noticias Casos de Derecho Laboral

¿Qué pasa si me despiden en verano?

¿Qué pasa si me despiden en verano?

Muchos clientes nos llaman durante el mes de agosto suelen tener problemas por temas laborales. Como hemos indicado, la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social determina que agosto si es un mes hábil para determinados procedimientos procesales, como los despidos. Si te despiden durante el verano hay varios aspectos importantes a considerar, especialmente en relación con los plazos para actuar.

Impugnar un despido es un proceso que requiere seguir ciertos pasos legales para asegurar que los derechos del trabajador sean protegidos. Lo primero es revisar la carta de despido -donde se debe incluir la causa de despido y la fecha de efectividad- que es esencial para determinar una defensa adecuada a los intereses del trabajador.

Antes de acudir a los tribunales es obligatorio presentar una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) esta debe ser presentada dentro de los 20 días hábiles -no se cuenta sábados ni domingos- a partir del día siguiente al del despido en caso que se supere este plazo a acción habría caducado y no se podría reclamar.https://aliterabogados.com/wp-content/uploads/2024/07/que_pasa_si_despiden_en_verano.jpg

La presentación de la papeleta de conciliación ante el SMAC suspende durante quince días hábiles el plazo de caducidad de la acción por despido de los 20 días hábiles antes señalado; transcurrido el plazo de suspensión de quince días hábiles, si no se ha celebrado el acto de conciliación, se reinicia el cómputo del plazo de 20 días a contar desde el día siguiente a la fecha del despido para presentar la demanda de impugnación del despido ante los Juzgados de lo Social. Si esta conciliación fracasa, se debe presentar demanda -ante el mismo juzgado anteriormente citado- y en ella se debe incluir una copia de la papeleta, así como el acta de no conciliación del SMAC. En caso de no haberse celebrado antes, se deberá acompañar copia de la solicitud ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación de la papeleta de solicitud de conciliación y del señalamiento de fecha para el acto de conciliación.

Si durante el periodo estival te comunican que te despiden te aconsejamos realizar una consulta inicial con un abogado para aportarle toda la documentación relevante (carta de despido, contratos, nóminas y cualquier comunicación con el empleador) para que el abogado analice todo y te explique tus derechos, la viabilidad de tu caso y los pasos a seguir. Impugnar un despido es un proceso que requiere una acción rápida y precisa dentro de los plazos establecidos. Colaborar estrechamente con un abogado especializado en derecho laboral es crucial para asegurar que se sigan todos los procedimientos adecuados y maximizar las posibilidades de éxito. La asesoría legal no solo proporciona una guía experta sobre los pasos a seguir, sino que también ofrece una representación competente en cada fase del proceso.

En conclusión, el mes de agosto presenta una pausa en la mayoría de las actividades judiciales. Sin embargo, es fundamental conocer las excepciones y los procedimientos que continúan operativos para garantizar una adecuada administración de justicia. En Aliter Abogados, estamos disponibles para asesorarte telefónicamente durante el mes de agosto, así como para tranquilizarte ante cualquier imprevisto que pueda surgirte durante las vacaciones estivales. Si tienes un procedimiento abierto con nosotros tranquilo, tomate una pausa y disfruta de las vacaciones ya que en estos el mes de agosto te permite un respiro y recargar fuerzas para el nuevo curso. ¡Nos vemos en septiembre!

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Noticias Derecho Penal

Verano en la administración de Justicia

Verano en la administración de Justicia

Durante el mes de agosto, muchos clientes de despachos de abogados sienten una mezcla de alivio y preocupación en relación con sus procedimientos legales en curso. Esta dualidad de emociones se debe a que, por un lado, agosto es tradicionalmente un mes en el que se paralizan numerosos procedimientos judiciales debido a las vacaciones del personal del sistema judicial.

Por otro lado, este mismo período ofrece más tiempo libre, lo que lleva a los clientes a reflexionar y a querer resolver sus asuntos legales, aunque estos no estén completamente bajo su control.

La paralización de procedimientos durante agosto puede generar inquietud entre los clientes. A pesar de que entienden que es un período de descanso para muchos profesionales, la sensación de estancamiento en sus casos puede resultar frustrante.

Los clientes preocupados por plazos, resoluciones y el avance de sus procesos pueden experimentar ansiedad al no ver movimientos en sus expedientes. Además, el tiempo libre que acompaña a las vacaciones de verano puede ser una espada de doble filo. Mientras que algunos clientes aprovechan este tiempo para descansar y desconectar, otros utilizan estas semanas para pensar detenidamente sobre sus problemas legales.

Esta reflexión puede llevar a un aumento de la preocupación, ya que, al tener más tiempo para pensar, surgen nuevas preguntas y dudas sobre sus casos.

https://aliterabogados.com/wp-content/uploads/2024/07/periodo_descanso_profesional_justicia.jpgPlazos y notificaciones durante el verano

En este artículo vamos a responder a las dudas más comunes que nos plantean muchos clientes cuando se acercan las fechas veraniegas relacionadas con plazos, notificaciones o incertidumbres sobre quién puede atenderles ante una urgencia. Y es que, durante el mes de agosto, las actuaciones judiciales que no se consideran urgentes se paralizan hasta septiembre.

Esto incluye: juicios y vistas ordinarias, plazos procesales para la presentación de escritos y recursos (salvo en caso de urgencia) y notificaciones no urgentes.

Y esto nos lleva a otras preguntas muy comunes entre nuestros clientes ¿se reciben notificaciones durante el verano?

Durante el mes de agosto, las notificaciones no urgentes generalmente no se realizan.

Y, ¿qué pasa con los plazos si somos notificados durante los últimos días de julio? En términos generales, el mes de agosto se considera inhábil para el cómputo de plazos procesales en la mayoría de los órdenes jurisdiccionales. Esto significa que la mayoría de los plazos procesales se suspenden y no se computan durante agosto; por ejemplo, si recibes una notificación el 23 de julio de 2024 finalizará el 5 de septiembre.

Es eso sí, es importante que tu procurador haga llegar la notificación a tu abogado para que tenga constancia de ella, así como de las actuaciones a tener en cuenta de cara a septiembre.

Aunque el despacho está cerrado durante el mes de agosto los abogados están organizando y trabajando para comenzar septiembre con la agenda establecida.

Por lo general, el mes de agosto es inhábil tal y como establece la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) y las leyes procesales de cada orden jurisdiccional. Pero existen excepciones que dependen de cada orden jurisdiccional específico (civil, penal, contencioso – administrativo o social) o de decisiones del Consejo General del Poder Judicial. El «orden jurisdiccional» se refiere a la clasificación y organización del poder judicial en diferentes ramas o jurisdicciones, cada una encargada de resolver ciertos tipos de conflictos o materias. Este concepto es fundamental en los sistemas jurídicos para garantizar una distribución adecuada de las competencias y evitar conflictos de jurisdicción.

El artículo 43.4 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, establece lo siguiente: “Durante el mes de agosto, los plazos procesales no correrán, salvo para las actuaciones en materias de conflicto colectivo y para la tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas, en las que se estará a lo dispuesto en los artículos 180 y 181 de esta Ley, respectivamente.» Lo que significa que, en general, los plazos procesales en la jurisdicción social no se computan durante el mes de agosto, salvo en las modalidades procesales de despido, extinción de contratos de trabajo y otras que afecten al Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Excepciones que aclararemos más adelante en este artículo, ya que durante el mes de agosto se producen numerosos despidos.

En general, los plazos procesales en los procedimientos judiciales están suspendidos durante el mes de agosto, excepto para aquellos casos considerados urgentes. Esto significa que los días de agosto no se contabilizan para el cómputo de plazos en la mayoría de los procedimientos. En algunas jurisdicciones, como la penal, ciertos plazos pueden seguir corriendo debido a la naturaleza urgente de algunos casos, especialmente aquellos relacionados con la libertad de las personas.

Entonces, ¿cierran los juzgados durante el mes de agosto?

La Administración de Justicia en España no cierra completamente durante el mes de agosto, aunque sí funciona a un ritmo reducido debido a las vacaciones estivales de muchos profesionales del sector.

Se mantienen servicios de guardia para atender asuntos urgentes, y los plazos procesales están generalmente suspendidos para la mayoría de los procedimientos, salvo excepciones. Esto permite a los profesionales del sector judicial disfrutar de un período de descanso, mientras se asegura que los casos urgentes sean debidamente atendidos ya que los juzgados disponen de servicios mínimos para atender casos urgentes y medidas cautelares que requieren resolución.

Que agosto sea inhábil no significa que la administración de justicia no reciba casos urgentes que necesitan ser atendidos. La ley define ciertos supuestos que se consideran urgentes y que, por tanto, deben ser atendidos incluso en agosto:

  • Medidas cautelares: Situaciones que requieren la adopción de medidas provisionales para evitar perjuicios irreparables.
  • Procesos con presos: Procedimientos penales en los que hay personas privadas de libertad.
  • Violencia de género: Actuaciones relacionadas con la protección de víctimas de violencia de género.
  • Menores: Procedimientos que afectan a menores de edad y requieren una resolución inmediata.

La atención al público en los juzgados puede verse reducida, con horarios más cortos y personal limitado. Sin embargo, se mantiene un servicio mínimo para atender consultas y presentar escritos urgentes. Aunque los plazos judiciales están suspendidos, la vía administrativa sigue siendo hábil en agosto, salvo sábados, domingos y festivos. Esto significa que se pueden presentar escritos y realizar ciertos trámites administrativos.

Además, hay que tener en cuenta que algunos plazos procesales durante el mes de agosto siguen su curso; como son por ejemplo los de vía administrativa, social (en lo que incumbe a modalidades procesales de despido) y en la vía penal, que trataremos a continuación ya que es el ámbito más activo durante las fiestas veraniegas.¿Y qué pasa si durante el verano nos surge un problema legal?

Durante el verano, y particularmente en el mes de agosto, ciertos tipos de casos penales tienden a ser más comunes debido a diversos factores como el aumento de las actividades al aire libre, las vacaciones, y la relajación de las rutinas habituales.

A continuación, describiremos algunos de los casos penales más frecuentes durante esta época del año:

  • Delitos contra la seguridad vial. El aumento del tráfico en carreteras durante el verano, especialmente rutas hacia destinos turísticos, suele llevar un incremento en los delitos relacionados con la conducción entre los que destacan: conducción bajo los efectos del alcohol o drogas y los excesos de velocidad y conducción temeraria.
  • Delitos de Orden Público. Las aglomeraciones en eventos como festivales, conciertos y celebraciones públicas pueden conducir a altercados y conductas desordenadas. Ejemplos de estos delitos incluyen: riñas y peleas en lugares públicos y/ o actos vandálicos.
  • Delitos contra la Propiedad. El verano también es una época en la que se registra un aumento en ciertos delitos contra la propiedad debido a que muchas personas dejan sus hogares desocupados durante las vacaciones. Esto incluye los robos y hurtos en viviendas vacías o ocupación de las mismas o, por ejemplo, hurtos en áreas turísticas.
  • Delitos contra las Personas. El aumento de la interacción social y el relajamiento de las normas pueden llevar a un incremento en ciertos delitos contra las personas, tales como: la violencia de género y doméstica o agresiones físicas.
  • Delitos Relacionados con Drogas. El uso y tráfico de drogas puede aumentar durante el verano debido a festivales de música, fiestas y el aumento general de actividades sociales. Los delitos más comunes en esta categoría incluyen: posesión y consumo de drogas en lugares públicos o tráfico de drogas.
  • Delitos de Naturaleza Sexual: Desafortunadamente, el verano también ve un aumento en los delitos sexuales, particularmente en contextos de fiestas y consumo de alcohol. Por lo que durante las fiestas estivales aumenta el riesgo de incidentes de acoso o abuso sexual, así como de exhibicionismo y otros comportamientos indecentes.

Aunque el verano es una época para el descanso y la diversión, también trae consigo un aumento en ciertos tipos de delitos. Es fundamental que tanto los ciudadanos como las autoridades estén conscientes de estos riesgos y tomen medidas preventivas adecuadas. Los despachos de abogados deben estar preparados para manejar este tipo de casos y ofrecer asesoramiento adecuado a su cliente durante este período.

En caso de emergencia durante el mes de agosto, se debe dirigir a los siguientes lugares: Juzgados de Guardia, estos operan las 24 horas para atender asuntos urgentes o al Servicio de Orientación Jurídica del Colegio de Abogados para recibir asesoramiento legal inmediato, en el caso de no tener abogado y necesitar urgentemente un letrado.

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Noticias Derecho Inmobiliario

La venta de pisos con okupas: desafíos y estrategias

La venta de pisos con okupas: desafíos y estrategias

La ocupación ilegal de viviendas, comúnmente conocida como “ocupación”, es un fenómeno que ha ganado relevancia en los últimos años en muchos países, especialmente en España. Este fenómeno plantea un desafío significativo para los propietarios de inmuebles que se enfrentan a la venta de sus propiedades.

La ocupación no solo reduce el valor del inmueble, sino que también complica el proceso de venta. Este artículo explora las implicaciones legales, económicas y sociales de vender una propiedad con okupas y ofrece estrategias y recomendaciones para los propietarios que se encuentran en esta situación.

La ocupación se refiere a la ocupación ilegal de una propiedad sin consentimiento del propietario. Las razones de la ocupación varían, desde personas en situación de vulnerabilidad que no pueden acceder a una vivienda, hasta individuos que se aprovechan de la situación para evitar el pago del alquiler. En muchos casos, los okupas argumentan la falta de opciones habitacionales asequibles como justificación para su acción.

La venta de pisos con okupas se complica aún más cuando la propiedad pertenece a un banco. Estas situaciones presentan desafíos adicionales tanto legales como operativos. Los bancos adquieren propiedades mediante ejecuciones hipotecarias y embargos cuando los propietarios originales no pueden cumplir con sus obligaciones financieras. En muchos casos, estos inmuebles son ocupados ilegalmente; en este punto los bancos pueden optar por vender las propiedades con okupas a un precio reducido. Esto atrae a inversores especializados dispuestos a asumir el riesgo a cambio de un precio más bajo.

Implicaciones legales

Un abogado evaluará la situación específica del inmueble, incluyendo la duración de la ocupación, el perfil de los okupas, y el estado legal de la propiedad. Esta evaluación inicial es fundamental para determinar la mejor estrategia. Dependiendo de la evaluación, se puede proceder con una demanda de desalojo o en algunos casos, la negociación directa con los okupas.

  1. Proceso judicial de desalojo. El desalojo de okupas es un proceso legalmente complejo y puede ser prolongado. En España, el procedimiento puede tardar meses e incluso años dependiendo de la situación y la eficiencia del sistema judicial. Durante este tiempo, el propietario no tiene acceso a su propiedad y no puede realizar acciones de mantenimiento o mejoras.
  2. Protección de los derechos de los okupas. En algunos casos, los okupas pueden tener ciertos derechos temporales, especialmente si pueden demostrar que han residido en el inmueble durante un período prolongado. Las leyes de protección de la vivienda pueden complicar aún más el proceso de desalojo.

Además de las implicaciones legales que conllevan la ocupación también es interesante hablar sobre su impacto económico puesto que la presencia de okupas reduce significativamente el valor de mercado de una propiedad. Los compradores potenciales están menos dispuestos a adquirir una vivienda con okupas debido a los riesgos y costos asociados.

Esta reducción puede ser del 40 al 60% del valor original de inmueble. Además, los propietarios enfrentan costos adicionales asociados con el proceso de desalojo, la reparación de daños causados por los okupas y posibles litigios legales. Sumado a la falta de ingresos por alquiler o la imposibilidad de vender la propiedad agrava la situación financiera del propietario.

Estrategia para la venta de pisos con okupas

  • Venta directa con descuento. Algunos propietarios optan por vender la propiedad a un precio significativamente reducido. Existen empresas especializadas y algunos inversores particulares dispuestos a comprar inmuebles con okupas, aunque a un precio considerablemente inferior al de mercado.
  • Negociación con los okupas. En algunos casos, los propietarios pueden negociar directamente con los okupas para que abandonen voluntariamente la propiedad a cambio de una compensación económica o ayuda para encontrar otra vivienda. Esta estrategia puede acelerar el proceso y reducir los costos legales.
  • Intervención de empresas especializadas. Existen empresas que se especializan en la compra y gestión de propiedades con okupas. Estas empresas tienen experiencia en el manejo de estas situaciones y pueden ofrecer soluciones rápidas y efectivas para los propietarios.
  • Mejorar la seguridad. Implementar medidas de seguridad como alarmas, cerraduras reforzadas y sistemas de vigilancia puede disuadir a futuros okupas y proteger la propiedad mientras se encuentra vacía o en proceso de venta.

Antes de comprar una propiedad con okupas, es fundamental revisar el título y registro de la propiedad para asegurarse de que no existan impedimentos legales que puedan complicar la transacción. Además, incluir cláusulas específicas en el contrato de compra-venta que aborden la situación de los okupas, posibles indemnizaciones y plazos para el desalojo.

Un abogado puede redactar estas cláusulas para proteger los intereses del comprador.

Es importante asesorar al comprador sobre los riesgos y beneficios de adquirir una propiedad ocupada. Esto incluye evaluar la reducción en el precio de compra frente a los costos y tiempos de desalojo.

Desde Aliter Abogados recomendamos a los propietarios y a los compradores que busquen asesoría legal para entender sus derechos y las mejores acciones a tomar. Un abogado especializado puede ayudar a navegar el proceso legal y evitar errores costosos. Además, mantener una documentación detallada de la propiedad y cualquier interacción con los okupas puede ser útil en procedimientos legales como por empleo: fotografías, contratos, y comunicaciones (estos deben de ser recopilados y conservados adecuadamente).

Finalmente, y no menos importante, es fundamental que los propietarios eviten cualquier confrontación violenta con los okupas. La violencia puede tener consecuencias legales graves y agravar la situación.

Contacta con abogados expertos en derecho de propiedad

Examinar casos de estudio reales de propiedades viviendas con okupas puede proporcionar una visión práctica y útil sobre cómo manejar estas situaciones. Analizar las estrategias utilizadas y los resultados obtenidos puede ofrecer lecciones valiosas para otros propietarios en circunstancias similares.

Vender una propiedad con okupas es un desafío multifacético que requiere una estrategia bien pensada y una compresión clara de las implicaciones legales y económicas. Aunque la situación es complicada, con el enfoque adecuado y la asesoría correcta, es posible encontrar una solución viable. Los propietarios deben estar preparados para enfrentar un proceso potencialmente largo y costoso, pero con la información y las estrategias adecuadas, pueden mitigar las pérdidas y manejar la situación de manera efectiva.

Si deseas más información sobre cómo operar ante las situaciones descritas en este artículo, no dudes en contactar con Aliter Abogados.

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Noticias Deudas

Reunificación de deudas: ventajas, inconvenientes y alternativas

Reunificación de deudas: ventajas, inconvenientes y alternativas

La reunificación de deudas es una opción financiera cada vez más utilizada por aquellos que buscan simplificar su vida económica y mejorar su capacidad de pago. Sin embargo, antes de optar por este camino, es fundamental conocer tanto sus beneficios como sus posibles desventajas.

En este artículo, exploraremos estos aspectos y cómo la Ley de la Segunda Oportunidad puede ser una alternativa viable para quienes enfrentan serias dificultades económicas o están en situación de insolvencia en Valencia.

¿Qué es la reunificación de deudas?

La reunificación de deudas consiste en consolidar todas las deudas pendientes en un único préstamo, generalmente con una cuota mensual más baja y un plazo de amortización más largo. Esta solución permite a los deudores gestionar mejor sus pagos y evitar el estrés de múltiples vencimientos.

Entre las ventajas de la reunificación de deudas destacaríamos:

  1. Reducción de la cuota mensual. Al unificar todas las deudas en un solo préstamos, el importe mensual a pagar suele ser menor, lo que proporciona un alivio financiero inmediato.
  2. Simplicidad de la gestión. Tener una solo deuda facilita la gestión de los pagos y reduce el riesgo de olvidos y cargos por pagos atrasados o no pagados.
  3. Mejor el historial crediticio. Cumplir puntualmente con una única cuota puede mejorar el historial crediticio, siempre y cuando no se incurra en nuevas deudas.
  4. Asesoramiento financiero. Muchas entidades ofrecen asesoramiento financiero para ayudar a los deudores a manejar mejor su situación económica y evitar futuros problemas.

Como comentábamos, la reunificación de deudas puede ser beneficiosa en algunos casos, pero tiene algunos aspectos negativos considerables que conviene tener en cuenta antes de decidirse a solicitar un nuevo préstamo para pagar la totalidad de las deudas que se tienen pendientes. Por eso, en Aliter Abogados realizamos un estudio minucioso de cada caso que llega a nuestro despacho.

Inconvenientes de la reunificación de deudas

  1. Mayor costo total. Aunque la cuota mensual sea más baja, al extender el plazo de amortización, el costo total del préstamo puede ser significativamente mayor debido alos intereses acumulados.
  2. Riesgo de sobreendeudamiento. La facilidad de gestión puede llevar a algunos a incurrir en nuevas deudas, empeorando la situación financiera del usuario a corto plazo.
  3. Comisiones y gastos adicionales. La reunificación puede implicar comisiones, seguros obligatorios y otros gastos que incrementan el costo del préstamo.
  4. Garantías requeridas. En algunos casos, las entidades financieras pueden requerir garantías adicionales, como una hipoteca sobre la vivienda habitual lo que aumenta el riesgo para el deudor de perder su casa.

Además, siendo realistas, no todo el mundo puedo acceder a la reunificación de deudas. Por ello, es importante el estudio personalizado de cada caso y buscar alternativas realistas a la situación que acarrea el deudor.

Para aquellos que enfrentan una situación de insolvencia grave, la Ley de la Segunda Oportunidad puede ser una opción más adecuada que la reunificación de deudas.

La Ley de la Segunda Oportunidad como alternativa

Esta ley permite a las personas físicas, tanto particulares como autónomos, cancelar en su totalidad sus deudas y empezar de nuevo, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos.

  1. Buena fe del deudor. El solicitante debe demostrar que ha actuado de buena fe, intentando llegar a un acuerdo extrajudicial de pagos antes de recurrir al proceso judicial.
  2. Incapacidad de pago. Debe ser evidente que el deudor no puede hacer frente a sus deudas con su patrimonio actual.
  3. No estar condenado por delitos económicos. El solicitante no debe hacer sido condenado por delitos económicos en los últimos diez años.

La diferencia entre dejar de deber dinero o deber más dinero es evidente; esta es la clara diferencia entre la Ley de la Segunda Oportunidad y la reunificación de deudas.

Con la Ley de la Segunda Oportunidad la persona deudora explica al juez sus deudas y por qué no puede pagarlas, y si cumple los requisitos anteriormente mencionados el Juez le concederá la exoneración de sus deudas. De esta manera los pagos pendientes dejan de ser un problema.

Por lo tanto, los beneficios más evidentes de la Ley de la Segunda Oportunidad son:

  • Cancelación de las deudas. Tanto en parte como en su totalidad, lo que nos permitiría un nuevo comienzo.
  • Protección del patrimonio básico. Esta ley protege ciertos bienes esenciales para garantizar un mínimo vital al deudor.
  • Estímulo a la recuperación económica. Permite que los individuos recuperen su capacidad económica y productiva, beneficiando tanto al deudor como a la economía en general.

En conclusión, tanto la reunificación de dudas como la Ley de la Segunda Oportunidad son herramientas útiles para manejar situaciones de endeudamiento. Cada una con sus propias características y requisitos. Es crucial valorar cuidadosamente cada opción, y asesorarse por profesionales.

En Aliter Abogados, contamos con un equipo de expertos en derecho financiero y bancario que puede ayudarte a analizar tu situación y encontrar la solución más adecuada para tus necesidades. No dudes en contactarnos para una consulta personalizada y completamente gratuita.

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Noticias Declaración de la Renta Derecho Penal

El timo de la devolución de la renta

El timo de la devolución de la renta

El phishing es un problema global que afecta a los usuarios de internet -hay que pensar que nuestros teléfonos están todo el día conectados- de todo el mundo. El phishing es una técnica utilizada por ciberdelincuentes para engañar a las personas y obtener información confidencial como contraseñas, números de tarjetas de crédito o información bancaria haciéndose pasar por entidades u organización de confianza (por ejemplo, la Agencia Tributaria) a través de correos electrónicos fraudulentos, mensajes de texto, llamadas telefónicas o sitios web falsos.

La estafa de los mensajes de texto relacionados con la renta es una táctica de phishing que se ha observado en varios países, incluyendo España.

En esta estafa, que está llegando a millones de teléfonos, los ciberdelincuentes envían mensajes de texto fraudulentos haciéndose pasar por la Agencia Tributaria con un mensaje relacionado con la declaración de los impuestos.

Estos mensajes suelen contener información falsa sobre el reembolso o problemas con la declaración de la persona, y solicitan que la víctima haga clic en un enlace proporcionado para resolver el problema o reclamar el reembolso.

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Una vez la persona hace clic en el enlace es redirigida a un sitio web falso que imita el sitio web oficial donde se le solicita al usuario que ingrese información personal y financiera.

Es importante tener en cuenta que la Agencia Tributaria u otras instituciones gubernamentales nunca solicitarán información confidencial a través de mensajes de texto o correos electrónicos y mucho menos nos incluirá un enlace donde pinchar.

Así que es recomendable verificar la comunicación que parezca provenir de una entidad gubernamental siempre desde sus plataformas oficiales.

https://aliterabogados.com/wp-content/uploads/2024/04/protegete_estafas_telefonicas.jpgPara protegerse de este tipo de estafas, es importante -según los especialistas en phishing en Valencia de Aliter Abogados- seguir las siguientes recomendaciones:

  • Nunca hagas clic en enlaces sospechosos en mensajes de texto o correos electrónicos no solicitados.
  • Verifica la autenticidad de las comunicaciones con la Agencia Tributaria o cualquier otra entidad gubernamental o privada llamando directamente a su número oficial o visitando su sitio web.
  • Mantén actualizado tu software de seguridad en dispositivos móviles y ordenadores para detectar y prevenir ataques de phishing.
  • Educa a tus familiares y amigos sobre las señales de advertencia de estafas de phishing y la importancia de proteger la información personal en línea.

Los tipos de phishing más comunesAl igual que en otros lugares, en España, hay varios tipos de estafas de phishing que son conocidas por su frecuencia y efectividad. Algunos de los ejemplos más comunes incluyen las siguientes técnicas:

  1. Phishing por correo electrónico. Los estafadores envían correos electrónicos falsos que parecen proceder de entidades legítimas como: bancos, empresas de telecomunicaciones o servicios de mensajería solicitando información personal o financiera.
  2. Phishing telefónico. Los ciberdelincuentes realizan llamadas telefónicas haciéndose pasar por representantes de instituciones y/o empresas legítimas y solicitan información confidencial al usuario. Incluso, la conocida estafa del “sí” al responder al teléfono.
  3. Phishing a través de SMS. Envío de mensajes de textos falsos -como en el caso de la renta- que parecen empresas o instituciones de confianza donde instan a las personas a hacer clic en enlaces maliciosos o proporcionar información personal.
  4. Pharming. Los estafadores redirigen el tráfico de Internet de usuarios inocentes hasta sitios web falsos sin su conocimiento donde intentan obtener información confidencial.
  5. Vishing. Similar al phishing telefónico, los delincuentes utilizan llamadas telefónicas para engañar a las personas y obtener información personal y financiera.

Aliter Abogados cuenta con un equipo de expertos legales versados en las complejidades de este delito cibernético y ofrecemos asesoramiento integral a individuos y empresas afectadas por ataques de phishing.

Nuestro enfoque proactivo incluye la implementación de medidas preventivas, la investigación exhaustiva de incidentes y la representación legal en procedimientos judiciales.

En un mundo digitalmente interconectado, Aliter Abogados se posiciona como un defensor incansable contra las amenazas del phishing.

Protege tus datos, protege tu futuro. En nuestro despacho en Valencia nos especializamos en combatir el phishing, una amenaza cada vez más presente en el mundo digital. Desde asesoramiento preventivo hasta representación legal, en Aliter Abogados estamos comprometidos a salvaguardar tus intereses y tu seguridad en línea. No permitas que los estafadores comprometan tu privacidad. Contáctanos hoy mismo para proteger tu información y tu tranquilidad. Contacta con abogados expertos en delito cibernético y phishing en ValenciaW3dwZm9ybXMgaWQ9IjQ1NDYzIl0=https://aliterabogados.com/wp-content/uploads/2024/04/delito_cibernetico_phishing_valencia.webp

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La sentencia sobre las cláusulas suelo llega a la Unión Europea

Las ultimas noticias relacionadas con la innovadora sentencia, sobre cláusulas suelo de la Audiencia de Alicante ha llegado a Europa.

La doctrina del Tribunal Supremo sobre la retroactividad absoluta que anula esta cláusula, ha sido objeto de la elevación de esta cuestión por primera vez ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Este trámite lo han realizado los magistrados que pertenecen a la sección octava, pese al criterio y consideración de la Fiscalía en este tema. Se pide la nulidad de estos requisitos contractuales mediante “procedimiento acelerado”, porque existe un alto número de afectados en todo el territorio español.

En su fallo el Tribunal Supremo estableció que se debía proceder a la total devolución de las cláusulas suelo declarándose nulas, después de haber sido consideradas abusivas en 2013. En los últimos tiempos Aliter Abogados ya había solicitado la nulidad en los tribunales con efectos retroactivos. El criterio que plantea ahora la Audiencia de Alicante, hace referencia a las explicaciones del Supremo donde se aceptan los efectos producidos por estas condiciones abusivas. Se puede entender que se moderan o integran los efectos de estas cláusulas, sin tener en cuenta la jurisprudencia actual del Tribunal de la Unión Europea.

En Europa se protegen totalmente los derechos del consumidor, por lo cual se apela a estos principios, recordando que este órgano europeo modula con carácter excepcional únicamente el tema de la retroactividad, en caso de buena fe de los afectados y por un riesgo de graves trastornos en el sector económico.

La nulidad de esta cláusula abusiva tiene proyección hacia el futuro, pero para conseguirlo debe eliminar en su totalidad cualquier vestigio y efecto de su existencia desapareciendo por completo. Las dudas sobre las cuales se ha fundamentado este auto, se refieren a las sentencias del Supremo conocidas el 25 de marzo, donde se niega a los afectados la posibilidad de recuperar el dinero pagado con anterioridad al 9 de mayo de 2013, cuando se declaró que las cláusulas eran nulas debido a la opacidad de las mismas.

Estas consideraciones se deben a un recurso interpuesto por un bufete de abogados, contra la sentencia de uno de los juzgados alicantinos que determinó, que el banco estaba obligado a reintegrar lo que había cobrado indebidamente, desde la fecha indicada por el Supremo y no desde la firma del contrato en 2006. En los tribunales de nuestro país surgió entonces la problemática, en el momento de la valoración de los efectos de este tipo de cláusulas abusivas. Surgieron dos criterios, quienes creen que deben anularse desde la fecha que figura en el contrato, aun siendo anterior a la sentencia y otra postura que pretende seguir la doctrina del Supremo.

En relación con la primera la Audiencia sostiene que su aplicación, omite el perjuicio a nivel económico que puede suponer para el consumidor, no poder disponer del dinero restituido que se ha pagado indebidamente. El segundo criterio ha sido cuestionado, porque se podría considerar que actuó de buena fe la entidad que impuso un interés propio de manera difusa, ocultando los posteriores efectos que podría tener una cláusula suelo al consumidor. La consecuencia en este punto, se encuentra en el beneficio del cual goza la entidad y el perjuicio que supone para el cliente que asumió el contrato con este requisito.

La Audiencia de Alicante señala que esta práctica, no tendría un efecto disuasorio frente a las entidades si no se aplican las cláusulas abusivas, porque se entendería que se mantienen sus efectos pese a ser declaradas nulas.

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Noticias Tasas judiciales

Las personas físicas quedarán exentas de las tasas judiciales

El Gobierno ha aprobado hoy mediante Real Decreto-Ley la modificación de las tasas judiciales, que se suprimen para las personas físicas. También se ha aprobado el proyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial y el proyecto de Ley de Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

El Consejo de Ministros a propuesta del ministro de Justicia, Rafael Catalá, ha aprobado hoy una serie de medidas para, en palabras del ministro, «conseguir una justicia más cercana, más ágil y más tecnológica».

La medida más directa y más esperada por gran parte del sector legal y por la ciudadanía ha sido la supresión del pago de tasas judiciales para todas las personas físicas, es decir para los ciudadanos. Quedarán exentas del pago de las mismas en todos los órdenes e instancias. Las Pymes seguirán pagando, con lo que no se ha atendido a una de las reivindicaciones de varios colectivos relacionados con la Justicia. Esta supresión de tasas se incluye en el Decreto de Medidas urgentes para la reducción de la carga financiera y de orden social. El Ministerio de Justicia explica que «se continúa así trabajando para que la Justicia esté al alcance de todos, garantizando la tutela judicial efectiva».

Poder Judicial

Con la aprobación del Proyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial se introducirán en el sistema judicial un paquete de medidas organizativas encaminadas «a agilizar la instrucción de los procedimientos, a través de una mayor especialización en los tribunales y un mejor reparto de asuntos». Las acciones concretas recogidas son, según explica Justicia:

– Se potencia la posibilidad de extender la jurisdicción de los Juzgados de Violencia sobre la Mujer a dos o más partidos judiciales, con el fin de buscar el correcto equilibro entre el mantenimiento de una proximidad razonable del juzgado respecto de la víctima y la respuesta especializada que exige el tratamiento de este tipo de procedimientos.

– Se posibilita alcanzar un mayor equilibrio de las cargas de trabajo en el caso de los órganos judiciales de ámbito provincial. Para ello, se prevé que las Salas de Gobierno puedan acordar las modificaciones precisas en las normas de reparto para equilibrar la distribución de asuntos en determinados juzgados.

– Se incluye un mecanismo que permitirá al Consejo especializar uno o varios órganos judiciales, de forma temporal, si así se determina en función del cúmulo de asuntos, para enjuiciar y resolver aquellas causas específicas que se determinen y que puedan ser tramitados por un mismo órgano judicial, lo que facilitará la unificación de criterios y la agilización en las resoluciones.

– Para auxiliar al instructor y una vez que el juez lo haya solicitado al CGPJ, el órgano de gobierno de los jueces podrá acordar la adscripción al órgano instructor de uno o varios jueces o letrados de la Administración de Justicia (nueva denominación de los secretarios judiciales), con o sin relevación de funciones, para que bajo la dirección del titular del órgano que conozca de esa causa compleja, puedan realizar labores de colaboración, asistencia y asesoramiento, pero sin funciones jurisdiccionales.

Violencia de género

Para mejorar la lucha contra la violencia de género, el proyecto de ley aprobado hoy también amplía las competencias del juez de Violencia sobre la Mujer, en primer lugar, a los delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y el honor de la mujer y, en segundo lugar, también conocerá del delito de quebrantamiento de condena o de medida cautelar.

Asimismo, se asegura una asistencia técnica y profesional por parte de los equipos adscritos a la Administración de Justicia, en especial, en el ámbito de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, que podrán estar integrados también por psicólogos y trabajadores sociales para garantizar la asistencia especializada a las víctimas de violencia de género.

Abogados Penalista en Valencia

Tribunal Supremo

Otra de las novedades del proyecto de ley es que se prevé el recurso de revisión ante el Tribunal Supremo como mecanismo procesal para la revisión de las sentencias firmes dictadas por los tribunales españoles como consecuencia de una resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en un asunto en el que España haya sido parte demandada y en el que se declare la violación de un derecho reconocido en el Convenio Europeo para la protección de los derechos humanos y libertades fundamentales. De esta forma, se compatibiliza el principio de cosa juzgada de las sentencias españolas con la obligación de dar eficacia a las sentencias del TEDH.

Se reconoce de forma expresa por primera vez que los órganos de la jurisdicción militar forman parte del Poder Judicial del Estado y se elimina el privilegio de presentación de ternas de que goza el Ministerio de Defensa para la designación de los magistrados de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo.

Se regula el Gabinete Técnico del Tribunal Supremo de forma más detallada. Estará formado por un director de gabinete, un coordinador de las áreas correspondientes a los diferentes órdenes jurisdiccionales y un número de jueces y otros juristas que determine el Ministerio de Justicia. Sus funciones serán de asistencia a la Presidencia y de apoyo a las distintas Salas del Tribunal Supremo.

Institutos de Medicina Legal

La nueva reforma aprobada hoy por el Consejo de Ministro modifica los Institutos de Medicina Legal para convertirlos en organismos multidisciplinares, que aseguren una atención integral. Contarán con unidades de valoración forense integral, de los que podrán formar parte los psicólogos y trabajadores sociales para garantizar, entre otras funciones, la asistencia especializada a las víctimas de violencia de género y doméstica, menores, familia y personas con discapacidad.

Ley de Enjuiciamiento Civil

El Proyecto de Ley de Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil aprobado hoy por el Gobierno introduce, según Justicia, «un conjunto de medidas dirigidas a la mejora de la eficiencia en la actividad de la Administración de Justicia, así como en la relación de ésta con los operadores jurídicos y los ciudadanos, a través de la implantación del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en diferentes trámites y procesos judiciales».

Según el Ministerio, los avances en el desarrollo de sistemas y aplicaciones tecnológicas orientadas a alcanzar una Administración de Justicia digital van a permitir establecer, entre otras medidas, la posibilidad de que determinados colectivos resulten obligados a utilizar medios electrónicos en la realización de los actos de comunicación.

Los datos de correo electrónico y de número de teléfono podrán ser utilizados para la localización del demandado. Se realizarán los actos de comunicación a través del Servicio de Dirección Electrónica Habilitada para los colectivos que resulten obligados y para aquellos otros ciudadanos que, sin estarlo, opten por dicho sistema. De esta forma, se hará habitual en la Administración de Justicia la recepción electrónica de las notificaciones de la Administración que hasta ahora se reciben en papel. Además, se podrá informar mediante aviso por SMS al teléfono móvil de la persona interesada de que se le ha de practicar una notificación.

En relación a los profesionales que colaboran con la Administración de Justicia, los colegios de procuradores estarán obligados a habilitar los medios necesarios de forma que pueda garantizarse el envío y recepción de notificaciones electrónicas en todo el territorio nacional.

En cuanto a la presentación de escritos y documentos, a partir del 1 de enero de 2016, tanto los profesionales como los órganos judiciales estarán también obligados a emplear los medios electrónicos existentes en la Administración de Justicia para realizar esta actividad. Para hacerlo efectivo, la Administración competente deberá de habilitar los medios técnicos necesarios antes de dicha fecha.

Regulación del juicio verbal

El Ministerio de Justicia ha explicado que como medida para mejorar el proceso de juicio verbal, se introduce la figura de la contestación escrita a la demanda, con lo que el demandante irá a juicio conociendo los motivos de oposición del demandado. De esta forma, se posibilitará que las partes puedan acudir a la vista con los medios de prueba precisos, evitándose la citación de testigos y peritos innecesarios.

Otra de las novedades del Proyecto de Ley de Reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil es la introducción de la posibilidad de acordar en el juicio verbal un trámite de conclusiones, que permitirá a ambas partes hacer sus alegaciones al término de la vista. Por otro lado, se establece un nuevo régimen de recursos más garantista contra decisiones que admitan o denieguen la práctica de pruebas.

Finalmente, las partes podrán pedir que se resuelva el pleito sin necesidad de celebrar la vista, por lo que los autos podrán darse por conclusos si el Tribunal acepta la solicitud.

El proceso monitorio

En relación al proceso monitorio, y con el objetivo de garantizar al consumidor una protección efectiva de sus intereses, el juez, previa dación de cuenta del secretario judicial, verificará la existencia de cláusulas abusivas en los contratos celebrados con consumidores o usuarios. Podrá, por este motivo, declarar de oficio el carácter abusivo de la cláusula en cuestión. En ese caso, esta cláusula no podrá ser invocada en ningún otro juicio posterior.

Nuevo régimen de prescripciones en el Código Civil En coherencia con el nuevo régimen de Segunda Oportunidad para las personas físicas que esta mañana ha aprobado el Consejo de Ministros, se acorta el plazo de prescripción de acciones personales que no tengan establecido un plazo de prescripción específico. El plazo para ejercerlas pasa de 15 años a 5.

Fuente: http://www.expansion.com/accesible/2015/02/27/portada/1425043286.html

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Acciones Bankia Noticias

Goirigolzarri reta al Gobierno

El ministro de Hacienda, Cristóbal Montoro, ha contado pocas veces con el respaldo de su propia formación. Pero esta semana el Partido Popular ha cerrado filas con él para desbaratar los planes del ministro de Economía, Luis de Guindos (un independiente), sobre la postura que debe tomar el Estado ante las indemnizaciones que, probablemente, habrá que abonar a los inversores que acudieron a la fallida salida a bolsa de Bankia.

El presidente de Bankia, Ignacio Goirigolzarri, asiste fortificado en la madrileña plaza de Castilla al último rifirrafe entre miembros del Ejecutivo. Y ahora que están divididos, ha decidido echarles un pulso. Firmará las cuentas del banco, suspendidas hasta que se aclare el conflicto, sin el apoyo del FROB. Dicho en román paladino: sacará adelante el ejercicio aunque no cuente con su principal accionista. Es decir, el Gobierno.

El tiempo apremia

La decisión tiene base desde la óptica del negocio. El tiempo corre en su contra. Este viernes, penúltimo día que fija la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), reunirá a los consejeros del banco para cumplir con el trámite. Mañana sábado, sobre la bocina, se comunicarán los resultados a los mercados. Pedir una prórroga, opción que buscaba el Gobierno, podría perjudicar la cotización. Los analistas consultados por este diario esperan alrededor de 1.000 millones en ganancias.

El impacto de las indemnizaciones se calcula en unos 600 millones si las tuviera que asumir en solitario Bankia, lo que desea Montoro. Antes del bloqueo del ministro de Hacienda –que también cuenta con el respaldo del jefe de la oficina económica de Moncloa, Álvaro Nadal—, el preacuerdo con De Guindos fijaba que BFA, la matriz que concentra la participación del Estado, pagaría 380 millones; Bankia, por su parte, sufragaría 228 millones.

El lío de las indemnizaciones

La situación se enquista porque Montoro considera que los contribuyentes ya han aportado bastantes recursos para el rescate del banco. Su posición es que los inversores, por el hecho de serlo, conocen los riesgos de la bolsa y deben asumir las pérdidas. En el Partido Popular están conformes con el planteamiento y presionan para concentrar las responsabilidades en Bankia, en caso de que el juez sentencie en su contra. Cabe remarcar que se investiga si Bankia falseó las cuentas antes de salir a bolsa.

A rebufo del planteamiento de Hacienda y Moncloa, el FROB no ofrecerá ningún acuerdo a Goirigolzarri hasta que el Gobierno se aclare. El banquero vasco demostrará hoy que pretende seguir con su hoja de ruta y, con sus actos, dejará en evidencia las grietas del área económica del Gobierno.

Fuente: http://www.economiadigital.es/es/notices/2015/02/goirigolzarri-reta-al-gobierno-67061.php?utm_source=Boletin%20informativo&utm_medium=Email&utm_campaign=2015-02-27.html