El Juzgado de Primera Instancia número 99 de Madrid ha condenado a Bankia a devolver 111.775,17 euros a un matrimonio al considerar que la entidad asesoró a sus clientes para que invirtiera en participaciones preferentes, pero les ocultó información «relevante» sobre sus riesgos.
En una sentencia, el juez resalta que los demandantes tenían la condición de consumidores en el momento en que suscribieron las preferentes y que su perfil inversor era minorista y «desconocedor del funcionamiento de los mercados financieros y de productos bancarios complejos», como es el caso de estos híbridos.
Bankia defendió en el juicio que no había realizado labores de asesoramiento para que hicieran esta inversión, han informado a Efe fuentes jurídicas.
Sin embargo, el magistrado sostiene que la entidad no se limitó a informar a los demandantes sobre las características de la inversión, sino que fueron asesorados sobre la conveniencia de que compraran estos productos dada su alta rentabilidad, «ocultando los riesgos que podían derivarse de su adquisición», tales como la pérdida del capital invertido o su carácter perpetuo.
Asimismo, el banco no realizó a los demandantes el denominado test de idoneidad, exigido por la normativa Mifid, y en el de conveniencia, confeccionado por Bankia, se marcaron respuestas con una «x» por ordenador, «sin que conste probado que le fuera convenientemente explicado a los demandantes lo que quería decir cada una de las preguntas».
La sentencia subraya, por último, que la información y la posterior suscripción de las participaciones preferentes se realizó sin conceder al matrimonio un periodo de tiempo suficiente para que pudiera reflexionar sobre la naturaleza y riesgos del producto que le ofreció la entidad.
Por todo ello, el juez aprecia un vicio de consentimiento por causa de error «esencial» y le lleva a anular la suscripción de 130.000 euros en preferentes, de lo que hay que deducir los intereses abonados por la entidad, que alcanzan los 18.224,83 euros, con lo que la suma a devolver por Bankia es de 111.775,17 euros.
(Agencia EFE)
lainformacion.com 27-05-2014