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Créditos vinculados: ¿Cuándo es responsable la financiera de que se lleve a cabo el servicio?

Cuando al comprar un coche u otro bien de consumo, así como al contratar un servicio para el que vamos a necesitar financiación para pagar el precio, dándose el caso de que es el propio establecimiento vendedor o prestador quien nos ofrece la financiación y la aceptamos, estamos celebrando un “CRÉDITO AL CONSUMO VINCULADO”.

Esta última palabra quiere decir que hay dos notas características:

  • Que el importe del crédito concedido se entrega directamente al establecimiento y no al solicitante del préstamo.
  • Y que la financiera paga la totalidad a la entrega de lo comprado o al inicio del servicio, esto es, sin que aún se haya producido la satisfacción total con lo comprado o pueda saberse si el servicio se prestará por completo, por lo que asume el riesgo de que surjan problemas y estos no puedan ser resueltos con la garantía o por los profesionales que prestan el servicio.

De manera que si posteriormente los bienes son defectuosos o los servicios no se prestan completos o son mal realizados y sin culpa del consumidor, éste puede, o bien anular el crédito o bien interrumpir la obligación de pago (un ejemplo más reciente iDental), lo que normalmente suele hacerse ante los Tribunales salvo que exista acuerdo entre las partes.

Por tanto, lo que quiere decir es que hay una vinculación entre el buen fin del contrato principal y la financiera.

El único requisito para poder anular o cancelar, es justificar que se ha reclamado al vendedor o al prestador, reclamación que puede estar resuelta o en curso, bien por la defectuosidad de la compra, bien por el servicio incumplido y adjuntando los documentos en que hayamos basado ésta (por ejemplo: numerosas facturas de reparación de un vehículo o un informe pericial del defecto) para justificar la razonabilidad de la misma, pero sin que sea necesario esperar a su resolución.

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Nuevas sentencias sin límites en la devolución de cláusulas suelo

Una innovadora sentencia consigue eliminar los límites establecidos, para la restitución de las conocidas como cláusulas suelo. En Aliter Abogados recuperamos el dinero invertido por nuestros clientes, sin importar la cantidad demandada en poco tiempo.

Fundamentos del fallo

Los magistrados han puesto en duda la interpretación del tribunal que sentenciaba a pagar determinados importes, cuando se trataba de cantidades de dinero que habían sido pagadas de más en estas cláusulas. En los juzgados de primera instancia ya se ha conseguido una sentencia, que anula sin limitaciones el pago realizado cuestionando la decisión del Supremo en fallos anteriores, donde se imponía un efecto retroactivo con límites en la anulación de estas prácticas, realizadas por las entidades.

La supresión de estas cláusulas suelo ha permitido a miles de ciudadanos españoles recuperar su dinero y reclamar en sede judicial la devolución de estos excesos en sus hipotecas. Esta nueva resolución abre la puerta a otras demandas, al poner en cuestión la interpretación de este alto tribunal.

Se basa en el quebranto al orden público económico, porque los bancos se beneficiaron con la ayuda de miles de millones de euros, recibida en el año 2012. Las cantidades de dinero que los clientes pagaron de más deben ser restituidas sin límites, porque las entidades no sufren ningún riesgo en sus sistemas financieros, según los fundamentos planteados que dieron lugar a este fallo. La reducción es mínima considerando los grandes réditos de los bancos, con las cuantiosas ganancias obtenidas.

Consideraciones especiales

Esta sentencia aún debe reiterarse para considerarse jurisprudencia en el campo del derecho, pero determina que las cláusulas suelo cobradas a ese cliente en concreto, tienen que ser devueltas más los intereses y costas judiciales. Otra novedad es la revisión de los cálculos del préstamo hipotecario, con la obligación de recalcular todo el cuadro correspondiente a las amortizaciones de la deuda. La anulación sin límites de estos requisitos pagados por miles de deudores hipotecarios de todo el país, se suman a las sentencias de nulidad que se reintegran desde mayo de 2013, cuando fueron declaradas ilícitas por el Supremo.

La banca queda obligada a proporcionar la información debida, sobre la variabilidad de los tipos a los nuevos interesados en adquirir hipotecas. Tampoco podrán beneficiarse con las cláusulas suelo ante las bajadas del euríbor, en virtud de las condenas ya impuestas a las entidades bancarias. Actualmente los afectados no dudan en demandar la devolución de estas engañosas cuotas hipotecarias, exigiendo en su totalidad el importe invertido sin considerarse si la suma que se solicita es mínima o no.

Nuestros profesionales trabajan con eficiencia en Aliter Abogados, ofreciendo todas las alternativas para cada caso en particular, con la seguridad de posibilitar que las cláusulas suelo sean recuperadas sin límites. Desde el año 2013 al no cumplir con la transparencia exigida en la comercialización, la banca ha tenido que pagar el dinero más intereses y costas a los damnificados. Desde entonces hemos obtenido sentencias favorables para nuestros muchos clientes, satisfechos con la hábil gestión de nuestros cualificados letrados.

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En mayo finaliza el plazo para reclamar las Acciones de Bankia

En mayo finaliza el plazo para reclamar las Acciones de Bankia y el despacho jurídico Aliter Abogados, propone Jornadas y Charlas Informativas gratuitas en su Ayuntamiento, hogar de jubilados, centros culturales, asociaciones, etc.

Todas las dudas sobre Preferentes y Obligaciones Subordinadas sin importar que se hayan vendido, así como dudas sobre Cláusulas Suelo serán explicadas por profesionales con experiencia. Respaldan la actuación jurídica de Aliter Abogados 21 juicios presentados y ganados, con 3 de ellos resueltos favorablemente por la Audiencia Provincial de Valencia.

 El 20 de mayo finaliza el plazo para presentar en juzgados

Se acaba el plazo para reclamar Acciones Bankia y la posibilidad de recuperar el dinero invertido. En estas charlas se informará en detalle, sobre la forma de recuperar la inversión con las demandas interpuestas por los letrados. Las sentencias obtenidas a favor de los clientes de Aliter Abogados, demuestran la cualificación profesional de los abogados que desarrollarán las jornadas.

Quienes recibieron información errónea del banco, folletos con irregularidades en sus descripciones y lo que ofrecía la entidad no se ajustaba a la realidad económico-financiera de Bankia, ya no tienen que seguir esperando para recuperar su inversión. Los accionistas de Bankia que han perdido todo su dinero, tienen que demandar antes de mayo, porque se considera que tres años antes fue cuando cayeron en bolsa las acciones, cuando se conocieron las cuentas y cuando el ex presidente de la entidad, Rodrigo Rato, dimitió. En caso de no presentarse las demandas dentro de este plazo, ya no será posible la recuperación de las mismas.

La información de los abogados resolverá las dudas sobre cómo reclamar este tipo de acciones, y responderá todas las preguntas de los afectados. Las cuestiones más frecuentes están relacionadas, con la devolución del dinero en la compra de Acciones Bankia, el plazo de presentación de las mismas, cantidad de sentencias ganadas en España, tasas judiciales, demandas colectivas o individuales y qué va a pasar con los que compraron estas acciones, serán resueltas y explicadas por Aliter Abogados. La presentación en sede judicial no implica gastos para el demandante, porque solo se cobrará cuando se recupere el dinero en sentencia favorable.

Se invita a los interesados a participar gratuitamente en estas charlas, para conocer en detalle y resolver dudas relacionadas con estos temas, el día 25 de Marzo de 2015 a las 19:00 hs, en el Ateneo Mercantil de Valencia, Plaza del Ayuntamiento, 18.

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La adquisición de Acciones de BANKIA en su Salida a Bolsa (OPS) comienza a solucionarse para los pequeños inversores

Adquisición de Acciones de BANKIA en su Salida a Bolsa

Mientras continúa el procedimiento en la Audiencia Nacional bajo la dirección del Juez Fernando Andreu relativo al fraude de la salida a Bolsa de BANKIA, los pequeños inversores están viendo el final del túnel según las últimas Sentencias que declaran la Nulidad de sus contratos de compra de Acciones.

En Valencia se ha pronunciado ya la Audiencia Provincial, hasta en dos ocasiones, en Sentencias de 29 de diciembre de 2014 y 7 de enero de 2015, anulando los contratos de compra de Acciones realizadas en el momento de la salida a bolsa por pequeños inversores.

La base de las Sentencias de la Sección 9ª de la Audiencia Provincial de Valencia, especialista en derecho bancario, no es otra que los propios hechos acontecidos desde que se produce la Oferta Pública de Suscripción; BANKIA adelanta resultados del ejercicio 2011 en el Folleto, con beneficios de 91 millones de euros hasta marzo, se presenta como una de las entidades financieras más solvente, y finalmente acaba registrando unas pérdidas para el mes de diciembre del mismo año de 3.030 millones de euros.

Parece evidente, y así lo considera no sólo esta Sección de la Audiencia Provincial de Valencia, sino otros muchos juzgados, que no existe una normalidad en la información económico financiera facilitada en junio de 2011, cuando en menos de un año, la principal entidad española en solvencia pasa a solicitar su rescate, es suspendida de cotización y presenta el mayor agujero de la historia de la Banca española, necesitando más de 20.000 millones de euros de inyección de capital.

Hay que señalar que ha sido el mismo despacho de abogados, ALITER ABOGADOS y la letrada Eva Ruiz Córdoba, quien ha conseguido estas dos Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, que se unen a las que ya tienen también en primera instancia.

Miguel Gálvez Hernández

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Revolución judicial en las cláusulas suelo

calcula tu cláusula sueloEl reintegro de las cláusulas suelo ya es posible en gran parte del territorio nacional. La jurisprudencia está respaldando la retroactividad de las mismas, cuando estas fuesen abusivas.

La justicia a través de las sentencias dictadas en varias audiencias provinciales, ha interpretado la resolución del Tribunal Supremo, aplicando en los casos que corresponde la nulidad de las cláusulas suelo y ordenando también la devolución por parte de las entidades bancarias. En favor de los titulares de estos créditos hipotecarios, se han pronunciado las Audiencias de Valencia, Guipúzcoa, Huelva, Sevilla y Oviedo, entre otras a nivel nacional. Los magistrados en la Audiencia de Sevilla, recuerdan que la decisión no genera jurisprudencia, pero sí reconoce su «indudable peso».

Con las debidas aclaraciones respecto a los fallos pronunciados, la Audiencia explica que: “es una acción individual de nulidad de cláusula abusiva por falta de transparencia, que afecta a un concreto y determinado contrato». Se hace referencia por lo tanto a casos muy concretos sobre demandas cuantificadas, que no afectan al orden público. En las sentencias los jueces afirman que, hay razones para que la regla no se aplique oportunamente, devolviéndose la cantidad cobrada cuando se tratare de cláusulas abusivas.

La novedad de la sentencia de la Audiencia de Sevilla, se refiere a la nulidad que se plantea en la resolución del Tribunal Supremo. Así mismo la retroactividad es un punto determinante en las audiencias provinciales, porque los bancos tienen que aplicar este dictamen de oficio, cuando los clientes lo soliciten. Es una forma de evitar el pago de costas del proceso judicial. Sobre ello los letrados explican, que se pueden también aplicar medidas cautelares asegurándose así el pleito, porque el cliente no se encuentra en igualdad de condiciones respecto a la entidad.

Granada y las cláusulas suelo

Granada es otro ejemplo concreto donde se ha condenando a las entidades por las cláusulas suelo, a pagar lo que se haya cobrado de más al cliente, avalando de esta forma la retroactividad en las cláusulas suelo. Respecto a los plazos para las devoluciones suelen ser de dos años, aunque también se resuelven en algunos casos en seis meses cuando el planteo así lo amerita. Ya son varias las audiencias provinciales que dentro del territorio nacional, respaldan con sus sentencias la retroactividad de las cláusulas suelo, cuando estas son abusivas. Desde que se interpone la demanda se devuelven las cantidades, por los gastos que significan a los afectados, cuando se interponen acciones en sede judicial.

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Recuperar el dinero pagado por la cláusula suelo, cuestión geográfica

Recuperar el dinero pagado por la cláusula suelo, es posible gracias a la eficiente actuación de Aliter Abogados. Los afectados tendrán mayores posibilidades de éxito, de acuerdo a la provincia donde se interpone la demanda, pues se ha convertido en una cuestión geográfica.

Las últimas resoluciones dictadas en 23 provincias, se hicieron eco del efecto retroactivo, pero 17 de ellas, aún mantienen la doctrina del Tribunal Supremo, que exige su aplicación desde la publicación misma. Es necesario entonces, considerar esta realidad al demandar y también tener en cuenta, que la banca por miedo a un pronunciamiento favorable a los afectados por la cláusula suelo, está retirando sus recursos. Todas estas posibilidades, son consideradas por Aliter Abogados que conoce la mejor forma de encausar el proceso con resultados favorables.

Recuperar el dinero pagado por la cláusula suelo, se ha convertido en un proceso jurídico, que puede conceder la retroactividad, argumentando seguridad jurídica. Esto se deba a que distintas audiencias provinciales, han dado la razón a los demandantes con carácter retroactivo. Dependerá del lugar donde se presente la demanda, para que se estime o no la misma, en función de las sentencias ya conocidas, donde prosperaron por su efecto retroactivo. Pese al criterio del TS, las audiencias de algunas provincias, han modificado su posición frente a las clausulas suelo, facilitando la reclamación a los muchos afectados.

Recuperar el dinero pagado por la cláusula suelo

Para saber cómo actuar frente a las nuevas posibilidades, Aliter Abogados plantea a sus clientes, la alternativa de pedir la nulidad respecto a la cláusula suelo, que se puede conseguir con rapidez. Por otra parte se puede recuperar el dinero pagado por la cláusula suelo, solicitando por separado dicha retroactividad, únicamente en las provincias que hicieron lugar a este principio. Existe ahora la posibilidad de demandar por separado o no, de acuerdo a la ubicación geográfica del demandante, para lo cual hay que tener presente la situación real, además de las alternativas de éxito de la reclamación.

En la mayoría de los casos en que se planteó la retroactividad, ha existido acuerdo antes de iniciarse el juicio, para recuperar el dinero pagado por la cláusula suelo. Es el trabajo eficiente que lleva adelante Aliter Abogados, estudiando la predisposición de la Audiencia, donde se interpone la actuación. Pueden surgir diferentes cuestiones, cuando el afectado firmó la hipoteca en una ciudad y se encuentra empadronado en otra, porque podría elegir donde reclamar.

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Más de 44.000 accionistas valencianos pueden reclamar lo invertido en Bankia

Recuperar el dinero invertido en las acciones de Bankia, ahora será posible. Se prevé una cifra exorbitante de demandas en la Audiencia de Valencia, que se posiciona a favor de la devolución del dinero, por medio de sede civil. Alrededor de 44.000 es el número de accionistas, que reclamarán solamente en Valencia, y están a punto de recuperar su dinero.

Sin necesidad de esperar el dictamen penal, que puede tardar varios años, la Audiencia avala la vía civil. Un precedente que servirá para otras provincias de España. Pero las reclamaciones serán masivas y superiores en número a lo previsto, según confirma la asociación de consumidores. También se ha conocido que Bankia, realizaba una campaña entre particulares, empresas y empleados, incentivándolos para asegurar los beneficios de OPS.

La estafa se calcula en 120 millones y en 20.000 personas entre clientes y empleados. Distintas organizaciones y colectivos, ya han anunciado masivas denuncias tras conocerse este dictamen, para exigir la indemnización en sede civil. Los afectados de Bankia han aumentado las esperanzas de cobrar, por el auto de la Audiencia, que se pronunció sobre el delito de los administradores de la entidad.

La falsedad documental, referida a los inversores sería acreditada por el rescate que tuvo la entidad, de 23.400 millones de euros. Otro elemento que servirá como prueba en las demandas, son las cuentas falseadas, que se han comprobado con los informes periciales presentados a la Audiencia Nacional. Si bien Bankia ha intentado parar las demandas en primera instancia, no lo ha conseguido. Porque los jueces, han estimado que esta postura no es acorde a la realidad. El responsable de Apabanc ha confirmado, que ahora, será más factible la recuperación del dinero en menos de un año, interponiendo demanda en lo civil, porque el procedimiento será resuelto en primera instancia.

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Preferentes Bankia 99% casos ganados

Aliter Abogados, defiende a los afectados por la adquisición de participaciones preferentes y deuda subordinada. Somos especialistas en derecho de abusos bancarios y nuestra estrategia consiste en solicitar al juez la nulidad del contrato de adquisición de participaciones preferentes o deuda subordinada por vicio en el consentimiento a la hora de la firma, por falta de información y abuso de confianza, con la devolución del dinero invertido.

Si tiene alguna duda, puede ponerse en contacto con Aliter Abogados, por teléfono 96 373 55 55, aunque a veces tenemos colapsada la línea o si lo prefiere vía e-mail. Intentaremos ayudarle lo antes posible y sin ningún tipo de compromiso.
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Aliter Abogados, defiende a los afectados por la adquisición de participaciones preferentes y deuda subordinada. Somos especialistas en derecho de abusos bancarios y nuestra estrategia consiste en solicitar al juez la nulidad del contrato de adquisición de participaciones preferentes o deuda subordinada por vicio en el consentimiento a la hora de la firma, por falta de información y abuso de confianza, con la devolución del dinero invertido.