Juicio Rápido
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Una de las herramientas más interesantes de la Justicia española es el juicio rápido. Esta modalidad de proceso judicial se utiliza en casos concretos para acelerar los trámites referentes a la aplicación de la ley. No obstante, puede que desconozcas esta tipología de litigio.
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El juicio rápido por alcoholemia: las claves para entenderlo
Lo primero que debes tener claro es que el delito contra la seguridad vial se recoge en el Código Penal en sus artículos 379 y siguientes. Si nos centramos concretamente en la conducción bajo los efectos del alcohol, queda recogida en el artículo 379.2.
Otro factor importante es conocer la diferencia entre ser parado en un control policial o provocar un accidente y ser sometido posteriormente a la prueba de alcoholemia. Aunque las cantidades que arrojes sean las mismas, las consecuencias pueden variar notablemente dependiendo de que los policías te denuncien o no por tu estado de embriaguez.
Tasa positiva de alcohol en un control policial
Si te paran en un control y superas las tasas comentadas en el apartado anterior, serás denunciado y citado a un juicio rápido por un delito contra la seguridad vial. Lo más normal es que esta citación acabe con una sentencia condenatoria.
Positivo en tasa de alcoholemia tras un accidente de tráfico
Esta es una situación mucho peor, tanto por los daños personales y materiales que puedes ocasionar como por las consecuencias legales. En primer lugar, debes saber que no importa la tasa del alcoholímetro; si estás por encima del mínimo establecido serás citado a un juicio rápido penal.
En cuanto a la condena, tendrás que abonar los daños producidos a la otra persona, tanto los materiales como los personales, y los que hayas padecido tú. Ciertamente, tu seguro puede hacerse cargo en primera instancia de ello, pero después, a través de un proceso civil, puede reclamarte el pago de estos daños.
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Diligencias de un juicio rápido por alcoholemia; el papel de un abogado penalista
Aunque son muy similares, las diligencias varían dependiendo de si se han producido daños o no. En cualquiera de los casos, el primer paso será tomarte declaración como imputado. Tras leerte tus derechos e investigar tus antecedentes penales, tendrás que declarar lo que haya ocurrido.
Si es necesario, podrás solicitar un abogado de oficio o contratar a un abogado penalista. Sobre todo, cuando se producen daños materiales o físicos, se recomienda contactar con abogados de accidentes expertos en este tipo de procedimientos.
En el caso de que sí se hayan producido daños por un accidente, será necesario oír la declaración de los perjudicados tras haberles informado de las medidas legales que pueden tomar a este respecto. De igual forma, al juicio habrá que citar a los responsables civiles directos y subsidiarios.
Para que entiendas esto mejor, te aclaramos que el responsable civil directo sería tu compañía aseguradora y que el responsable civil subsidiario sería el dueño del vehículo infractor, en este caso tú mismo.
Tras esto, existen dos posibilidades muy claras y de sencilla ejecución:
– Reconoces los hechos. Entonces el juicio se celebra en un juzgado de instrucción y la pena final se reduce en un tercio. Cabe destacar que la sanción no se recorta, sino solo la pena impuesta.
– No reconoces los hechos. En este caso se celebrará un nuevo litigio en un juzgado de lo penal. Si finalmente se te impusiera una condena de cualquier índole, la cumplirías íntegramente sin derecho alguno a reducción.
El juicio oral
Este es muy procedimiento rápido que en caso de reconocer los actos cometidos se desarrollará en un juzgado de instrucción. De hecho, es tan veloz que si no cuentas con el asesoramiento de un abogado para alcoholemia experto no te enterarás prácticamente de nada.
Tras el enjuiciamiento, recaerá sobre ti una sentencia condenatoria que deberás cumplir; frente a la pena impuesta en conformidad se reducirá un tercio. En la propia sentencia te señalarán la cuantía de la indemnización que debas pagar por daños causados a terceros.
¿Cómo puede ser la condena?
En cuanto a la condena que pueden imponerte, has de saber que puede ser pena de prisión, trabajos en beneficio de la comunidad o multa económica. Dependiendo de si ha habido daños y de la tasa de alcoholemia que hayas dado, esta última será más o menos grave.
En cualquier caso, debes entender que se te retirará el permiso de conducir por un mínimo de un año y un máximo de cuatro. Así pues, antes de conducir ebrio, lo mejor es que te lo pienses dos veces.
En cuanto a la duración de las condenas, la tabla que rige es la siguiente:
– Prisión de tres a seis meses.
– Multa de seis a doce meses.
– Trabajos comunitarios de treinta y un días a noventa días.
Aunque todo dependerá del parecer del juzgado, lo más común es que la primera vez que se comete un delito penal por alcoholemia se imponga una multa y la retirada del carné de conducir durante un año. Todo ello siempre que no se hayan producido daños materiales o lesiones a terceras personas.
¿Qué ocurre si te niegas a hacer la prueba de alcoholemia?
Negarse a ser sometido a una prueba de alcoholemia no es la solución al problema. Más bien es un agravante que puede empeorar muchísimo más tu situación. En primer lugar, debes saber que serás imputado penalmente por dos delitos diferentes.
El primero de ellos será un delito de desobediencia a la autoridad por negarte a hacer la prueba que se recoge en el artículo 383 del Código Penal. El segundo hará referencia a un delito de conducción bajo el efecto de bebidas alcohólicas. A todas luces, no harías más que incrementar tu condena.
Lo principal es que tengas claro que el juicio por alcoholemia se celebrará en todo caso, por lo que, si además cometes un delito de desobediencia, el jurado tendrá una peor imagen de ti y esto les instará a incrementar la pena impuesta.
Consejos
¿Te han citado a un juicio rápido por alcoholemia?
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Preguntas frecuentes
¿Por qué contratar a abogados de accidentes?
La mejor baza que puedes tener a tu favor en un juicio de esta índole es contar con el acompañamiento y asesoramiento de un experto en este tipo de casos. Por ello, buscar un abogado penalista que tenga experiencia en casos de alcoholemia puede ser una gran opción.
Hay ciertos procedimientos que suelen llevarse a cabo y que pueden promover una sentencia más favorable. Por ejemplo, cuando reconozcas los hechos, tu representante legal puede hablar con el fiscal para que su petición de sanción sea rebajada.
Aunque esto no está tipificado en la ley, sí es cierto que tu situación patrimonial puede intervenir en la acusación del Ministerio Fiscal ayudándote a rebajar la cuantía que debas desembolsar.
Otro factor a tener en cuenta es que puede personarse una acusación particular si has provocado daños a otras personas. Ciertamente, esto no es lo más normal, pero es un supuesto que debe contemplarse. Si te vieras en esta situación, contar con abogados de accidentes sería tu mejor opción para obtener una defensa ajustada a la ley y que tratara de obtener el mejor resultado posible para ti.
Por último, destacaremos que puede haber problemática relacionada con el juicio, como el hecho de que estés seguro de que no has podido dar esa tasa de alcohol. En este caso, un jurista experto en la materia puede asesorarte y ayudarte a demostrar que el alcoholímetro ha tenido algún fallo.
Un poco de historia
Uno de los casos en los que se utiliza esta maniobra son los juicios por alcoholemia, dada la asiduidad de los mismos y la «sencillez» de estos procesos. En cualquier caso, pocas son las personas que conocen esta modalidad de litigio y su desarrollo.
Qué es un juicio rápido?
Este tipo de litigio es un proceso penal por el que se condena al acusado a una pena que no excede los cinco años de cárcel, o bien cualquier otro tipo de condena que no se alargue más de diez años.
Para comenzar este procedimiento ha de contarse con el atestado policial, siendo también necesario que la Policía Judicial detenga a una persona y la ponga a disposición del juzgado de guardia.
También puede optarse por este proceso cuando el denunciado haya sido citado a comparecer ante el juzgado de guardia y se den las siguientes circunstancias:
– Que el delito del que se le acusa sea flagrante.
– Que se relacione con alguna de las siguientes infracciones a la ley: hurto, robo y uso de vehículos, delitos contra la seguridad vial, delitos de lesiones, coacciones, amenazas o violencia física o psíquica habitual, daños a la propiedad ajena, delitos contra la salud pública y delitos flagrantes en relación con la propiedad intelectual o industrial.
– Que el delito sea objeto de una investigación sencilla.
Abogados en Valencia expertos en procedimientos judiciales por alcoholemia y en recurrir multas
A pesar de las campañas de concienciación y de la gravedad de conducir ebrio, se producen cada día miles de citaciones por este motivo. Lo ideal es no beber nada si se va a conducir, aunque pocas personas cumplen esto a rajatabla. Cualquier fallo en el cálculo de copas o en el tiempo transcurrido desde que se deja de beber puede hacer que te veas envuelto en un problema de esta índole.
En cualquier caso, ante una acusación por alcoholemia siempre podrás contar con asesoramiento legal. De hecho, en nuestro bufete somos expertos en este tipo de casos. Además, podremos asesorarte acerca de otros problemas relacionados con la conducción como el hecho de recurrir multas.
Así pues, no lo dudes más y si estás citado a un juicio rápido por superar la tasa de alcoholemia, contacta con nosotros. Te aseguramos que no te arrepentirás.
Reforma global del impuesto
La nueva doctrina del Constitucional ha puesto de relieve que, en ocasiones, la legislación en materia de impuestos no se ajusta a algunos de los principios básicos del Derecho Tributario, como es la capacidad económica del contribuyente.
Por eso, se ha anunciado una futura reforma a gran escala de la plusvalía. En los informes que ya se han presentado al Gobierno se habla de crear un nuevo impuesto, que gravaría no solamente los terrenos urbanos, sino también los no urbanos, atendiendo al incremento del valor que se haya producido en el momento de la transmisión.
La base imponible ya no se calcularía atendiendo a coeficientes de incremento, sino calculando el beneficio realmente obtenido al comparar el valor de adquisición y el de transmisión.
Además, a efectos de evitar que se pueda producir una doble imposición, la base imponible de ese nuevo tributo se podría deducir de otros impuestos que gravan las plusvalías, como el IRPF.
La sentencia del Tribunal Constitucional, el empeño de los ayuntamientos en seguir cobrando la plusvalia (incluso cuando no hay razón para ello) y la ausencia de una legislación más adecuada han dado lugar a muchas dudas sobre este impuesto. Por eso, lo mejor en una situación de este tipo es dejarse aconsejar por especialistas.