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Acciones Bankia

Hacienda rechaza blindar a Bankia por las pérdidas de la salida a Bolsa

Las posibles indemnizaciones a los inversores que compraron acciones de Bankia durante su salida a Bolsa han desencadenado un nuevo pulso entre los ministros Luis de Guindos y Cristóbal Montoro. En el ministerio de Hacienda se resisten a blindar a Bankia por las pérdidas derivadas de las posibles reclamaciones, tal y como pedían en Economía. Luis de Guindos propone limitar al 38 % las cuantías de las compensaciones que asuma Bankia. En el Gabinete del ministro Montoro, sin embargo, no quieren oír hablar de que las indemnizaciones se paguen a costa del contribuyente. Es decir, se niegan a que BFA, matriz de Bankia, y propiedad al 100 % del Estado, se haga cargo del grueso de los pagos. Y menos, a tres meses de las elecciones autonómicas y locales, cuando Bankia estaba llamada a ser ejemplo de gestión del Gobierno del PP.

El Departamento que dirige Cristóbal Montoro no tiene prisa por determinar quién debe costear las reclamaciones sobre todo cuando aún no hay sentencias firmes. Hacienda quiere ganar tiempo hasta ver como se desarrolla el asunto en el ámbito judicial. La Oficina Económica de Moncloa, Álvaro Nadal, está en la misma sintonía.

Esta tesis difiere de la defendida en público por el ministro de Economía. Luis de Guindos propuso hace unos días que las pérdidas atribuidas a Bankia por las indemnizaciones se limitasen al 38 % y el resto, el 62 % restante, sería soportado por BFA, propiedad 100 % del Estado a través del FROB. El ministró razonó que como BFA ostenta el 62 % de Bankia esa es la participación en las pérdidas que le correspondería. En realidad, las pérdidas que soporte Bankia repercutirán finalmente en BFA, ya que tendría menos beneficios y dividendos. Por lo tanto, castigaría indirectamente a los contribuyentes.

Mientras aumenta la tensión entre ambos ministerios, el Banco de España aún no se ha manifestado sobre el asunto. Una indefinición que ha levantado suspicacias en Economía y en Hacienda. En Bankia contemplan el pulso con preocupación. Para la entidad, esta polémica supone la primera injerencia política del Gobierno durante la gestión de José Ignacio Goirigolzarri, presidente de la entidad. El argumento del banco es que si Bankia tuviera que anotarse todas las pérdidas derivadas de las compensaciones por la salida a Bolsa, se generaría una incertidumbre que lastraría el valor de la acción. Esta situación, además, atrasaría la privatización de nuevos paquetes de acciones que dificultaría la recuperación de parte de los 22.424 millones inyectados por el Estado.

Leer más: http://economia.elpais.com/economia/2015/02/16/actualidad/1424119707_061302.html

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Casos de cláusula suelo

PSOE y consumidores exigen al PP legislar las cláusulas suelo

El Partido Socialista muestra su sorpresa tras la retirada de la proposición de ley que derogaba las cláusulas suelo en un tiempo récord, 24 horas después de registrarla. Critican la falta de acción del Gobierno «por dejar solos a los consumidores frente a la banca» y piden al Partido Popular volver a incorporarla. El PSOE defiende incluir en un futuro texto devolver a los afectados lo cobrado irregularmente y advierten de la desprotección actual de las familias. Su portavoz de Vivienda, la diputada por Cáceres Leire Iglesias, señala que hay “consumidores que tienen que afrontar 300 euros más al mes, una cantidad que necesitan seguramente para evitar también el desahucio y consumidores que se ven obligados a iniciar un trámite judicial ante la falta de acción del Gobierno”. Según Iglesias, «las claúsulas suelo fueron un ejercicio de creatividad bancaria. Mientras los ciudadanos oían como bajaba el Euribor y las hipotecas se reducían 100 euros, su cuota seguía igual» debido a las claúsulas abusivas. Y sobre la retirada en 24 horas de la Propuesta de Ley que pretendía eliminarlas, asegura: «En lugar de obligar con la sentencia del Supremo a suprimir las claúsulas suelo, el Gobierno vuelve a dejar solos a los consumidores frente a la banca».

En la misma línea, las asociaciones de consumidores piden al ejecutivo el reconocimiento legal de las cláusulas como abusivas. Rubén Sánchez, portavoz de FACUA, explica: “El grandísimo problema es que no hace falta una ley que estableciera clarísima y rotundamente la nulidad de la cláusula suelo para que no hiciera falta ir a los tribunales. Eso es en lo que venimos demandando gobierno tras gobierno seguramente porque hay miles de millones en juego y manda más la banca que los partidos”.

Ausbanc ve la mano de las entidades financieras en la retirada exprés del texto y recuerda que las claúsulas suelo están en jaque tras la sentencia del Supremo del 2013 –tras la demanda de esta asociación de consumidores- que anulaba las de cuatro entidades bancaria. Ausbanc tacha de “muy grave” la posibilidad de que una futura ley no contemple devolver a las familias lo cobrado de más.

Fuente: http://cadenaser.com/programa/2015/02/15/hora_14_fin_de_semana/1424026452_322574.html

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Casos de cláusula suelo

El PP retira el proyecto de ley sobre las cláusulas suelo

Un asunto «de gran trascendencia para 3,2 millones de familias», según el PSOE. Numerosas sentencias judiciales fallan a favor de las familias.

El PP ha retirado la proposición de ley para eliminar las cláusulas suelo que había registrado en el Congreso de los Diputados pese a las numerosas sentencias judiciales que las declaran nulas y fallan en contra de las entidades financieras.

El portavoz adjunto de Economía del Grupo Parlamentario Socialista, Antonio Hurtado, se ha preguntado hoy por las «verdaderas razones» que han motivado el paso atrás del Ejecutivo de Mariano Rajoy. En una nota remitida este lunes, Hurtado pide que el PP ofrezca explicaciones por esta decisión, un asunto «de gran trascendencia para 3,2 millones de familias».

En su opinión, hasta ahora, el Gobierno no quería eliminar las cláusulas suelo «por el agujero que podrían suponer a los bancos». Pero, a la vista de las numerosas sentencias judiciales que han declarado nulas las citadas cláusulas y de las muchas demandas presentadas por los afectados que están siendo aceptadas por los jueces, el Gobierno decidió «hacer algo», aunque «parece que se ha arrepentido», pues ha retirado la propuesta «sin dar ningún tipo de explicación», según la fuente.

La propuesta del PP a la que se refiere Huertas modifica la ley 1/2013 de 14 de mayo de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social. El texto especifica que las hipotecas que contengan en sus cláusulas la fijación de un suelo y techo en la variación del tipo de interés que no hayan sido específicamente aceptadas con una expresión manuscrita, como prueba de que el consumidor había sido convenientemente informado, «podrán ser eliminadas mediante una solicitud expresa del cliente a la entidad financiera con la que este hubiera suscrito el préstamo».

«Las cláusulas suelo y techo dejaran de ser operativas desde este mismo momento, sin carácter retroactivo», añade. Hurtado argumenta que, con la proposición del PP, sólo se atenderían, en parte, las demandas de los afectados por las cláusulas suelo. «No se eliminan con carácter retroactivo alguno, añade, cuando casi todas las sentencias judiciales las declaran nulas desde el primer momento y exigen la devolución de lo pagado de más cuando las cláusulas suelo están activas».

«Otras sentencias están aplicando la eliminación de las cláusulas desde la sentencia del Tribunal Supremo 241/2013 de 9 de mayo del 2013, o desde la fecha de solicitud de su eliminación por parte del cliente» y en todos los casos, «las sentencias tienen una aplicación de retroactividad que la Proposición de Ley retirada no contemplaba», según la fuente.

Fuente: http://www.negocios.com/noticias/pp-retira-proyecto-ley-clausulas-suelo-16022015-1526

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Casos de cláusula suelo

La banca se revuelve contra las sanciones por cláusulas suelo

Las dos sentencias del Tribunal Supremo sobre el carácter abusivo de las cláusulas suelo de las hipotecas no solo afectaron a los bancos objeto de la demanda. Con sus fallos de mayo de 2013 y de septiembre de 2014, el Alto Tribunal abrió la caja de pandora para todas las entidades que tienen este tipo de acotaciones en sus contratos, al provocar un aluvión de reclamaciones de los clientes en los juzgados.

Pero la lucha que libran clientes y bancos por las cláusulas suelo en el ámbito judicial también ha saltado al ring autonómico después de que el Principado de Asturias abriera expedientes sancionadores a diversas entidades por lo que considera infracciones a la ley de consumidores y usuarios, tras recibir reclamaciones de clientes bancarios a través de la Unión de Consumidores de la provincia.

A día de hoy, el Gobierno de Asturias ha impuesto 150 sanciones firmes por importe global de 1,2 millones de euros a cinco bancos, a razón de 8.000 euros por cada contrato hipotecario en el que no han retirado la cláusula suelo.

Todos -Caja Rural de Asturias, Banco Popular, Liberbank, Caja España (ahora Unicaja) y Caixabank- han recurrido la sanción del Principado ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Oviedo y están a la espera de sentencia.

Todavía están pendientes de resolución otros 2.500 expedientes sancionadores incoados por el ejecutivo regional a estas entidades por un total de 20 millones de euros. Caja Rural de Asturias encara la mayor sanción (7,2 millones), seguida de Popular (6,68 millones -de los que 2,52 millones corresponden a Pastor), Liberbank (3,28 millones), Caja España (2,368 millones) y Caixabank (480.000 euros). Pero los importes seguirán aumentando a medida que la Unión de Consumidores presente nuevas denuncias, tal y como prevé hacer.

La banca considera que los órganos administrativos de Consumo de las comunidades autónomas se extralimitan en sus funciones al efectuar el juicio de transparencia sobre las cláusulas suelo de las hipotecas y apreciar si son abusivas, potestad que estima está reservada exclusivamente a los tribunales de justicia.

Desde una de las entidades afectadas por las multas inciden en que el Tribunal Supremo no consideró abusivas las clausulas suelo per se en su primera sentencia, sino que consideró abusivas las de determinadas entidades –Cajamar, BBVA y Novagalicia- por la falta de transparencia en los contratos. Desde otra entidad financiera basan su recurso contra la multa del Ejecutivo regional en el argumento de que conculca los derechos fundamentales.

Por su parte, el presidente de la Unión de Consumidores de Asturias, Dacio Alonso, sostiene que ésta «ha encontrado la vía alternativa a la reclamación judicial» para que los bancos eliminen las cláusulas suelo de los contratos y los clientes bancarios recuperen el dinero que se habrían ahorrado sin su aplicación, beneficiándose al completo de la bajada del Euríbor, ahora en mínimos históricos. Costes Muchas personas afectadas no pueden pagar un proceso judicial contra su entidad con un coste mínimo de 1.500 euros, explica Alonso a Expansión Directo Banca. Para cursar una reclamación, la unión de consumidores requiere hacerse socio, lo que implica el pago de 78 euros anuales. Cobra otros 18 euros por gestionar la reclamación y el 10% de la cantidad recuperada a la entidad.

Alonso incide en que el objetivo de la asociación «no es que el banco pague la multa», sino que se avenga a retirar la cláusula suelo del contrato hipotecario con efecto retroactivo desde la formalización del mismo. De ser así, la unión de consumidores propone al gobierno autonómico la retirada de la sanción o su aminoración, dependiendo de si está en fase informativa o ya es firme.

En caso contrario, el portavoz anticipa que el importe de las multas en los expedientes sancionadores crecerá de forma exponencial, porque la asociación prepara nuevas denuncias basándose en la reincidencia de las entidades a incumplir la ley de consumidores, en las que propondrá al Principado que convierta las faltas que ahora considera graves en «muy graves», lo que implicaría elevar la multa por cada hipoteca desde 8.000 hasta 900.000 euros, dice.

Las nuevas denuncias irán dirigidas a las cinco entidades con sanciones firmes más Banco Sabadell. La unión de consumidores retiró su denuncia contra la entidad que preside Josep Oliu porque pactó con sus clientes y devolvió las cantidades de la cláusula suelo desde mayo de 2013, fecha de la primera sentencia del Tribunal Supremo. Pero la asociación volverá a denunciar a Sabadell por no devolver las cantidades de la cláusula suelo desde la formalización del contrato hipotecario.

A día de hoy, la unión de consumidores ha recuperado 3,5 millones de euros de las cantidades cobradas por estas cláusulas en las hipotecas de 2.000 familias asturianas. Alonso asegura que estas acotaciones «son un enriquecimiento ilícito de los bancos y son responsables del 25% de los desahucios y ejecuciones hipotecarias en España».

Sobre que Asturias sea la única comunidad autónoma que sanciona a los bancos por estas cláusulas, el portavoz cree que responde «a la valentía» del Principado a pesar de que la banca financia la deuda autonómica. Pero confía en que esto cambie a raíz de las próximas sentencias sobre los recursos presentados por los bancos contra las sanciones del gobierno regional.

Fuente: http://www.expansion.com/2015/01/27/empresas/banca/1422392416.html

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Acciones Bankia

Bankia advierte al juez de las discrepancias de los peritos en sus informes

La entidad financiera Bankia comunicó al juez de la causa, las «discrepancias e incoherencias» que existen en los informes de los peritos.

Según lo expuesto, interpretan que las conclusiones del peritaje son subjetivas, sobre las cuentas de Bankia. Refuerzan su postura, aseverando que en los dos informes se realizaron interpretaciones, ignorando el rumbo imprevisto de la economía del país, en ese momento. Con estos fundamentos, advierten al juez de la Audiencia Nacional que se presentan «discrepancias, disparidades, incoherencias y debilidades», concluyendo que no existe criminalidad en los actos de Bankia.

Por tales motivos la entidad rechaza la medida, mientras UPyD solicita que los responsables, ahora imputados, paguen una fianza por un valor de 4.000 millones de euros. En sus escritos el grupo Bankia destaca, que los dos peritos no tuvieron en cuenta las provisiones, que en 2011 alcanzaban los 2.757 millones de euros. Con este total según indican, se podrían haber cubierto posibles deterioros, sin cambiar los resultados patrimoniales. La clasificación de morosidad sobre las cuentas de Bankia en los informes, es otra de las explicaciones concluyentes en las que se hace hincapié.

En la presentación ante la Audiencia, se muestra la diferencia entre los dos informes; en uno se propone un ajuste en torno a los 1.192 millones y en el otro se hace referencia a los 653 millones. Esto se encuentra en los respectivos análisis periciales, en los correspondientes apartados de inversión crediticia, donde no han coincidido las apreciaciones. Estas son las principales discrepancias sobre las que se basa la defensa, oponiéndose categóricamente a las estimaciones de ambos profesionales en sus peritajes.

En cuanto a la salida a Bolsa, la entidad habla sobre la constitución de 29 grupos, que formaban el tramo institucional. Sobre ello, uno de los peritos en su momento, reconoció ante el magistrado sus errores, debido a que no era su especialidad. Pese a que los datos de la CNMV hablan de 2.188 inversores no minoristas, exceptuando a las empresas no financieras. Con estas afirmaciones Bankia hace constar, que ambos estudios desconocían las ventas de acciones de la entidad, en los días posteriores a su salida a Bolsa, junto con otras operaciones similares.

Como conclusión, Bankia declara que los expertos criticaron el tratamiento de la reformulación de cuentas, junto con la participación del banco en BFA a precio de mercado. Además de reconocer que los activos fiscales, fueron correctamente contabilizados en las cuentas de Bankia.

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Acciones Bankia

El Gobierno ayudará a Bankia con 600 millones de euros

El coste de las indemnizaciones que establezcan los jueces a los accionistas afectados por Bankia, será asumido por el Gobierno en un 62% del total. La entidad se hará cargo del 38% restante, según se ha informado.

Los inversores engañados en la compra de acciones de Bankia, podrán recuperar la inversión en sentencias favorables por demandas interpuestas en sede civil. La cifra de las ayudas a Bankia que otorgará el Estado, ascenderá hasta los 600 millones de euros. Los restantes 400 millones estarán a cargo de la entidad financiera, también propiedad del Frob (Fondo Estatal de Reestructuración Ordenada Bancaria) en un 100%, por lo cual serían aportes indirectos del Estado.

Corresponden estos aportes al Banco Financiero de Ahorros (BFA), para solventar las sentencias negativas contra Bankia, pero no incluyen las condenas de la vía penal por estafa. En caso de sentencia favorable para UPyD, el coste sería de 4.000 millones en devoluciones a los accionistas de Bankia, sin excepción. La entidad afirma, que no será necesario este aporte adicional, porque la ayuda de 22.000 millones concedida en 2012, es suficiente para afrontar las sentencias civiles.

La distribución de cargas entre Bankia y el BFA, se centran en el porcentaje que tiene el Estado en la entidad. Los ministros de hacienda y economía llegaron a este acuerdo distributivo, porque no aceptan que el BFA asuma todo el coste de las demandas, asegurando y explicando que aún no existe ninguna cuantía prevista al respecto.

Es preciso ante esta noticia, considerar que estas indemnizaciones, incluyen a las acciones compradas por inversores extranjeros en 2013 durante la privatización, sin las previsiones de este tipo de cargas pasadas. El presidente de Bankia argumenta que una mayor carga, dificultará a la entidad recuperarse de estas ayudas y que complicarían una posible privatización.

La recuperación de las acciones y el brusco movimiento de los resultados del mercado, han producido cierto malestar en el Gobierno y se ha sabido que la auditora Ernst & Young, estaría pensando en presentar la salvedad de las cuentas, argumentando que fue una etapa previa a la nacionalización.

La intención de Bankia no es desafiar al Estado, sino asegurar las cuentas para evitar posteriores reformulaciones y sorpresas. El Frob por su parte, discrepa sobre la prisa con la que se aventuran estas provisiones y trabajan para llegar a una decisión final, que no conlleve a posteriores problemas con el Tribunal de Cuentas.

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Acciones Bankia

El coste de las demandas por la OPV de Bankia llega ya a 1.400 millones

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu deshojó al fin la margarita. Tras varios días analizando la salida a bolsa de Bankia a mediados de 2011, que se hizo con las cuentas falseadas, el magistrado anunció ayer en un auto la imposición de una fianza de 800 millones por responsabilidad civil de manera subsidiaria a Banco Financiero y de Ahorros (BFA), la propia Bankia y los exconsejeros de ambas entidades Rodrigo Rato, Vicente Verdú, José Manuel Fernández Norniella y José Luis Olivas.

La cantidad servirá para hacer frente a las reclamaciones de los pequeños inversores que acuden por la vía penal y que perdieron todo o parte de su dinero con la nacionalización, en mayo de 2012.

La fianza impuesta ayer, que tendrá que ser depositada en un mes, se suma además a los 600 millones que el ministro Luis de Guindos estimó que costarían las demandas presentadas en los juzgados ordinarios de toda España.

De ahí que la factura ascienda ya a 1.400 millones y podría suponer un duro revés en las cuentas de la entidad. De momento, Bankia y BFA han decidido recurrir el auto y analizan las posibles repercusiones sobre los beneficios de 2014 y 2015, así como la realización de provisiones para cubrir los riesgos, y el reparto o no de un dividendo con cargosa las ganancias del ejercicio pasado. Todo dependerá al finalde las dotaciones y de la carga que supondrá el proceso judicial a para Bankia y para BFA.

De momento, lo único que parece claro es que la sociedad cotizada asumirá una tercera parte de las indemnizaciones como consecuencia de las sentencias civiles y la matriz, 100% del Estado y dueña del 62,5% de Bankia, los restantes dos tercios. Pero se desconoce la distribución de la fianza.

Como afecta a cuatro directivos, a día de hoy es prácticamente imposible conocer el reparto de la misma. En cualquier caso, los ejecutivos podrían afrontar una parte mínima, en caso de que tengan capacidad financiera. A finales del año pasado, Rodrigo Rato consiguió de hecho un aval de 3 millones para evitar el embargo de sus bienes por el caso de las tarjetas opacas.

Todo parece indicar, no obstante, que serán BFA y Bankia las que asuman en su práctica totalidad o por completo el depósito exigido por el juez, que se ha quedado lejos de los 4.100 millones que exigían algunos demandantes particulares.

Andreu considera en su auto que el importe de 800 millones es «proporcionado, adecuado y justificado», al tratarse de una tercera parte de la suma invertida por los accionistas minoritarios, que alcanzó los 1.800 millones, y a la que debe sumarse el tercio establecido por la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Pero eso no quiere decir que los institucionales vayan a quedar desprotegidos, aunque su camino, dice el juez, tiene que ser otro.

«Atendiendo a que el folleto informativo está básicamente dirigido a inversores minoritarios pues las negociaciones con los inversores del tramo institucional tienen otro recorrido, dado que los mismos conocen otros aspectos complementarios tanto de su inversión como de los riesgos, teniendo conocimientos más amplios de los que tienen los minoristas», indica.

Andreu considera que su decisión no compromete tampoco la viabilidad de Bankia que, tal y como se encarga de recordar en el auto, «se debe, precisamente, al hecho de haber recibido 22.400 millones en ayudas públicas, en el contexto de la reestructuración y recapitalización del sistema financiero».

Indicio racional de delito

Ante todo ello, defiende la imposición de la fianza porque de la instrucción que se ha llevado a cabo hasta ahora «se desprenden indicios racionales y fundados de la comisión de delito». La caución se impone en primer lugar, según explica, ante el riesgo de que el proceso se alargue en el tiempo y teniendo en cuenta se produce una falsedad, puesto que los estados financieros de Bankia y BFA desde su constitución hasta los reformulados en 25 y 28 de mayo de 2012 no se ajustaban a la realidad.

El juez recuerda, en este sentido, los informes de los peritos del Banco de España que cuestionaron las cuentas con las que Bankia salió a bolsa y advierte que ponen de manifiesto «con toda rotundidad que los estados financieros contenidos en el folleto de la OPS (oferta pública de suscripción) de Bankia no expresaban la imagen fiel de la entidad», extremo que el contrainforme de parte aportado por el banco no contradice.

Cuentas falseadas

Del informe de los peritos junto al resto de pruebas se desprende un delito tipificado en el Código Penal que castiga a quienes como «administradores de hecho o de derecho de una sociedad emisora de valores, falsearan la información económica financiera contenida en los folletos de emisión de cualesquiera instrumentos financieros, con el propósito de captar inversores o depositantes». Pero el magistrado va aún más allá e insiste en que no sólo se habría producido esa falsa información al inversor inicial que compró los títulos en la OPS, con el consecuente perjuicio económico, sino también para los nuevos accionistas, aunque considera «laborioso» hacer una cuantificación del perjuicio.

Por ello, el coste ahora estimado podría ser superior para Bankia y BFA. Además hay que tener en cuenta que algún inversor institucional ha anunciado que podría demandar por las pérdidas ocasionadas. Es el caso de Mapfre.

Fuente: http://www.eleconomista.es
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La adquisición de Acciones de BANKIA en su Salida a Bolsa (OPS) comienza a solucionarse para los pequeños inversores

Adquisición de Acciones de BANKIA en su Salida a Bolsa

Mientras continúa el procedimiento en la Audiencia Nacional bajo la dirección del Juez Fernando Andreu relativo al fraude de la salida a Bolsa de BANKIA, los pequeños inversores están viendo el final del túnel según las últimas Sentencias que declaran la Nulidad de sus contratos de compra de Acciones.

En Valencia se ha pronunciado ya la Audiencia Provincial, hasta en dos ocasiones, en Sentencias de 29 de diciembre de 2014 y 7 de enero de 2015, anulando los contratos de compra de Acciones realizadas en el momento de la salida a bolsa por pequeños inversores.

La base de las Sentencias de la Sección 9ª de la Audiencia Provincial de Valencia, especialista en derecho bancario, no es otra que los propios hechos acontecidos desde que se produce la Oferta Pública de Suscripción; BANKIA adelanta resultados del ejercicio 2011 en el Folleto, con beneficios de 91 millones de euros hasta marzo, se presenta como una de las entidades financieras más solvente, y finalmente acaba registrando unas pérdidas para el mes de diciembre del mismo año de 3.030 millones de euros.

Parece evidente, y así lo considera no sólo esta Sección de la Audiencia Provincial de Valencia, sino otros muchos juzgados, que no existe una normalidad en la información económico financiera facilitada en junio de 2011, cuando en menos de un año, la principal entidad española en solvencia pasa a solicitar su rescate, es suspendida de cotización y presenta el mayor agujero de la historia de la Banca española, necesitando más de 20.000 millones de euros de inyección de capital.

Hay que señalar que ha sido el mismo despacho de abogados, ALITER ABOGADOS y la letrada Eva Ruiz Córdoba, quien ha conseguido estas dos Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, que se unen a las que ya tienen también en primera instancia.

Miguel Gálvez Hernández

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SENTENCIA Acciones Bankia 247/14 JPI Nº2 de 11/12/14

SENTENCIA 247/14 JPI Nº2 de 11/12/14:

Considera la Sentencia probada la falta de información, motivo por lo cual estima la Nulidad del Contrato de suscripción de Acciones en la salida a Bolsa de BANKIA por error del consentimiento. Respecto de la falta o no de información en un procedimiento judicial, hay que decir que quien debe acreditar que la información facilitada fue correcta es la entidad bancaria, puesto que el Cliente no puede probar que NO le han dado algo, ya que si no se lo han dado no lo tiene, como es evidente. Así quien afirma haber dado la información tiene que probarlo, presentando justificante de la entrega de los documentos informativos. En estos casos nos encontramos que BANKIA ni siquiera facilitó el denominado ‘Folleto de la OPS’ donde constaban todas las explicaciones del tipo de producto a contratar, y en concreto, los riesgos y características financieras de la entidad sobre la que se compraban las Acciones. No obstante, y puesto que no siempre se va a producir esta falta de información, se presentaba en el procedimiento un Informe Pericial que analizaba el Folleto genérico que se ofrecía a los Clientes, el Folleto depositado en la CNMV y las distintas cuentas anuales del ejercicio 2011 de BANKIA, tanto las iniciales de cerca de 90 millones de beneficio como las reformuladas de unos 3.000 millones de pérdidas, poniendo de manifiesto riesgos financieros que NO figuraban en los Folletos y que hubieran podido alterar la decisión de la Clienta.

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Acciones Bankia Afectados preferentes Sentencias Sentencias Ganadas

SENTENCIA 318/14 JPI Nº1 de 18/12/14

SENTENCIA 318/14 JPI Nº1 de 18/12/14:

Esta Sentencia profundiza más en el significado del error del consentimiento que genera la Nulidad del Contrato de compra de Acciones. El error tiene que ser esencial, es decir, que recaiga sobre aquello que motivo la firma del Contrato, y debe de ser excusable, es decir, que no sea imputable a quien lo sufre ni que hubiera podido ser salvado por este. No se discute si las Acciones son un producto complejo o sencillo, se deja bien claro que es un producto ‘sobradamente conocido por el ciudadano medio’. Pero sí forma parte de la controversia si la información contractual sobre la solvencia de la entidad era la real o no, ya que en base a esa apariencia suscribieron los Clientes. Para su Señoría es un Hecho Notorio o sobradamente conocido que la situación contable de BANKIA no respondía a la realidad, de ahí la existencia de un procedimiento penal en curso en la Audiencia Nacional. Finalmente se declara la Nulidad por la falta de información, pues la solvencia de la entidad no se correspondía con la realidad y los Clientes no tenían forma de saber que esto no era así, siendo la propia BANKIA quien proyectó esta imagen de solvencia no sólo a través del Folleto sino de los medios, además de haber escapado la falsedad incluso a los controladores, el Banco de España y la CNMV.