Las cosas van de mal en peor en los juzgados mercantiles. Si ya estaban colapsados por más de 800 concursos de acreedores, ahora la masiva llegada de demandas de nulidad de las cláusulas suelo de las hipotecas han terminado de desbordar a su personal. Esta avalancha de demandas se produce después de que el Tribunal Supremo dictara en marzo pasado una sentencia que anuló esas cláusulas suelo, que establecen el interés mínimo que el cliente debía pagar aunque el Euríbor estuviera más bajo. Normalmente esa cláusula suelo establecía un interés del 3,12%.
En estos momentos los juzgados mercantiles de Sevilla están recibiendo una media de seis demandas para pedir la anulación de esas cláusulas suelo. En el 98% de esas demandas individuales, cada uno con una media de 50 folios, no sólo se solicita la nulidad de la cláusula, sino también la devolución de las cantidades cobradas en virtud a esa cláusula desde la firma de la hipoteca.
Los jueces mercantiles prevén que a final de año sumen más de 600 demandas individuales de solicitud de nulidad de cláusulas suelo, lo que agravará la situación de esos juzgados, ya saturados por los más de 800 concursos de acreedores declarados en Sevilla, además de los otros asuntos de propiedad intelectual, competencia desleal, Derecho Marítimo, etcétera, que son de su competencia. En noviembre pasado, los dos jueces mercantiles de Sevilla, que tienen a su vez dos jueces de refuerzo, pidieron la urgente creación de un tercer juzgado mercantil al Consejo General del Poder Judicial y al Ministerio de Justicia porque estaban llevando cada uno 1.500 asuntos, cuando el módulo recomendado es de 350.
Por otra parte, la sentencia del Tribunal Supremo dejó abierta la posibilidad de que los clientes pidieran de forma individual la devolución de las cantidades cobradas por las cláusulas suelo desde la firma de su hipoteca. Eso explica que los juzgados mercantiles estén recibiendo de forma masiva demandas individuales, la mayoría asesoradas por Ausbanc. Los juzgados mercantiles están dictando sentencias dispares en esas demandas individuales de clientes.
Mientras que unos aceptan la devolución del dinero cobrado por ese concepto desde la firma de la hipoteca, otros sólo han aprobado esa devolución desde la sentencia del Tribunal Supremo, en tanto que algunos han rechazado la devolución de cualquier cantidad de dinero. Los dos jueces mercantiles de Sevilla y los dos de refuerzo tendrán que decidir qué posición adoptan al respecto.
abcsevilla.es 17-10-2013