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Valencia encabeza el ranking de desahucios.

Los datos del último estudio sobre “lanzamientos” -eufemismo que se utiliza oficialmente para hablar de desahucios- en España confirman que se realizan más de 100 desalojos al día; Cataluña, Comunidad Valenciana y Andalucía encabezan el ranking nacional. Del total de desahucios que se produjeron en todo el territorio nacional el 71,95% fueron de personas que vivían de alquiler, un sector muy desprotegido hasta por la actual Ley de Vivienda.

Cataluña es la comunidad donde más desalojos se producen, un total de 8.754 en lo que llevamos de año (que saldría a 24 desahucios al día, un dato escandaloso) Seguido de Andalucía que lleva alrededor de los 7.000 lanzamientos, la Comunidad Valenciana con 5.564 y cierra el ranking la Comunidad de Madrid con 3.679 desahucios.

Datos en la Comunidad Valenciana sobre desahucios

Valencia se encuentra a la cabeza de las comunidades autónomas con más desahucios de España. Los datos del primer trimestre de 2023 indican que en la Comunidad Valenciana se han realizado alrededor de 1.010 lanzamientos (por lo que hablamos de 15 al día) pese a la huelga en juzgados y las diferentes leyes de protección en el ámbito de vivienda llevados a cabo en la región. En el caso de nuestra comunidad un gran porcentaje de estos lanzamientos han sido consecuencia de ejecuciones hipotecarias, un porcentaje bastante elevado frente a aquellos que vivían de alquiler.

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Soluciones frente el desahucio por Aliter Abogados

En Aliter Abogados estamos preocupados ante dicha situación y consideramos que es importante aportar soluciones legales frente a los desahucios; por lo que es fundamental buscar asesoramiento legal específico y adecuados a cada situación (y jurisdicción)

Si estás buscan soluciones legales frente a los desahucios aquí os dejamos algunas opciones que deberías considerar:

  1. Buscar asistencia legal; el asesoramiento legal -para entender tus derechos y opciones legales- es fundamental. Nuestros profesionales especializados en derecho inmobiliario y bancario pueden analizar tu situación, revisar los documentos, representarte legalmente, así como brindarte la orientación sobre los pasos a seguir.
  2. En el caso de desahucios por alquiler recomendamos llegar a un acuerdo con el propietario o arrendador para evitar el lanzamiento; esto podría establecer un plan de pagos, negociar una reducción de la deuda o buscar una solución alternativa que sea satisfactoria para ambas partes.
  3. Revisar la documentación y notificaciones de desahucio. Hay que asegurarse de que el proceso se ha llevado a cabo correctamente y de acuerdo con la ley; es muy probable que existan errores procedimentales o incumplimientos que puedan servir para tu defensa.
  4. Solicitar suspensión o aplazamiento del desahucio; esto podría darte más tiempo para encontrar una solución alternativa, negociar con el acreedor, solicitarte acogerte al código de buenas prácticas o buscar una vivienda nueva. En estos casos, el tiempo es oro y nuestros abogados te pueden ayudar a ganar tiempo para buscar soluciones acordes a tu situación.
  5. Acceder a programas de asistencia o subsidios de vivienda; ello depende de cada comunidad autónoma, así como de la jurisdicción.

Los desahucios siguen en el orden del día, y pese a las nuevas políticas y recursos sociales existen procedimientos abiertos desde hace años que están siendo ejecutados en la actualidad (sin ser revisados o tener en cuenta la situación actual de los afectados) Por ello, consideramos que es importante revisar cada caso con rigurosidad y buscando opciones reales a cada situación.

ejecuciones hipotecarias

Si tú casa esta en juego te animamos a contactar con el equipo de Aliter Abogados llamando al 96 373 55 55 y nuestros especialistas en derecho bancario e inmobiliario te atenderán y resolverán todas las dudas que se te puedan plantear. En este tipo de problemas, donde tu vivienda está en juego, es importante adelantarse a ello y dar con la solución más adecuada para cada caso; siempre con el objetivo de salvaguardar nuestro hogar y el de nuestra familia. No lo dudes, llama.

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La subida del Euribor ahoga a las familias hipotecadas

El Euribor sigue ascendiendo y la economía familiar de millones de adeudados, con una hipoteca de tipo variable, se ve afectada de tal forma que muchos de ellos se plantean acogerse al Código de Buenas Prácticas e incluso optan por la dación en pago como solución para saldar su deuda. Las entidades bancarias están abiertas a reestructurar la deuda, antes de cometerse un impago de la cuota, y ofrecen soluciones que muchos clientes aceptan ante la imposibilidad de afrontar una subida tan abismal. Desde Aliter Abogados aconsejan a los hipotecados que antes de negociar con el banco se asesoren previamente con especialistas en derecho inmobiliario y bancario con el fin de estudiar la opción más favorable para su caso en concreto.

El Euribor, el indicador más utilizado en España para calcular las hipotecas, ha alcanzado este mes de mayo una tasa del 3,862% (nuevo máximo desde 2008) y vuelve a encarecer las cuotas de las hipotecas de tipo variable. Una persona que tenga contratada una hipoteca variable de 150.000€ a 30 años con un diferencial del 0,99% más Euribor que deba revisar este mes su hipoteca registrará un aumento de su cuota de unos 290€ al mes. Por ejemplo, se pasará de pagar 600 euros a aproximadamente 890€. El aumento de este índice supone una presión significativa sobre la economía familiar de millones de hipotecados que se enfrenta a cuotas inalcanzables. Ante tal situación son muchos adeudados los que se personan en sus entidades financieras con el fin de buscar una solución para poder salvaguardar la situación. Por su parte, los bancos están dispuestos a reestructurar la deuda de sus clientes ¿pero esta es la solución más adecuada ante esta situación?

El equipo especializado en derecho inmobiliario y bancario de Aliter Abogados recomienda que antes de renegociar con el banco el crédito hipotecario los clientes se asesoren con profesionales en materia para dar con la solución que mejor se adapte a su caso. “Antes de reestructurar la deuda con la entidad financiera es necesario estudiar posibles soluciones, ya que ellos van a ofrecer al cliente la que más beneficie a su empresa” comentan desde el despacho valenciano. Y es que además de ampliar el plazo para reducir la cuota mensual, aplicar una carencia o la dación en pago -que generalmente benefician al banco- se puede proceder a otro tipo de acuerdos u iniciativas como son: aplicar el Código de Buenas Prácticas, vender la vivienda e incluso someter al cliente bancario a un concurso de acreedores de personas físicas, herramienta legal más conocida como Ley de la Segunda Oportunidad.

A parte de un asesoramiento legal también es importante actuar antes de que se produzca un impago” comentan desde Aliter Abogados. Por lo tanto, es importante detectar el problema y proceder cuanto antes a dar con la solución que permita evitar el impago. La subida del Euribor ahoga, aún más, a las familias españolas. Más de un cuarto de millón de familias hipotecadas se encuentran en situación de vulnerabilidad ante la subida del Euribor debido a los constantes incrementos en las cuotas de los créditos de tipo variable. Ello provocará que muchas de ellas superen la línea roja del endeudamiento y sobrepasar este límite únicamente implica una cosa: mayor riesgo de impagos en las hipotecas (y en su consecuencia un aumento de las ejecuciones hipotecarias)

Ante cualquier duda contacta con el equipo de Aliter Abogados llamando al 96 373 55 55 y sus especialistas en derecho bancario e inmobiliario te atenderán y resolverán todas las dudas que se te puedan plantear. Recuerda: la primera consulta es completamente gratuita. En este tipo de problemas, donde tu vivienda esta en juego, es importante adelantarse a ello y dar con la solución más adecuada para cada caso.

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Estas fiestas ¡ningún peque sin juguete!

Estas fiestas ¡ningún peque sin juguete! Hasta el 2 de enero si donas un juguete resolvemos cualquier duda legal que se te plantee. Los juguetes recogidos serán entregados a la Fundación Altius ¡Que la magia de la Navidad llegue a tod@s! 

Con motivo la festividad drecogida juguetes aliter abogadose Navidad en Aliter Abogados hemos lanzado una campaña de recogida de juguetes. Bajo el lema: ¡Ningún peque sin juguete! del 15 de diciembre al 2 de enero resolvemos vuestras consultas de forma gratuita a cambio de un juguete que haremos llegar al a Fundación Altius, en su delegación en Valencia.

La Navidad es un buen momento para agudizar la solidaridad y creemos que esta iniciativa permitirá a muchas familias celebrar las fiestas con mucha ilusión. Por eso, si tienes cualquier consulta legal aprovecha estos días para donar un juguete y acercarte por nuestras instalaciones donde estaremos encantados de poder atenderte.

Es importante, para poder dedicar el tiempo oportuno para la consulta ponerse en contacto con nosotros a través del teléfono 96 373 55 55 y concretaremos una fecha de visita para poder atenderte con la dedicación que te mereces.

Aprovechamos estas líneas para desearos una Feliz Navidad y próspero año nuevo.

Si lo desea puede contactar con nosotros a través del formulario.

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Celebramos el Día de las Naciones Unidas

El 24 de octubre se celebra el Día de las Naciones Unidas debido a que coincide con la entrada en vigor, en 1945, de la Carta de las Naciones Unidas, pero no fue considerado día oficial hasta el año 1948 que asentó como una de las efemérides internacionales más importantes con el fin de que tanto gobiernos y ciudadanos reafirmen su fe en los propósitos y principios de dicha carta magna.

Por lo tanto, las Naciones Unidas nacieron oficialmente el 24 de octubre de 1945; después de que la mayoría de los 51 estados miembros firmases el documento fundacional de la Organización (la conocida Carta de la ONU) de aquí que esa fecha fuese la elegida para conmemorar dicha alianza.

El objetivo de la Carta de las Naciones Unidas, y por lo tanto las bases y principios de la Asamblea General de las Naciones Unidas es considerar los principios de la cooperación en el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional, promover estudios y fomentar la cooperación política internacional siempre velando por los derechos humanos y las libertades fundamentales así como fomentar la cooperación internacional en materias de carácter económico, social, cultural, educativo y sanitario.

Aprovechamos este post en nuestro blog para hablar de ONU HABITAT. La vivienda adecuada fue reconocida como una parte del derecho a un nivel de vida adecuado por la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) y en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966; por lo tanto, el derecho a una vivienda adecuada incumbe a todos los Estados que se han comprometido a proteger dicho derecho mediante declaraciones y planes de acción internacionales, así como documentos emanados de conferencias internacionales.

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“Ansiedad financiera”, un problema de salud mental al que prestarle atención.

Hoy 10 de octubre se celebra el Día Mundial de la Salud Mental; este año el lema es “Salud mental, una prioridad global” eslogan elegido por participación popular, en la que participaron alrededor de 2.500 personas. La campaña lanzada por la Confederación Salud Mental España nos hace reflexionar mucho sobre la situación actual. Desde la organización lanzaron una pregunta ¿no crees que existen muchos mitos acerca de la salud mental?

Es verdad que tras la pandemia de la COVID-19 se ha puesto sobre la mesa el tema y, gracias a ello, comienza a desmitificarse el asunto. Es importante conocer, que según cifras de la OMS alrededor de 110 millones de personas viven con algún tipo de trastorno de salud mental en Europa, un dato escalofriante. Estos datos nos hacen reflexionar sobre el tema, ya que muchos de nuestros clientes llegan a Aliter Abogados consumidos por la depresión. Ello nos hizo investigar un poco sobre el tema, ya que además de poner soluciones jurídicas a nuestros clientes también nos gusta ayudarles a mejorar su salud mental.

Según un estudio publicado por la Universidad Southampton de Reino Unido (Clinical Psychology Review) revela que las personas que mantienen deudas económicas son tres veces más propensas a padecer problemas de salud mental que aquellos que no están endeudados. Los resultados de dicho estudio analizaron como afectan las deudas económicas -ya sea por el pago a plazos con tarjetas de crédito, los préstamos personales o las hipotecas- y las consecuencias que estas pueden tener: problemas mentales como la depresión, así como drogodependencia y psicosis además de estar más predispuestos al suicidio.

Thomas Richardson, coautor del estudio, compartió los datos con profesionales de la salud mental ya que estos deberían tener en cuenta -a la hora de tratar a sus pacientes- ya que, si estos sufren problemas de endeudamiento, y no se resuelven, las patologías podrían agravarse.

salud mental

La situación económica afecta directamente a la salud mental

La salud financiera es un elemento esencial para la tranquilidad de cualquier persona, ya que existe una correlación directa entre salud financiera y salud emocional. “Para muchas personas es prácticamente imposible llegar a fin de mes con dinero en su cuenta” comenta Juan M. Hita, gerente de Aliter Abogados. “Sea el motivo por el que se llega a una situación de sobreendeudamiento -una acumulación de créditos, una mala situación laboral, un divorcio, una salud complicada- la incapacidad de hacer frente a las deudas suele derivar en problemas como estrés, ansiedad, culpa o tristeza” añade Juan M. Hita.

Desde nuestro despacho venimos tiempo intentado romper con la culpa, la vergüenza o el estigma al fracaso. “La vida esta repleta de decisiones y, a veces, no se toman las correctas. Ello no tiene que ser el final. Hay que ser conscientes de que existen segundas oportunidades. Romper con el tabú y miedo de pedir ayuda ante situaciones que no sabemos afrontar” añade el gerente de Aliter Abogados.

Que la situación económica afecta directamente a la salud mental es una realidad. Día tras día nos contactan personas que se encuentran en una situación económica crítica (algunas tienen gastos que superan a sus ingresos mensuales, otros llevan meses sin poder pagar su hipoteca e incluso otros han sido despedidos de sus puestos de trabajo por algún tipo de enfermedad, que además de limitarles físicamente han supuesto una perdida sustancial de ingresos) y desde Aliter Abogados siempre buscamos la forma -jurídica- bajo la que poner solución a su situación actual. Reorganizar sus financias y ayudarles a gestionar su dinero para ganar en salud mental.

Queremos aprovechar una fecha tan importante para animar a la gente a poner en orden su economía. Tanto de manera individual como familiar, así como en sus empresas. Anticiparse es la clave, y la solución. Ante el mínimo indicio de “ansiedad financiera” es importante buscar ayuda -tanto jurídica como psicológica- ya que la ansiedad provocada por el sobreendeudamiento suele desembocar en un menoscabo de nuestra salud física y mental, además, de afectar directamente a nuestro entorno social y familiar.

Si estas buscando ayuda, descuelga del teléfono y llama a Aliter Abogados. Nuestra primera consulta es completamente gratuita, y en ella, estudiaremos tu caso y te daremos una solución, así como hablaremos de las vías, jurídicas, para dar carpetazo a las deudas o problemas legales que están generándote ese desgaste mental. Llama al teléfono 96 373 55 55 y ¡déjanos ayudarte!

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Se vende: solo fondos.

A veces lo que más lamentamos en Aliter Abogados “es tener razón” como dice nuestra compañera María José Alamar Casares. Y esta, es una de ellas. En nuestro despacho de abogados en Valencia llevamos años incidiendo en que estábamos permitiendo -a todos los niveles- que España se vendiera al mejor postor.

Lo sorprendente es que, a grandes rasgos el resto de la población (entre los que incluimos a nuestros queridos banqueros y políticos) no nos hemos dado cuenta o no hemos querido darnos cuenta. Y el espolio -por parte de los fondos de inversión- sigue.

Aunque, en realidad los derechos constitucionales están vendidos desde el momento que en el Art. 51 de la Constitución Española se dice que:

TÍTULO I. De los derechos y deberes fundamentales.

Capítulo tercero. De los principios rectores de la política social y económica.

Artículo 51.

  1. Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.

Y decimos VENDIDOS ya que esa defensa, por parte de los poderes públicos (indistintamente de colores e ideologías) han permitido que se negocie con nuestros derechos fundamentales. Se han vendido las viviendas, los préstamos personales, la Sanidad, las editoriales de libros, los negocios y el ocio… ¡a macro fondos! Por lo tanto, en realidad lo que se ha vendido es el bienestar social. Y todo ello: bajo la aprobación y supervisión de nuestros poderes públicos.

Se ha priorizado hacer caja -las entidades bancarias- antes que proteger al consumidor -la población- y así nos va.

En el ámbito jurídico estamos limitados; parece que no quieren que arreglemos el entuerto. No nos han dejado ejercitar los retractos de crédito litigiosos amparándose en macro intereses que justamente solo favorecen a las entidades bancarias que arrojan millones de resultado positivos en sus cuentas (y que hace unos años, cuando era fácil el acceso a esos créditos, tuvimos que rescatar)

No queremos ser agoreros, pero esto acaba de empezar. Señoras y señores: España se vende. ¡Al mejor inversor!

se vende, solo fondos

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Divorcio, deudas y liquidación

Muchas parejas no se atreven a llevar a cabo el divorcio debido a las deudas contraídas durante el matrimonio; ello condiciona mucho la toma de decisión de salir de una relación que no funciona. Hipotecas, préstamos, tarjetas de crédito… ¿Quién no conoce a una familia que se encuentre en alguna de las situaciones anteriores?

Divorciarse o separarse es una de las decisiones más difíciles de la vida; obviamente la más dura de ella viene por la decepción, la pena o el sentimiento de tristeza que nos invade al tomar una decisión así, pero muchos matrimonios -el 86% de ellos- también tienen miedo al “qué pasará” en cosas tan importantes como la situación económica.

En Aliter Abogados podemos ayudarte a que ello no sea el motivo por el que no das el paso. Somos especialistas en la resolución de problemas bancarios por lo que durante tu divorcio también protegeremos tu patrimonio. Las deudas o la hipoteca no debe ser un impedimento para comenzar de nuevo.

En primer lugar, lo que hay que tener en cuenta es que ante el banco ambos sois deudores de la totalidad de forma solidaria lo que significa que os pueden reclamar a cualquiera de los dos a la totalidad de los préstamos pendientes. Por ello, a la hora de llevar a cabo un divorcio es importante que expertos en materia valoren todas las opciones: desde repartir las deudas o préstamos, cancelar la deuda o incluso vender el patrimonio.

La falta de cultura financiera y la dificultad de pensar de manera racional -motivadas por el enfado- lleva a muchas personas a tomar decisiones económicamente desacertadas durante la separación o divorcio.

Muchas veces estos acuerdos se firman de manera precipitada intentando salir airoso del momento, pero con el tiempo vienen los problemas: una de las partes deja de pagar los créditos, no se puede hacer frente a la pensión de alimentos debido a las deudas y un largo etcétera de problemas derivados de un mal asesoramiento durante el proceso de divorcio.

Por ello, en Aliter Abogados queremos ayudarte a proteger lo más importante: a tu familia y su patrimonio. Ponte en contacta con nuestros abogados especialistas en divorcios en Valencia y consulta con ellos tus dudas. No dejes nada al azar en un momento tan delicado como es una disolución de un matrimonio o un divorcio.

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Casos de Concurso de Acreedores

Concurso de acreedores: fin de la moratoria, nuevo proyecto de Ley e inseguridad de los administradores.

Abogados Concurso de Acreedores

A unos días de que finalice la moratoria la Comisión de Justicia ha aprobado – con un total de 20 votos a favor, 5 en contra y 10 abstenciones- el proyecto de Ley del texto refundido de la Ley Concursal. Aún no está confirmado, ya que el texto será debatido esta semana en el Pleno, y cuenta con un total de 607 enmiendas, es decir: propuestas de modificaciones; convirtiéndose así en la Ley Concursal que más inquietudes ha despertado en estos últimos tiempos.

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Pero como venimos avisando: todavía sigue vigente, hasta el 30 de junio, la moratoria concursal implantada en marzo de 2022. La fecha límite de la moratoria implica que, salvo llevarse a cabo una nueva prórroga, a partir del 1 de julio las empresas en estado de insolvencia deberán solicitar la declaración del concurso de acreedores; por lo que aún se está a tiempo de presentar un concurso voluntario y evitar dicha situación.

Los administradores de las sociedades en estado de insolvencia actual, o inminente, y los autónomos (en las mismas situaciones) deberán presentar el concurso de acreedores voluntario o iniciar las negociaciones con sus acreedores y comunicarlo, al Juzgado, antes de fin de mes.

Por ello, es recomendable ir preparando el concurso de acreedores para la llegada de la nueva ley, pues esta presenta una mayor carga de trabajo en su preparación que antes, además que se limitan las actuaciones una vez presentado el mismo. El objetivo es conseguir evitar la declaración de un concurso necesario o culpable, situación que podría poner en riesgo el patrimonio personal del administrador para responder a las deudas de la sociedad.

Es importante destacar que cuando se apruebe el proyecto de Ley del texto refundido de la Ley Concursa ello supondrá una gran modificación del sistema actual, donde se le da más protagonismo a la fase extrajudicial y menos a la judicial con el fin de buscar una tramitación más rápida, pero a nuestro entender, mucho menos segura para el deudor y aún menos para los acreedores.

Por ello, os aconsejamos que si la empresa que diriges no puede hacer frente a las deudas pongas el caso en manos de un abogado concursal para evitar las responsabilidades como administrador y no correr el riesgo a que afecten al patrimonio personal.

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¿Quién es el responsable último de las muertes y del suicidio de las familias que van a desahuciar?

¿Quién es el responsable último de las muertes y del suicidio de las familias que van a desahuciar?

Asistimos angustiados a un incremento exponencial de suicidios derivados de problemas financieros, cuando la desesperación de un desahucio llama a tu puerta, y ves que vas a perder tu casa o la de tu familia, a veces crees que es el final y ciertamente lo es si te rindes. Las continuas crisis económicas están sembrando un futuro incierto y están propiciando un genocidio financiero del que hay muchas familias no saben cómo salir.

Es la desesperación y la idea de no existir un futuro lo que lleva a la última decisión de suicidio y nos preocupan por dos segmentos importantes, por un lado, los jóvenes, y por otro los ancianos. Los unos porque el futro y el mensaje que se les da dista mucho de ser esperanzador, y los segundos porque es triste una vida trabajando y suicidarte como ha pasado en Cantabria, a dos hermanas, porque te van a desahuciar.

Insistimos que no se puede integrar a una familia en el mercado laboral si han perdido su vivienda. La pérdida de la vivienda familiar es un hito difícil de superar si no existe alternativa habitacional antes del desahucio. El cielo como techo puede ser una idea muy romántica pero poco práctica y menos con una familia a cuestas. Y con todo recorrido que realizamos sobre la problemática de la vivienda nos preguntamos: ¿quién es el responsable último? Creo que lo tenemos claro.

El genocidio financiero -y estos suicidios- son un poco culpa de todos los que pudiendo hacer algo simplemente optan por apartar su mirada porque es doloroso. Las viviendas no es un objeto de comercio es un bien de primera necesidad. Por lo tanto, no hay excusas: ni moratorias. No podemos mirar hacía otro lado.

Os invitamos a leer el último artículo de Mª José Alamar para el Instituto de Derecho Iberoamericano donde realiza un análisis profundo -y con bisturí- sobre la problemática de la vivienda. Podéis consultarlo en este enlace: Protección de la vivienda familiar hipotecada ante situaciones de crisis económica.

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Casos de Derecho Laboral Incapacidad Permanente

Incapacidad permanente parcial para una dependienta de comercio.

Aliter Abogados consigue que se le reconozca una incapacidad permanente parcial a una clienta que arrastraba secuelas tras ser operada de una neurinoma del acústico izquierdo. Tras el buen hacer de la letrada Elena Martínez – Zaporta se le reconoció dicha incapacidad, así como se ha procedido al abono de una indemnización que asciende a 20.606€. Sigue leyendo para saber más.

Desde Aliter Abogados queremos felicitar a nuestra letrada Elena Martínez – Zaporta por el buen resultado obtenido en el caso de una clienta a la que se ha conseguido que se le reconozca una incapacidad permanente parcial para el desarrollo de su profesión habitual.  El caso fue presentado, y resuelto favorablemente, ante el Juzgado Social Nº13 de Valencia, pero recurrido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y llevado al Tribunal Superior de Justicia de la CV que también falló a favor de nuestra clienta. Además de reconocerle en dicha situación se le entregó la compensación económica que la ley prevé; el pago, en una sola vez, equivalente a 24 mensualidades de la base reguladora: 20.606€

En primer lugar, hay que ponerse en situación. Nuestra cliente llegó hasta Aliter Abogados después de ser de ser diagnosticad, y operada, de una neurinoma del acústico izquierdo. Desde entonces presenta instabilidad al levantar la cabeza, bajar escalera y realizar giros bruscos y cierta lentitud en la movilidad de la mano izquierda. Tras años lidiando con estos problemas se pretende que se le reconozca la incapacidad permanente parcial para la profesión habitual, todo ello justificado con pruebas médicas de imagen y sus correspondientes informes. Se trata de una persona dependiente de comercio que había trabajo en firmas de lujo. Pero sus secuelas del tumor acústico le dejaron unas secuelas que le impedían desarrollar su trabajo con normalidad.

¿Qué es la incapacidad permanente parcial para la profesión habitual?

Hay que tener claro cuáles son las situaciones de invalidez o incapacidad laboral que dan derecho a la percepción de prestaciones por parte de la Seguridad Social; por un lado existe la incapacidad temporal (cuando el trabajador no puede desempeñar su trabajo de forma puntual) y la incapacidad permanente (es la situación en las que el trabajador ve reducidas sus capacidades funcionales o fisiológicas de forma  graves tras haberse sometido a un procedimiento médico) La incapacidad permanente se divide en cuatro bloques:

  • Incapacidad permanente parcial.
  • Incapacidad permanente total.
  • Incapacidad permanente absoluta.
  • Gran invalidez.

Para entender la sentencia ahondaremos en la incapacidad permanente parcial.

Sentencia favorable a cargo de Aliter Abogados

Basándose en los en las pruebas médicas e informes médicos aportados por la cliente la abogada Elena Martínez – Zaporta presentó ante el Juzgado de lo Social Nº13 de Valencia la demanda contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social con el fin de que fuese admitida y tramitada en forma legal el expediente de incapacidad permanente total o, subsidiariamente, parcial para su profesión habitual derivada de enfermedad común.

Estimada la petición se declaró a la clienta en situación de incapacidad permanente parcial condenando a la entidad gestora a estar y pasar esta declaración, así como a abonar una indemnización a tanto alzado equivalente a veinticuatro mensualidades de la base reguladora que se acredito en el momento de realizar la solicitud de invalidez. Pero contra sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandada el (Instituto Nacional de la Seguridad Social) que fue impugnado por la demandante y nuestra letrada. Pero el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en su Sala de lo Social, desestimó dicho recurso por lo que se ha hecho efectiva la declaración de incapacidad permanente parcial, así como el abono de la indemnización que asciende a 20.606€

Un nuevo caso de Aliter Abogados que abre la puerta al reconocimiento de la invalidez, así como las prestaciones por lesiones permanentes de muchos trabajadores. ¿Te encuentras en una situación similar? Queremos asesorarte de forma gratuita y personalizada. Llama sin compromiso al 900 355 355 o al teléfono 96 373 55 55 #PreguntarEsGratis