bankia bolsa accionesActualmente los fallos judiciales conseguidos por Aliter Abogados, favorecen a los accionistas de Bankia, obligando a la entidad a reintegrar la inversión de los afectados. Se ha ordenado a la entidad a devolver el capital más los intereses, a los damnificados por acciones compradas en 2011 y las costas del proceso judicial.

Se declaró por lo tanto la nulidad del contrato, porque Bankia salió a bolsa con una imagen de solvencia, que no coincidía con la realidad. Según se explica en las sentencias, fue la entidad quien a través de folletos informativos proporcionados a los clientes, omitía la realidad de su situación financiera. Se presentaba como la primera entidad con activos consolidados, por valor de 292.188 millones de euros en su totalidad. En las sentencias se confirma que se indicaba un beneficio proforma de 357 millones de euros, además de garantizarse que para el primer trimestre, sería de 91 millones.

Por otra parte el Grupo BFA, accionista mayoritario de Bankia, también fijó su consolidación en este folleto para diciembre de 2010, en 440 millones de euros y expuso que para 2011 sería de 195 millones. La imagen de solvencia que mostraba la entidad no era real y es conocida por todos, ya que en 2012 se produjo el rescate de Bankia con dinero público del Estado. Se evitó así, que se declarase en concurso de acreedores, por lo cual las sentencias explican en sus autos el proceso de reestructuración bancaria publicado en su momento y se apuntó al volumen total de las ayudas recibidas.

Son los casos planteados y resueltos exitosamente por Aliter Abogados, que demuestra la eficiencia de nuestro despacho, en las sentencias que ya se han resuelto favorablemente para los accionistas afectados. El error provocado por Bankia que brindó una imagen equivocada de su aparente solvencia, es ya un argumento válido en los fallos dictados a favor. Sobre ello se hace alusión en las audiencias provinciales de Madrid o Barcelona, por ejemplo. Continuamos así demandando con nuestra eficiente actuación, más de 100 sentencias ya aceptadas a trámite, argumentos que fundamentan sin duda futuras acciones.

Otro dato determinante son los informes del Banco de España de diciembre de 2014, que concluyen al respecto que las cuentas anuales consolidadas de Bankia, no cumplían con la normativa debido a los errores contables de las mismas. Dicha información se encontró contenida, en los folletos informativos sobre la oferta de acciones que se emitieron.

Por tales razones los fallos favorables obtenidos por el Despacho Aliter Abogados, consiguieron declarar la nulidad de los contratos de adquisición de acciones de Bankia, cuando en ellos se demostró vicio de consentimiento de los contratantes. Una de nuestras sentencias más recientes, dictada en el Juzgado de Valencia el 18 de diciembre de 2014, se fundamentó en el fallo de la Audiencia de Alcalá de Henares de julio del pasado año. En ella también se declaró la nulidad del contrato en contra de Bankia, por vicio de consentimiento. Así mismo se estimó la falsedad o insuficiente información, que en su momento dio la entidad financiera a los accionistas que realizaron la compra. En ella se condenó a la entidad a pagar 1.680 euros más los intereses, en favor de los damnificados por incumplir sus deberes de lealtad, información y transparencia. Además de hacer mención claramente a la ausencia de información esencial, que se consideró deficiente y dolosa sobre la situación financiera real de Bankia. También se desestimaron las acciones recurridas por la entidad y sus peticiones.

Las audiencias provinciales están valorando los informes periciales dados a conocer recientemente, donde se confirma la falta de solvencia en el momento de la contratación de la entidad y el error, en base al cual se fundamentó su actuación. Además de los datos contables que se conocieron y no correspondían, con la situación económica real de Bankia. Nuestras demandas demuestran la eficiencia de los letrados que trabajan en el equipo de Aliter Abogados, quienes demuestran en sus demandas los hechos y causas que indujeron a la compra de una de las partes, al suscribir las acciones. Dichos errores son demostrados en los juzgados, que ya se hacen eco del planteo en su momento de la información transparente y veraz al cliente.

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