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Titulizaciones Hipotecarias

Qué son las titulizaciones hipotecarias

estafas bancarias, congreso titulaciones hipotecarias

Aliter Abogados Valencia, asistió al III Congreso de Estafas Bancarias y Titulizaciones Hipotecarias celebrado en Abril de 2018 en Carmona, Sevilla. Realizado por ARFADE, Apoyo a la Recuperación de las Familias Afectadas por la Desigualdad en España.

Las titulizaciones hipotecarias consisten en un concepto que lo que hace es agrupar los derechos de crédito en una única cartera. Es un concepto que realizan las entidades bancarias para asegurar sus cobros y minimizar el riesgo de sus operaciones de préstamo. Generalmente, los bancos transfieren esa cartera de derechos de crédito a sociedades o fondos con la finalidad de obtener inversores. La gran ventaja es que estas entidades logran convertir activos poco líquidos en fuentes de obtención de financiación.

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Sin embargo, los bancos no siempre operan de la misma forma con los activos que poseen. De hecho, puede ocurrir que una entidad no traspase toda la cartera, sino que solo traspasa el riesgo asociado a esa operación. Estos riesgos se convierten en bonos de titulización que el Banco de España clasifica de distinta forma. Por un lado, los bonos a corto plazo también llamados ABS (Asset Backed Securities),que son pagarés de empresa que están respaldados por activos. Por otro lado, tenemos los bonos a largo plazo o llamados ABS a largo plazo.

En este último grupo encontramos los bonos de titulización hipotecaria, los préstamos respaldados por activos que no son préstamos hipotecarios y obligaciones garantizadas por deuda o bonos de titulización, entre otros.

En el año 92 surgen las llamadas titulizaciones hipotecarías que surgen como una vía para que las entidades financieras puedan deshacerse de sus préstamos hipotecarios, vendiéndolos a terceros para así eliminar el riesgo. Cuando esto se produce se llama hipoteca titulizada.

Las entidades bancarias lo que hacen es que convierten los créditos hipotecarios en bonos titularizados y los venden en el mercado de renta fija. Por tanto, el banco vende la hipoteca de un tercero, traspasando así el riesgo y obteniendo un beneficio de la operación.

¿Qué implicaciones tienen?

Conviene que tengamos presente que con la llegada de la crisis esta costumbre arraigada en los bancos trajo importantes problemas, ya que los dueños de hipotecas empezaron a no pagar las hipotecas. Esto supuso una crisis no solo para los que dejaban de pagar, sino también para los inversores y los fondos que habían adquirido estos títulos de deuda.

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Paralizar ejecuciones hipotecarias: cómo proteger tu hogar

En el segundo trimestre de 2023 se ha realizado un total de 5.386 ejecuciones hipotecarias. Además, la subida del euríbor ha trastocado el mercado hipotecario y muchas familias se han visto ahogadas por esta fluctuación lo que ha supuesto que no han podido cumplir con el pago de su hipoteca.

En Aliter Abogados, especializados en la paralización de subastas hipotecarias en Valencia, entendemos que enfrentarse a una ejecución hipotecaria es una situación abrumadora y estresante, pero es importante saber que hay estrategias legales y opciones disponibles para detenerla o paralizarla.

Antes de tomar cualquier medida es fundamental que comprendas tus derechos y la situación en la que te encuentras. Por ello, nuestros abogados especialistas en ejecuciones hipotecarias en Valencia tendrán una reunión contigo para estudiar tu caso en profundidad. Contratar a un abogado especializado en ejecuciones hipotecarias es una de las medidas más efectivas que puedes tomar en estos momentos. Nuestros letrados se leerán detenidamente los documentos de tu hipoteca, estudiarán tu situación concreta (motivo de la falta de pago, situaciones especiales, etc.) y te pondrán encima de la mesa las opciones disponibles.

Previamente a abordar cómo en Aliter Abogados detenemos estos procesos, es crucial entender por qué las subastas hipotecarias pueden ocurrir. La ejecución hipotecaria es un procedimiento ejecutivo a través del cual se ordena la venta de un bien inmueble, que esta gravado con una hipoteca por el incumplimiento del deudor de las obligaciones garantizadas con la hipoteca (el pago de sus cuotas) Pese a que el proceso de ejecución puede variar, según las leyes y regulaciones locales, generalmente siguen un patrón común:

  1. Incumplimiento del préstamo. El proceso de ejecución hipotecaria generalmente comienza cuando el prestatario deja de cumplir con los pagos del préstamo hipotecario.
  2. Notificación del incumplimiento. El prestamista (banco) envía una notificación indicando que está en incumplimiento y que se deben realizar los pagos pendientes para evitar consecuencias más graves (ejecución hipotecaria).
  3. Aviso de ejecución hipotecaria. Si el prestatario no responde a la notificación y no se realizan los pagos pendientes el prestamista emite un aviso de ejecución hipotecaria notificando así que el proceso legal ha comenzado.
  4. Venta en subasta. En muchos casos, la propiedad se pone a la venta en una subasta pública. Esta se vende al postor más alto, y los fondos obtenidos se utilizan para cubrir la deuda hipotecaria y los costos asociados.
  5. Transferencia de propiedad. Si la subasta no satisface la deuda por completo, el prestamista puede tomar posesión de la propiedad y transferirla en su nombre.

Ejecuciones hipotecarias por comunidades autónomas

Las comunidades con mayor número de certificaciones por ejecuciones hipotecarias en el segundo trimestre de 2023 son Andalucía (1.004), Cataluña (757) y la Comunidad Valenciana (639) presentan el mayor número de ejecuciones.

Por ello, nuestros abogados especializados en ejecuciones hipotecarias trabajan arduamente con los clientes que acuden a Aliter Abogados con el fin de paralizar la ejecución hipotecaria de su vivienda. No adoptamos un enfoque único para todos. Reconocemos que cada caso es único y merece una estrategia legal personalizada. Comenzamos con una consulta gratuita para comprender los detalles de tu situación y desarrollar un plan de acción adaptado a tus necesidades específicas.

Abogados especializados en ejecuciones hipotecarias en Valencia

Nuestra función es proporcionarte asesoramiento legal específico para tu caso y guiarte a través de las opciones que son factibles para tu situación; también te representaremos en las negociaciones con el prestamista (el banco con el que formalizaste la hipoteca) y, si es necesario, en los procedimientos judiciales. En Aliter Abogados nos preocupamos por protegerte a ti, tu familia y tu hogar en todo momento; aliviar tu carga mental durante el proceso de ejecución hipotecaria y defender tus derechos en todo momento.

Durante el asunto examinaremos si se han realizado irregularidades en el proceso de ejecución (donde se pueden incluir desde errores en la documentación, incumplimientos por parte del prestamista o violaciones de las leyes de protección al consumidor).

Recuerda que cada situación de ejecución hipotecaria es única, por lo que en Aliter Abogados realizamos un enfoque personalizado para cada situación. Enfrentarse a una ejecución hipotecaria es un desafío, pero no estás indefenso, por ellos nuestros abogados te trasladaran en todo momento las medidas posibles para paralizar o detener la ejecución hipotecario y proteger tu vivienda. En los casos que sea necesario, nuestros abogados especializados en ejecuciones hipotecarias en Valencia, brindamos representación en las audiencias pertinentes. Nuestro experimentado equipo se encarga de todos los aspectos legales, permitiéndote centrarte en reconstruir tu estabilidad financiera.

En Aliter Abogados estamos comprometidos a ayudar a los propietarios a superar los desafíos de las subastas hipotecarias. Tu hogar y tu bienestar financiero son nuestras principales prioridades. Si te enfrentas a la posibilidad de una subasta hipotecaria, no dudes en contactarnos para una consulta completamente gratuita. Juntos, podemos trabajar para proteger tu hogar y construir un futuro más seguro.

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Valencia encabeza el ranking de desahucios.

Los datos del último estudio sobre “lanzamientos” -eufemismo que se utiliza oficialmente para hablar de desahucios- en España confirman que se realizan más de 100 desalojos al día; Cataluña, Comunidad Valenciana y Andalucía encabezan el ranking nacional. Del total de desahucios que se produjeron en todo el territorio nacional el 71,95% fueron de personas que vivían de alquiler, un sector muy desprotegido hasta por la actual Ley de Vivienda.

Cataluña es la comunidad donde más desalojos se producen, un total de 8.754 en lo que llevamos de año (que saldría a 24 desahucios al día, un dato escandaloso) Seguido de Andalucía que lleva alrededor de los 7.000 lanzamientos, la Comunidad Valenciana con 5.564 y cierra el ranking la Comunidad de Madrid con 3.679 desahucios.

Datos en la Comunidad Valenciana sobre desahucios

Valencia se encuentra a la cabeza de las comunidades autónomas con más desahucios de España. Los datos del primer trimestre de 2023 indican que en la Comunidad Valenciana se han realizado alrededor de 1.010 lanzamientos (por lo que hablamos de 15 al día) pese a la huelga en juzgados y las diferentes leyes de protección en el ámbito de vivienda llevados a cabo en la región. En el caso de nuestra comunidad un gran porcentaje de estos lanzamientos han sido consecuencia de ejecuciones hipotecarias, un porcentaje bastante elevado frente a aquellos que vivían de alquiler.

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Soluciones frente el desahucio por Aliter Abogados

En Aliter Abogados estamos preocupados ante dicha situación y consideramos que es importante aportar soluciones legales frente a los desahucios; por lo que es fundamental buscar asesoramiento legal específico y adecuados a cada situación (y jurisdicción)

Si estás buscan soluciones legales frente a los desahucios aquí os dejamos algunas opciones que deberías considerar:

  1. Buscar asistencia legal; el asesoramiento legal -para entender tus derechos y opciones legales- es fundamental. Nuestros profesionales especializados en derecho inmobiliario y bancario pueden analizar tu situación, revisar los documentos, representarte legalmente, así como brindarte la orientación sobre los pasos a seguir.
  2. En el caso de desahucios por alquiler recomendamos llegar a un acuerdo con el propietario o arrendador para evitar el lanzamiento; esto podría establecer un plan de pagos, negociar una reducción de la deuda o buscar una solución alternativa que sea satisfactoria para ambas partes.
  3. Revisar la documentación y notificaciones de desahucio. Hay que asegurarse de que el proceso se ha llevado a cabo correctamente y de acuerdo con la ley; es muy probable que existan errores procedimentales o incumplimientos que puedan servir para tu defensa.
  4. Solicitar suspensión o aplazamiento del desahucio; esto podría darte más tiempo para encontrar una solución alternativa, negociar con el acreedor, solicitarte acogerte al código de buenas prácticas o buscar una vivienda nueva. En estos casos, el tiempo es oro y nuestros abogados te pueden ayudar a ganar tiempo para buscar soluciones acordes a tu situación.
  5. Acceder a programas de asistencia o subsidios de vivienda; ello depende de cada comunidad autónoma, así como de la jurisdicción.

Los desahucios siguen en el orden del día, y pese a las nuevas políticas y recursos sociales existen procedimientos abiertos desde hace años que están siendo ejecutados en la actualidad (sin ser revisados o tener en cuenta la situación actual de los afectados) Por ello, consideramos que es importante revisar cada caso con rigurosidad y buscando opciones reales a cada situación.

ejecuciones hipotecarias

Si tú casa esta en juego te animamos a contactar con el equipo de Aliter Abogados llamando al 96 373 55 55 y nuestros especialistas en derecho bancario e inmobiliario te atenderán y resolverán todas las dudas que se te puedan plantear. En este tipo de problemas, donde tu vivienda está en juego, es importante adelantarse a ello y dar con la solución más adecuada para cada caso; siempre con el objetivo de salvaguardar nuestro hogar y el de nuestra familia. No lo dudes, llama.

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La subida del Euribor ahoga a las familias hipotecadas

El Euribor sigue ascendiendo y la economía familiar de millones de adeudados, con una hipoteca de tipo variable, se ve afectada de tal forma que muchos de ellos se plantean acogerse al Código de Buenas Prácticas e incluso optan por la dación en pago como solución para saldar su deuda. Las entidades bancarias están abiertas a reestructurar la deuda, antes de cometerse un impago de la cuota, y ofrecen soluciones que muchos clientes aceptan ante la imposibilidad de afrontar una subida tan abismal. Desde Aliter Abogados aconsejan a los hipotecados que antes de negociar con el banco se asesoren previamente con especialistas en derecho inmobiliario y bancario con el fin de estudiar la opción más favorable para su caso en concreto.

El Euribor, el indicador más utilizado en España para calcular las hipotecas, ha alcanzado este mes de mayo una tasa del 3,862% (nuevo máximo desde 2008) y vuelve a encarecer las cuotas de las hipotecas de tipo variable. Una persona que tenga contratada una hipoteca variable de 150.000€ a 30 años con un diferencial del 0,99% más Euribor que deba revisar este mes su hipoteca registrará un aumento de su cuota de unos 290€ al mes. Por ejemplo, se pasará de pagar 600 euros a aproximadamente 890€. El aumento de este índice supone una presión significativa sobre la economía familiar de millones de hipotecados que se enfrenta a cuotas inalcanzables. Ante tal situación son muchos adeudados los que se personan en sus entidades financieras con el fin de buscar una solución para poder salvaguardar la situación. Por su parte, los bancos están dispuestos a reestructurar la deuda de sus clientes ¿pero esta es la solución más adecuada ante esta situación?

El equipo especializado en derecho inmobiliario y bancario de Aliter Abogados recomienda que antes de renegociar con el banco el crédito hipotecario los clientes se asesoren con profesionales en materia para dar con la solución que mejor se adapte a su caso. “Antes de reestructurar la deuda con la entidad financiera es necesario estudiar posibles soluciones, ya que ellos van a ofrecer al cliente la que más beneficie a su empresa” comentan desde el despacho valenciano. Y es que además de ampliar el plazo para reducir la cuota mensual, aplicar una carencia o la dación en pago -que generalmente benefician al banco- se puede proceder a otro tipo de acuerdos u iniciativas como son: aplicar el Código de Buenas Prácticas, vender la vivienda e incluso someter al cliente bancario a un concurso de acreedores de personas físicas, herramienta legal más conocida como Ley de la Segunda Oportunidad.

A parte de un asesoramiento legal también es importante actuar antes de que se produzca un impago” comentan desde Aliter Abogados. Por lo tanto, es importante detectar el problema y proceder cuanto antes a dar con la solución que permita evitar el impago. La subida del Euribor ahoga, aún más, a las familias españolas. Más de un cuarto de millón de familias hipotecadas se encuentran en situación de vulnerabilidad ante la subida del Euribor debido a los constantes incrementos en las cuotas de los créditos de tipo variable. Ello provocará que muchas de ellas superen la línea roja del endeudamiento y sobrepasar este límite únicamente implica una cosa: mayor riesgo de impagos en las hipotecas (y en su consecuencia un aumento de las ejecuciones hipotecarias)

Ante cualquier duda contacta con el equipo de Aliter Abogados llamando al 96 373 55 55 y sus especialistas en derecho bancario e inmobiliario te atenderán y resolverán todas las dudas que se te puedan plantear. Recuerda: la primera consulta es completamente gratuita. En este tipo de problemas, donde tu vivienda esta en juego, es importante adelantarse a ello y dar con la solución más adecuada para cada caso.

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¿Quién es el responsable último de las muertes y del suicidio de las familias que van a desahuciar?

¿Quién es el responsable último de las muertes y del suicidio de las familias que van a desahuciar?

Asistimos angustiados a un incremento exponencial de suicidios derivados de problemas financieros, cuando la desesperación de un desahucio llama a tu puerta, y ves que vas a perder tu casa o la de tu familia, a veces crees que es el final y ciertamente lo es si te rindes. Las continuas crisis económicas están sembrando un futuro incierto y están propiciando un genocidio financiero del que hay muchas familias no saben cómo salir.

Es la desesperación y la idea de no existir un futuro lo que lleva a la última decisión de suicidio y nos preocupan por dos segmentos importantes, por un lado, los jóvenes, y por otro los ancianos. Los unos porque el futro y el mensaje que se les da dista mucho de ser esperanzador, y los segundos porque es triste una vida trabajando y suicidarte como ha pasado en Cantabria, a dos hermanas, porque te van a desahuciar.

Insistimos que no se puede integrar a una familia en el mercado laboral si han perdido su vivienda. La pérdida de la vivienda familiar es un hito difícil de superar si no existe alternativa habitacional antes del desahucio. El cielo como techo puede ser una idea muy romántica pero poco práctica y menos con una familia a cuestas. Y con todo recorrido que realizamos sobre la problemática de la vivienda nos preguntamos: ¿quién es el responsable último? Creo que lo tenemos claro.

El genocidio financiero -y estos suicidios- son un poco culpa de todos los que pudiendo hacer algo simplemente optan por apartar su mirada porque es doloroso. Las viviendas no es un objeto de comercio es un bien de primera necesidad. Por lo tanto, no hay excusas: ni moratorias. No podemos mirar hacía otro lado.

Os invitamos a leer el último artículo de Mª José Alamar para el Instituto de Derecho Iberoamericano donde realiza un análisis profundo -y con bisturí- sobre la problemática de la vivienda. Podéis consultarlo en este enlace: Protección de la vivienda familiar hipotecada ante situaciones de crisis económica.

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Jornadas de Vivienda en Lanzarote

Los próximo 11 y 12 de febrero Mª José Alamar y Juan H. García, de Aliter Abogados, estarán presentes en las Jornadas de Vivienda de Lanzarote organizadas por AHINOR Gran Canaria. En ellas se profundizará sobre problemas relacionados con hipotecas, IRPH, cláusula suelo, tarjetas de crédito, ficheros de morosos y otros tipos de abusos bancarios a los que se enfrentan los consumidores.

Es para un honor para Aliter Abogados participar, por segundo año consecutivo -tras el parón pandémico- en uno de los encuentros más importantes del panorama español sobre protección a la vivienda y abusos bancarios. Durante dos días Lanzarote acogerá a diversos especialistas en derecho bancario llegados de toda España con un objetivo en común: poner de manifiesto la vulneración del consumidor frente a bancos y otras entidades financieras.

Nuestros representantes para estas jornadas serán Mª José Alamar con su intervención “Defensa de la vivienda hipotecada a la vista de la Ley 5/2019 LCCI” y, el gerente de Aliter Abogados, Juan H. García con una ponencia sobre “Deudas, Segunda Oportunidad y Vivienda Familiar” que seguramente no dejarán indiferente a nadie y donde se darán claves para poder hacer frente a, desde la legalidad, a los abusos que sufren los consumidores en materia de vivienda.

Os dejamos a continuación el cartel y el desarrollo de las Jornadas de vivienda en Lanzarote para que estéis al día de lo que ahí tendrá lugar. Además, desde las plataformas de AHINOR Gran Canaria vais a poder seguir en directo el desarrollo de las mismas, así como consultar toda la información referente a estas.

A la vuelta del evento os contaremos que tal fue nuestra experiencia en Lanzarote, así como os ofreceremos un resumen de lo que los representantes de Aliter Abogados expusieron en dicho congreso.

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La Ley Hipotecaria

La ley hipotecaria, conocida como Ley de Crédito Inmobiliario 5/2019 (LCI) ha cumplido recientemente un año en plena vorágine del COVID-19. Pero, ¿cómo ha afectado esta normativa a los derechos de los consumidores? ¿Beneficia de igual forma a las hipotecas históricas que a las que se firman ahora? ¿Es una ley proconsumidor o probanca? Charlamos con tres de nuestras letradas sobre la aplicación de la ley, así como sus consecuencias.

“Pese a que esta ley se nos vendió como la panacea en defensa de los consumidores, tienes sus luces y sus sombras”

En Aliter Abogados hemos preguntado a nuestras abogadas especialistas en derecho bancario, ejecuciones hipotecarias y derecho de consumidores y usuarios su opinión sobre la Ley de Crédito Inmobiliario y como ven ellas el panorama en mitad de una pandemia como la provocada por el coronavirus. Charlamos con Jessica Marcos, Lucía Navarro y Mª José Alamar sobre el aniversario, agridulce, de una normativa que llegaba a España con tres años de retraso y envuelta en una gran polémica pero que aportaba más seguridad y transparencia en la firma de nuevos préstamos hipotecarios, tanto para el consumidor como para los bancos, pero ¿cómo ha afectado esta ley a las miles de ejecuciones hipotecarias que ya estaban en marcha?

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Jessica Marcos – Abogada

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Lucia Navarro – Abogada

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Mª José Alamar – Abogada

“Pese a que esta ley se nos vendió como la panacea en defensa de los consumidores, tienes sus luces y sus sombras. Ha aumentado los estándares de protección para la firma de las nuevas hipotecas involucrando de forma mas activa a otra figura importante como el notario. También, ha aumentado a 12 el número de cuotas acumuladas de impago antes de que el banco pueda iniciar acciones judiciales. Pero la sombra es que ha limpiado por ley y de cuajo 20 años aproximadamente de hipotecas que contenían una cláusula sexta bis nula de pleno derecho porque se facultaba a instancias de la entidad a dar por resuelto el contrato de préstamo hipotecario al primer impago. Esta cláusula nula de pleno derecho, como ha confirmado en reiteradas veces el TJUE, hacia que miles de hipotecas no se pudieran reclamar mediante un procedimiento de ejecución hipotecaria y el banco optara por otras vías mas largas y con más capacidad de defensa. Cosa que al banco no le convenían porque se llevaban a cabo con el cliente en “su casa”; de esta forma la ley y de forma retroactiva “limpio” con ayuda de la jurisprudencia del  tribunal Supremo en septiembre de 2019, todas esas ejecuciones hipotecarias que teníamos “amarradas y paradas” por una cláusula nula, provocando una sangría de reactivaciones, pese a que en ningún caso el consumido-cliente había dado como señala también el TJUE el consentimiento expreso para que se cambiase la citada cláusula de su contrato de préstamo y sin este consentimiento, a priori el juez no la podía sustituir. comenta Mª José Alamarcasa

“Hemos pasado un año y medio, incluso dos, que no entraban ejecuciones hipotecarias, solo de mercantiles o no consumidores, las entidades bancarias optaban por procedimientos ordinarios de reclamación de deuda, ya que, al llegar dicha ley, los bancos esperan el impago de esas 12 cuotas para iniciar un proceso de ejecución hipotecaria ya que les es más “rentable” que iniciar un procedimiento ordinario en el que van a tardar en cobrar o en tener la posesión de las viviendas muchos años”. Debido a ello, podemos ver como la Ley de Crédito Inmobiliario ha generado un parón en cuanto a este tipo de ejecuciones, pero, según adelanta Alamar “se espera un repunte de ejecuciones hipotecarias para después de verano, final de año. Además, ejecuciones más inmediatas y complicadas de ganar a los bancos”.    

Por lo tanto, ¡no es oro todo lo que reluce! No se trata de una ley que beneficie en exclusiva al usuario, más bien pone al banco en una postura -de nuevo- privilegiada frente a desahucios de viviendas ya que como comenta Alamar: “Una vez se incumplen esas 12 cuotas, la actuación es inmediata.” Por lo que la ola de lanzamientos crecerá irremediablemente. “Además mientras no se impongan medidas efectivas para paralizar los abusos, y se impongan las costas de los procedimientos a las entidades bancarias ¡sin dudas de hecho, ni de derecho! va a ser difícil; a los bancos les sigue saliendo barato sacar a los consumidores de su casa” añade Mª José Alamar.

“Con la crisis económica de 2008 comenzaron a producirse gran cantidad de impagos en préstamos hipotecarios, que dieron lugar al vencimiento anticipado del préstamo por las entidades bancarias simplemente por el impago de una cuota” – comenta Jessica Marcos, abogada colaboradora de Aliter Abogados especialista en derecho bancario, cláusulas abusivas, ejecuciones hipotecarias y dación en pago – “Muchas familias perdieron sus hogares y, además, debiendo unas cantidades indecentes a las entidades bancarias”.

Debido a las propias sombras de los procedimientos de ejecución y a que las entidades de crédito no cumplían con los scorings de deuda para dar los préstamos hipotecarios, unido a las propias sombras del procedimiento de ejecución que hacia que la vivienda se subastase por el 60% del valor de tasación. Valor este último, que actúa como protector contra la entidad y que se había dado el caso de una ampliación hipotecaria, y se había firmado una nueva hipoteca, la entidad se aprovechaba (por supuesto sin informar al cliente) de la importancia de este cambio, para actualizar el valor de tasación a la caída del mercado inmobiliario y la cláusula sexta bis de la que hablábamos antes, que pasaba de señalar tres vencimientos. “La dación en pago no es la única opción y siempre debe ser la última, si bien es cierto que hay casos particulares en los que es la mejor, por circunstancias particulares de cliente, no debe ser nunca la primera opción a valorar” comenta Jessica Marcos.

Y es que, la Ley de Crédito Inmobiliario nació con el fin de proteger los derechos de los consumidores al mejorar la transparencia en la contratación hipotecaria y, además, por incrementar la seguridad jurídica de los préstamos. Su objetivo era evitar muchos de los litigios que hasta el momento se planteaban, así como el alto coste de muchos de los servicios asociados a la compra de la vivienda.

“Esta ley nació con el objetivo de proteger al usuario de los bancos, de sus comisiones abusivas, sus cláusulas suelo ¡que por fin están prohibidas! Además, la LCI fija unas comisiones para las hipotecas con interés variable, que establece un máximo del 0,25% durante los tres primeros años de vida de la hipoteca, así como prohíbe toda clase de productos bancarios que se nos quiera asociar a la compra de una vivienda. Pero deja la puerta abierta al banco en cuanto a ejecuciones más inmediatas y la creación de nuevos tasas” añade Lucía Navarro, letrada del despacho Aliter Abogados.

casa azul“La ventaja, o beneficio de esta ley, es que el banco ahora solo puede cobrar aquellos servicios que puede acreditar que realmente ha prestado” – comenta Lucía Navarro– “De esta manera gastos como: la notaría, el registro y la gestoría ahora deben de ser asumidos por los bancos… siendo solo obligación del comprador pagar los gastos de tasación”

Cabe añadir que esta ley permite al deudor hipotecario cambiar de banco o de las condiciones de la hipoteca cuando quiera y sin que ello suponga un coste adicional. También, y quizás uno de las aplicaciones de esta ley más cuestionadas son las relacionadas con las ejecuciones hipotecarias que, desde el año pasado, solo podrá iniciarse tras el impago de 12 cuotas o bien que el importe de las cuotas impagadas suponga el 3% de la deuda hipotecaria inicial.

“Lo más aconsejable, cuando hay problemas de liquidez y de impagos, es consultar con especialistas como Aliter Abogados” – añade Jessica Marcos “Con el tema del COVID-19 los impagos han aumentado notablemente ya que no a todo el mundo le han dado una moratoria por lo que entre lo que entre este septiembre y lo que se arrastre de esta crisis sanitaria vamos a vivir una situación bastante complicada”

Las tres letradas coinciden en ello. Es un parche. Beneficia a consumidores a la hora de solicitar un nuevo crédito, pero no da una protección global frente a la perdida de la vivienda frente al banco. Por lo tanto, esta ley evitará a los bancos muchos de los litigios que hasta la fecha se planteaban derivados de las famosas cláusulas suelo, los gastos de formalización, etc. pero deja la puerta abierta a que estos se cubran las espaldas imponiendo otro tipo de condiciones extras, como nuevos seguros frente a impagos o un incremento en los intereses de las hipotecas.

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Aval Hipotecario: Como sacar a los avalistas de los préstamos hipotecarios

El miedo que da pensar que, si dejas de pagar el préstamo hipotecario, le quitarán la casa a tus padres.

Aval Hipotecario

Es una realidad en la que, durante mucho tiempo, las entidades financieras han intentado que hubiera una sobregarantía que fuera más allá de lo que valía el propio valor de la tasación de la vivienda. Exigían, para dar el préstamo hipotecario, que firmaran terceras personas como avalistas o fiadores, es decir, que pusieran como garantía, además de la vivienda que estaba siendo hipotecada, otra vivienda (de los padres, hermanos…) u otros salarios o pensiones que aseguraran que, en caso de no poder pagar, esa deuda iba a ser saldada. O al menos, así se vendía en la mayoría de los casos.

Sin embargo, ninguno de esos fiadores o avalistas, o, al menos ninguno de los que hemos llevado nosotros, que ya son muchos, ha formado parte de las negociaciones (si es que se han hecho). Ninguno de ellos, y a veces ni siquiera el deudor, saben exactamente a qué se están comprometiendo.

Simplemente surgía una situación de necesidad porque la tasación de la vivienda “había salido baja” y requería de garantía adicional, entonces se les llamaba a firmar y ya, sin más explicación que aquello que podían intuir.

En estas situaciones, el fiador o avalista piensa que, en caso de no poder pagar, responderá la vivienda y luego el deudor y después, (situación que se suele tomar como excepcional) la vivienda, la nómina o la pensión del avalista o fiador.

Sin embargo, desconocen la existencia de determinas cláusulas.

A estas cláusulas, que ya de por sí podrían considerarse abusivas, y por tanto nulas, por falta de  información, se les incorpora una renuncia a derechos, concretamente a los derechos de división y de orden y exclusión: Es decir, se puede ir indistintamente a por la vivienda hipotecada, a por el deudor o a por cualquiera de los bienes. Y eso la gente, no lo sabe ni es consciente de ello y es lo que ha aprovechado durante mucho tiempo las entidades bancarias para reclamar a quien tenía mejor nómina y no pasar por el piso porque ya no les convenía la tasación.

Lo que hemos conseguido últimamente es conseguir sacar a los avalistas declarando nulas esas cláusulas y nula la fianza, con lo que el préstamo hipotecario se queda sin fiadores, irán a por el prestatario, si, a por la casa hipotecada, pero a por los fiadores no podrán ir.

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Afectados por hipoteca

El intrusismo de las plataformas de afectados por hipotecaAfectados por hipoteca, la dación en pago se presenta como una alternativa para evitar las ejecuciones (no siempre es la mejor opción), actualmente recomendada como solución por las plataformas de afectados por hipotecas que no siempre es la mejor opción.

¿Qué opciones tienen los hipotecados?

En la actualidad existen determinadas organizaciones que aconsejan a los damnificados este método de dación, como la mejor propuesta de las entidades bancarias. Plataformas que son reconocidas por beneficiar a los bancos y cajas con estas soluciones, evitando comentar otras opciones ante la ignorancia de muchas personas que acuden, solicitando una respuesta óptima a sus problemas hipotecarios.

La firma de este tipo de acuerdos que se caracterizan por ser engañosos, aumenta los casos de afectados por hipotecas.

El desconocimiento y miedo conlleva la firma de la dación en pago, mientras las organizaciones que tienen que defender a miles de familias no informan adecuadamente, sobre las cuantías y otros datos de interés muy relevantes.

Nuestros abogados frente a estos casos de bienes hipotecados, recuerdan los abusos que se cometen a los deudores durante la dación, protegiendo el capital invertido cuando se aplica el artículo 1859 del Código Civil, ante la falta de protección violada por las plataformas que promueven estas soluciones.

El primer paso es denunciar este abuso con el objetivo de evitar que se perpetúen impunemente, recomendando desde las asociaciones firmar daciones para no llegar a las ejecuciones.

Los abogados advierten estas graves situaciones observando que los hipotecados aceptando la dación en pago, pierden la oportunidad de conseguir los siguientes beneficios al conseguir el sobreseimiento en estos casos:

  • Vencimiento anticipado
  • Titulización
  • Cláusulas abusivas
  • Defectos procesales

Las personas consideradas afectadas por hipotecas también se exponen a perder todos los años de uso de la vivienda, mientras dura la ejecución hipotecaria. Otro motivo importante a considerar es la deuda remanente posterior que debe saldar el deudor.

El hipotecado realizando las demandas correspondientes tienen la oportunidad de mejorar sus expectativas, conservando la propiedad y librándose de su deuda. Esta opción real se plantea a través de las denuncias en la justicia, que pocas personas plantean sin conocer los importantes beneficios al intentar esta vía legal.

¿Por qué la dación en pago no es la solución?

Las plataformas que aconsejan esta alternativa en realidad están planteando la derrota total con la finalidad de rendirse, cuando existen otras propuestas legales que benefician a los afectados por hipoteca.

Las personas que caen en este tipo de engaños son innumerables, siguiendo argumentos falsos que perjudican sus intereses, ejerciendo las funciones que corresponden a los asesores jurídicos con titulación.

El asesoramiento indebido de estas organizaciones es considerado por el Código Penal como intrusismo, especialmente por las recomendaciones nefastas que significa la pérdida de los derechos que reconoce la Ley a los deudores. Recomendaciones que benefician únicamente a los bancos hasta incurrir en delitos.

La labor de las plataformas es orientar a los damnificados por hipotecas y aconsejar la consulta a los profesionales cualificados para recuperar las cantidades reduciendo el número de víctimas, evitando la dación en pago como solución pertinente.

Actualmente muchos afectados por hipoteca están recibiendo un asesoramiento deficiente que no incluye el protocolo adecuado a las estafas por dación, debido al intrusismo de las plataformas, forzando a los deudores en algunos casos a la firma de estos acuerdos.

Nuestro despacho cuenta con los mejores abogados para analizar de forma personalizada cada caso y aconsejar las acciones legales ante los juzgados con el objetivo de recuperar los derechos del deudor.

Los hipotecados deben saber que la justicia ofrece distintas posibilidades, sin necesidad de aceptar acuerdos desfavorables que no permitirán posteriores reclamaciones en sede judicial.

Denunciando como  afectados por hipoteca con la experta intervención de nuestros letrados, se garantizan los derechos legales y se evita la pérdida de sus principales intereses. Solicitando una cita con los profesionales especializados en Derecho Hipotecario, las mejores soluciones están aseguradas.

Consulte con nuestros letrados todas las opciones antes de caer en manos de algunas plataformas muy conocidas, que actúan en contra de sus legítimos derechos. No acepte la dación como acuerdo ante las entidades crediticias, contacte sin compromiso y descubra todas las ventajas de demandar en los juzgados su caso particular.

El reconocimiento de su deuda es posible, conozca las opciones antes de aceptar la dación en pago, propuesta como intrusismo por estas plataformas de afectados.

«Cuando uno no tiene ya nada el que tiene que perder es el banco y no el hipotecado» por ello la dación en pago no siempre es la mejor opciónconsúltenos sin compromiso y veremos la mejor opción para usted.