El Juzgado de Primera Instancia de Valencia número 16 ha dictado sentencia  07/2014 con fecha 15 de enero 2014 contra Bankia.
Un nuevo éxito de ALITER Abogados que representados esta vez por Don Miguel Ángel Rosell Blasco ha conseguido que a su cliente el Sr. F… se le devolviese el importe que suscribió en participaciones preferentes.
Los antecedentes expuestos concisamente  por el abogado demandante son estos:
En septiembre del 2003 el Sr. F… depositó en su oficina de Bancaja la cantidad de 8.400 €, allí le aconsejaron la adquisición de participaciones preferentes.
El Sr. F… siempre pensó, y no se lo desmintieron, que se trataba de un plazo fijo, y es mas cuando preguntó que si precisaba en un momento determinado el dinero le dijo el empleado de Bancaja que en muy pocos días, tras solicitarlo, podría disponer de él.
Hay que resaltar que Bancaja no le entrego ningún contrato que avalase la operación realizada.
Este señor de casi 60 años de edad , tiene exclusivamente el graduado escolar, no tiene experiencia financiera y ha estado trabajando desde los 14 años en una empresa relacionada con el tinte, por lo que no se puede considerar conocedor de estas inversiones y sus riesgos.
En marzo del 2012 Bankia aconsejó a su cliente el canje de las participaciones preferentes por acciones de la entidad.
La sentencia dictada a favor del demandante Sr. F… obliga a Bankia a devolver los 8.400 €, a abonar los intereses y a hacerse cargo de las costas procesales en base a que considera una falta de consentimiento por parte del cliente por falta de la imprescindible información, lo que supone al fin un dolo invalidante total de la operación financiera.
Este es otro caso mas en el que se demuestra el mal hacer por parte de esta caja con tantos y tantos clientes.
Los tribunales están dando la razón mayoritariamente a los demandantes. ALITER Abogados desea asesorarle. Si es usted otro afectado por las preferentes, ¡consultenos ya!

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