Mujer anciana, 92 años cuando contrató el producto en 2009, que apenas sabe leer y escribir, y que cree que lo que está contratando es un depósito a plazo fijo sin riesgos. Hasta aquí, el caso que le vamos a relatar puede ser muy similar al de muchos de los denunciados por las polémicas participaciones preferentes. Pero sus muchas peculiaridades lo hacen no ser uno más.

  El caso es que el Juzgado de 1ª Instancia 5 de Huelva ha condenado a Bankia a devolver a los herederos de la afectada, ya fallecida,  los 119.000 euros que, sin saberlo, la mujer tenía en participaciones preferentes, declarando así mismo la nulidad del contrato. La historia se resume como sigue. Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Viva Huelva, la señora, ya difunta, suscribió el 25 de mayo de 2009  “la contratación de lo que se denominaba depósito de unos valores Cip preferentes Caja Madrid 2009, por importe de 119.000 €, en la creencia y confianza de que se trataba de un depósito a plazo fijo de alta rentabilidad y cancelable en cualquier momento sin penalización, tal y como le informaron en su sucursal”.

Pero una vez que la mujer falleció, en septiembre de 2011, y su hijo, como heredero, quiso  recuperar ese dinero, se llevó la desagradable sorpresa de que los ahorros de su madre estaban bloqueados de forma perpetua.

  Una vez denunciado el caso a través de los servicios de la delegación onubense de Ausbanc, Bankia alegó que la anciana “fue debidamente informada de las características del depósito, tanto de su alta rentabilidad como de sus riesgos, firmando a este respecto la nota o declaración de fecha 26/05/09”.  Este punto se refiere a que la afectada aceptó con su firma los riesgos expresados en el test de conveniencia. Pero se ha demostrado que no.

El hijo negó que la citada firma fuera del puño y letra de su madre, por lo que se admitió a trámite y se practicó una prueba pericial caligráfica, cuyo autor dictaminó: “Las firmas dubitadas presentan grandes discrepancias en gestos, tipo y características con las indubitadas (obrante al DNI) y  se puede afirmar que las dubitadas no han sido realizadas por la misma persona”. En la vista, según reza en la sentencia,  dicho perito expuso que “considera cuestionable la autenticidad de las firmas”. Además, la parte demandante tenía en su poder un ejemplar del citado test, pero sin firmar. El único con la dudosa firma lo tenía el banco.

Confió en su sobrino
Otro aspecto altamente llamativo del caso es que el director de la sucursal donde la anciana contrató el producto era su sobrino, en quien confió para que no le dieran gato por liebre. Pero, aunque ella no lo sepa, su familiar se la coló, a sabiendas o no, de mala manera. La sentencia expone en relación a la declaración en el juicio del hijo de la afectada: “Ha manifestado que él desconocía que su madre hubiera firmado el depósito de mayo 2009, que él se enteró cuando recibió la herencia; que su madre sí le dijo que tenía hecho un depósito a plazo fijo, que él no asesoró a su madre en la suscripción del depósito de mayo de 2009, y que su madre apenas sabía leer y escribir. Que él es albañil, que sólo tiene estudios primarios, que no conoce cómo funciona el mercado financiero y que firmó confiando en los consejos que en ese sentido le dió el director de la sucursal, el cual es primo carnal suyo, que era quien asesoraba a sus padres”.

El caso es que entre el ya usual oscurantismo en este tipo de operaciones y la prueba caligráfica, el juez decidió el pasado 15 de mayo declarar nulo el contrato, y obligar a Bankia a devolver a los herederos los 119.000 euros.

Antonio Olaya, delegado en Huelva de Ausbanc celebra que “es la sentencia de participaciones preferentes de mayor importe en España hasta la fecha”, y valora que casos como este demuestran que “convencemos, vencemos y solucionamos a la gente sus problemas con los abusos de los bancos”.

andaluciainformacion.es 23-05-2013