¿Necesitará Bankia un nuevo rescate para pagar el supuesto engaño que anteriores direcciones de CajaMadrid idearon con las ‘acciones preferentes’? Una nueva sentencia exige no sólo la devolución de 111.000 euros a un matrimonio de Madrid que adquirió preferentes, sino que dice que la entidad bancaria no sólo no se limitó a informarles sobre las características de las acciones, sino que, además, les asesoraron sobre la conveniencia de adquirir las preferentes en orden a su alta rentabilidad, pero ocultando los riesgos que podían derivarse, tales como la pérdida del capital invertido y el carácter perpetuo de la inversión. En otras palabras: que se habría tratado de una engañifa organizada.
Es otra buena noticia para los que perdieron sus ahorros por comprar ‘acciones preferentes’ para tapar, supuestamente, agujeros de CajaMadrid: la actual Bankia está perdiendo uno a uno todos los juicios a los que se enfrenta por lo que ya se conoce como la ‘engañifa de las preferentes’. Eso, al menos, es lo que se deduce de la última sentencia judicial, en la que un juzgado de Madrid condena a la entidad que presidieron los imputados por otras causas Miguel Blesa y Rodrigo Rato a devolver a un matrimonio madrileño lo invertido en preferentes. La sentencia dice, en definitiva, que aquello fue un auténtico engaño.
Es importantísima esta nueva sentencia, emitida por el titular del Juzgado de Primera Instancia número 99 de Madrid, Ramón Badiola, sobre las acciones preferentes, porque la justicia considera ahora que la compra de esas acciones de Bankia por un matrimonio de Madrid de avanzada edad adoleció de “un vicio de consentimiento por causa de error, error que cabe caracterizar de esencial”.
Y es que el juez sostiene que “se ocultó información relevante sobre la naturaleza y riesgos de este producto, lo que unido a la inmediatez entre el hecho de la prestación de información y la suscripción del producto, determina que pueda darse como probado” que en el momento en que lo suscribieron los demandantes “no eran realmente conocedores de la verdadera naturaleza de lo que estaban contratando, esencialmente en lo que se refiere al carácter perpetuo de la inversión de capital y de los riesgos de pérdida del capital invertido”.
El juez afirma también que Bankia no realizó a ese matrimonio, Santiago F.P. y Araceli M.A., el obligado test de idoneidad, sino que ese test podría haberlo falsificado el banco, dado que fue confeccionado por la propia entidad marcándose las respuestas con una “x” por ordenador, sin que conste probado que les fuera convenientemente explicado a los demandantes lo que quería decir cada una de las preguntas que contenía dicho test.
Por si fuera poco, el juez señala en la sentencia que la información y la posterior suscripción de las preferentes se realizó sin que la entidad concediera a esas personas un periodo de tiempo suficiente para que pudieran reflexionar sobre la naturaleza y riesgos del producto que les era ofrecido por el banco. Es decir, que les ‘apretaron las clavijas’ para que compraran prácticamente in situ.
Por esa sentencia, Bankia deberá devolver 111.775,17 euros al citado matrimonio madrileño, aunque su inversión, realizada el 23 de junio de 2010, fue de 1.300 títulos de participaciones preferentes por importe de 130.000 euros, todos sus ahorros. La diferencia -18.224,83 euros- son los intereses que el matrimonio cobró por esas preferentes y que el juzgado garantiza de esta manera su devolución a la entidad. Ahora bien, el juez condena a Bankia a pagar los intereses ‘normales’ que estos años hubiera generado una inversión de 130.000 euros.
Bankia ha perdido el 90% de los juicios por preferentes
Con ser importante per se esa sentencia, lo es aún más porque se acumula al número de casos que ya ha perdido Bankia. Según fuentes jurídicas, los preferentistas están ganando de manera abrumadora a Bankia, que es la entidad que acumula en Madrid la inmensa mayoría de las demandas. Incluso, diversos bufetes de abogados se anuncian en Internet recogiendo las sentencias ganadas en general, y anunciando que ellos mismos han ganado el 100 % de las presentadas por ese bufete.
En todo caso, se está comprobando que una gran mayoría de los jueces está estimando la petición de los abogados de considerar nulo el contrato de las participaciones preferentes por ‘error en el consentimiento’. Tanto es así, que según esas fuentes jurídicas, si Bankia perdía hace un año sólo un 17% de los casos, la proporción es ahora del 97%.
Eso en Madrid, pero algo similar está ocurriendo en el resto de España con otras entidades financieras. En muchos casos, los jueces están llegando al convencimiento de que la comercialización del producto no fue la correcta porque la entidad dio a entender que su riesgo era menor, equivalente a un depósito a plazo fijo. Es decir, el mismo argumento que acaba de utilizar en Madrid el magistrado-juez Ramón Badiola.
cuartopoder.es 28-05-2014