Ley de Segunda Oportunidad en Madrid
Abogados especialistas en Ley de Segunda Oportunidad en Madrid.
La ley de la segunda oportunidad en Madrid existe desde 2015 y está pensada para ayudar a aquellos ciudadanos autónomos o particulares que tienen deudas con acreedores a los que no pueden pagar a causa de una situación personal o financiera complicada. Esta ley ofrece una segunda oportunidad a estos deudores para empezar una nueva vida renegociando o incluso eliminando de forma parcial o total sus deudas.
Índice de Contenidos
- 1 Ley de Segunda Oportunidad en Madrid
- 1.1 Abogados especialistas en Ley de Segunda Oportunidad en Madrid.
- 1.2 ¿Qué es la ley de la segunda oportunidad?
- 1.3 ¿Cúanto tarda la ley de la segunda oportunidad?
- 1.4 ¿Cómo acogerse a la ley de la segunda oportunidad en Madrid?
- 1.5 Requisitos para la ley de la segunda oportunidad
- 1.6 Ley de la segunda oportunidad para particulares, autónomos o empresas
- 1.7 ¿Cuánto cuesta acogerse a la ley de segunda oportunidad?
- 1.8 Ley de la segunda oportunidad gratis en Madrid
- 1.9 ¿Quieres más información sobre la Ley de Segunda Oportunidad sin compromiso?
- 1.10 Testimonios
¿Qué es la ley de la segunda oportunidad?
La ley de la segunda oportunidad en Madrid, o mecanismo de la segunda oportunidad, es un proceso administrativo que permite a una persona llevar a cabo la cancelación de sus deudas por ley.
Este procedimiento está regulado por la Ley 25/2015, de mecanismo de segunda oportunidad y reducción de carga financiera. Esta norma es una herramienta a disposición de particulares y autónomos que puede ayudarte a salir de una situación económica complicada, negociando nuevas condiciones con los acreedores y cancelando las deudas como última medida. De esta manera, en el caso de un fracaso personal o empresarial, tendrás la oportunidad de enderezar tu vida en lugar de arrastrar una deuda interminable.
Los beneficios que te ofrece esta ley son: poder volver a pedir financiación, no aparecer más en los listados de morosidad, volver a tener tarjetas de crédito y, por último y lo más importante, rehacer tu vida.
¿Cúanto tarda la ley de la segunda oportunidad?
Es dificil saber con precisión cuánto se alarga el procedimiento de la ley de segunda oportunidad, ya que influyen componentes fuera de tu control. Se puede hacer una estimación aproximada según las etapas de este proceso.
En primer lugar, debes acogerte obligatoriamente a los preceptos de esta ley. Esta fase termina al contratar un abogado y un procurador. Por lo tanto, el tiempo que requiere depende de ti. A continuación, debes aportar la documentación necesaria para la ley de la segunda oportunidad en Madrid a tu abogado, para que este trace una buena estrategia procesal. Esta fase no debería prolongarse más de un mes.
El siguiente paso consiste en acudir al notario. Este llamará a un mediador concursal, profesional que tiene una remuneración muy baja. Esto hace que los costes del procedimiento se reduzcan, pero puede ralentizar el proceso de designación, ya que muchos de estos mediadores no aceptan el cargo.
Una vez que es aceptado este cargo por el mediador, este tramitará el acuerdo extrajudicial de pagos (AEP), que tiene una duración de 2 meses. Este acuerdo consiste en llevar a cabo una reunión para renegociar las condiciones de la deuda con los acreedores. Esta reunión estará tutelada por un juez con la posibilidad de una intervención del mediador concursal que intentará llegar al acuerdo. En resumen, esta etapa puede alargarse entre 3 y 4 meses en total. Suele estar siempre resuelta en menos de 6.
Por último, si el acuerdo extrajudicial no tiene éxito, tendrás que solicitar el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI). Este trámite te permitirá cancelar todas las deudas a las que no hayas podido hacer frente. En algunos casos suele ser instantáneo y en otros dependerá de un plan de pagos que dura 5 años. Por lo tanto, esta última etapa tiene una duración ajena a ti. Para gestionar esta fase solamente tardarás 3 meses, aunque se puede alargar a 6 o 7 meses. En el caso de haber ocultado bienes o derechos y son descubiertos, en 5 años se podrá revocar tu exoneración de las deudas.
En conclusión, el procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad tardará en ser definitivo entre 4 y 7 meses si se aprueba el acuerdo extrajudicial de pagos. Si no es tu caso y debes acogerte al beneficio de exoneración, el plazo se ampliará entre 10 y 14 meses. En el caso de quedar sometido a un plan de pagos (pago de la deuda), se hará un proceso posterior de vigilancia con una duración de 5 años.
¿Cómo acogerse a la ley de la segunda oportunidad en Madrid?
El primer paso que debes dar para acogerse a la ley de la segunda oportunidad es lograr o intentar lograr un acuerdo con los acreedores de la deuda por la vía extrajudicial. Este primer paso es obligatorio por ley. Debes negociar con los acreedores para encontrar la manera de devolver la deuda a través de quitas, de reestructuraciones y de una elaboración de un plan de pagos. No hay que olvidar que esta ley también protege los derechos de cobro de los acreedores de las deudas.
Tramitamos URGENTE tu segunda oportunidad.
Si no es posible llegar a un acuerdo, se abre la posibilidad de declarar un concurso de acreedores voluntario. Es decir, se intenta que el deudor pague el máximo número de sus deudas.
Ya seas particular (persona física) o autónomo, debes contratar a un abogado y procurador para empezar con el proceso de esta ley. Llegados a este punto, debes demostrar que no puedes afrontar las deudas contraídas después de devolver el máximo posible y que has actuado en todo momento de buena fe.
Requisitos para la ley de la segunda oportunidad
Los requisitos para poder acogerse a la ley de la segunda oportunidad son:
- Se debe demostrar que no posee suficiente patrimonio para solventar las deudas o que ya ha sido liquidado.
- Las deudas no pueden superar los 5 millones de euros.
- Se debe considerar que el cliente ha actuado de buena fe.
Esta buena fe ha de demostrar. Para ello, debes cumplir con una serie de requisitos:
- Haber intentado llegar a un Acuerdo Extrajudicial de Pagos con los acreedores antes del concurso.
- En el caso del autónomo, no haber sido declarado culpable en el concurso. Es decir, que no se piense que la situación haya sido provocada a posta por el emprendedor. Para esto, debe haberse solicitado el concurso en los dos meses posteriores a descubrir y aplicar. Este punto es complicado de demostrar y aplicar en el caso de particulares.
- No haber acogido la ley de segunda oportunidad en los últimos diez año (10 años) en el caso de autónomos.
- No haber sido declarado culpable ni cometido delitos contra el patrimonio, el orden socioeconómico, falsedad de documentación, la Hacienda pública y la Seguridad Social o contra los derechos de los trabajadores.
- No haber rechazado una oferta de empleo que encaje con tus capacidades. La ley no es clara con las condiciones que debe cumplir esta oferta de trabajo de estas características ni con la retribución.
En el caso que el cliente cumpla con estos 3 requisitos para poderse acoger a la ley de la segunda oportunidad, conseguirá a través del juzgado el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI). Con este trámite sus deudas se cancelen.
Ley de la segunda oportunidad para particulares, autónomos o empresas
El procedimiento de la ley de la segunda oportunidad de particulares y de autónomos es casi idéntico. Solo existen unas pocas diferencias:
- En el caso de particulares, el proceso debe iniciarse ante un notario. Por el contrario, en el caso de los autónomos se iniciará en el Registro Mercantil o la Cámara de Comercio correspondiente sin necesidad de hacerlo ante notario.
- A la hora de demostrar la buena fe, en el caso del autónomo no debe haberse declarado culpable en el concurso de acreedores, ya que, si no, se estima que él mismo haya provocado la situación. En el caso de los particulares, esto es más complicado tanto de demostrar como de aplicar.
- Para los empresarios también es necesario que no se hayan acogido a la ley de segunda oportunidad en los últimos 10 años para demostrar esta buena fe.
¿Cuánto cuesta acogerse a la ley de segunda oportunidad?
Antes de acogerte a la ley de segunda oportunidad, puedes hacer una consulta gratuita a un abogado para pedir cualquier información o duda que tengas. También te ayudará a tomar la decisión de acogerte o no a esta ley. Si tienes problemas con solventar tus deudas, es recomendable empezar el proceso cuanto antes, ya que en el acuerdo extrajudicial debes renegociar la deuda con los acreedores y hacer frente a la mayor cantidad de la deuda que puedas. Si decides finalmente acogerte a esta ley, has de saber que no se piden anticipos para el proceso.
Los precios de ejecución del procedimiento de esta ley son variados. Como ya has visto en las distintas fases del proceso, depende de cada caso hasta qué fase se alcanza. Por lo tanto, el coste puede variar según cada deudor. El mínimo es de 2500 euros por los honorarios del notario y el mediador concursal, pero el coste puede ser más elevado.
Cuotas desde 60 euros/mes.
Ley de la segunda oportunidad gratis en Madrid
Esta ley de la segunda oportunidad no está dentro de la Justicia gratuita. Por lo tanto, no se te facilitará un abogado de oficio a no ser que cumplas una serie de requisitos. Puedes optar a un abogado de oficio en el caso de no disponer de defensa letrada y quieras que te la asignen en el Colegio de Abogados. Estos abogados no suelen ser expertos en la ley de la segunda oportunidad, pero algunos colegios profesionales ya están incorporando turnos de oficio especializados en segunda oportunidad.
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