Personas conservadoras y minoristas fueron las elegidas por los bancos, para comercializar los Bonos convertibles Banco Popular.
Características y consecuencias de los bonos convertibles
Productos vendidos en 2007 según el tipo de cliente especialmente en el caso de las Participaciones Preferentes, que tuvieron un mayor alcance mediático, además de otros activos, como:
- Bonos Convertibles
- Depósitos Estructurados
- Obligaciones Subordinadas
- Bonos Subordinados
- Bonos Estructurados
- Entre otros.
En 2008 las entidades por causa de la crisis financiera y las consecuencias en su liquidez, ofrecieron estos productos de alta complejidad para aumentar su capital. El Banco Popular a raíz de esta situación en el mes de octubre de 2009, inició la suscripción de los consumidores minoristas a los llamados “Bonos Subordinados Necesariamente Canjeables I/2009”.
Comercializados como depósitos mientras se trataba de bonos, según se aprecia en la orden de suscripción donde reciben el título de “BON.POP.CONV.V.2013″.
Los afectados, en su mayoría personas sin conocimientos financieros, entendieron que existía similitud con productos reconocidos por su buena fama, como: letras de tesoros o bonos. Una inversión de dinero que parecía segura y que suponían sería rentable al momento de la devolución después de unos años, con los intereses equivalentes al porcentaje que generaba el producto.
La adquisición de estos Bonos convertibles Banco Popular se produjo, sin el debido conocimiento por parte del cliente de la entidad.
¿Cuándo y por qué surge el problema?
El método utilizado para la suscripción de estos bonos, representa el verdadero inconveniente al ser ofrecidos como depósito. Las personas que adquirieron estos activos en mayo de 2012, tres años después de su contratación comenzaron a tener problemas, cuando el Banco Popular solicitaba su presencia para efectuar el canje del producto.
Los argumentos de la entidad a los clientes se relacionaban con la necesidad de cambiar por otro, para no perder el dinero invertido ante la mala situación financiera del banco. El objetivo planteado para convencer a los inversores era recuperar el capital, mientras la entidad encontraba su estabilidad económica.
Convencidos de esta necesidad se produjeron canjes de los “Bonos Subordinados Necesariamente Canjeables I/2009”, por un producto semejante reconocido como Bonos Convertibles, pero con el título “Bonos Subordinados Obligatoriamente Convertible II/2012”.
Este último Bono adquirido meses más tarde obtuvo la calificación del 20% del valor inicial, según los datos del mercado AIAF, principal motivo de pérdida de gran parte del capital por parte del cliente en caso de venta.
Bonos convertibles Banco Popular con precio muy bajo en el mercado, que fueron transformados en noviembre de 2015 en acciones, cerrándose la puerta a los consumidores para poder recuperar el dinero de forma tangible y directa, sino mediante la comercialización de dichas acciones.
La conversión también se presentó como otro problema, porque la entidad ampliaba constantemente su capital aumentando el efecto antidilución, por el cual se daban acciones o dinero por valor de un precio final de conversión, igual a 17,61 €/acción. Este valor en el mercado bursátil era de 3,32 € en las acciones del Banco Popular, perdiendo una diferencia de 14 € el cliente que vería reducido su capital considerablemente.
Actualmente la cotización es de 2,5 €, aumentando la diferencia en muchos clientes afectados por estos productos y alcanzando hasta el 85% del monto invertido inicialmente en títulos del Banco Popular.
¿Qué deben hacer los afectados por Bonos I/2009?
Existe una nueva oportunidad para recuperar el capital total, interponiendo las acciones legales en los Juzgados correspondientes.
Contactando con los profesionales expertos en Derecho Financiero de Aliter Abogados la solución es posible. Asesoramos en cada caso particular, para llevar adelante las mejores actuaciones en la justicia en caso de Bonos Subordinados Necesariamente Canjeables I/2009.