ADICAE
Probabilidad de éxito al reclamar la cláusula suelo con abogados
La cuestión sobre las cláusulas suelo y los gastos de hipoteca lleva ya algunos años recibiendo una gran atención mediática, social y política. Desde un punto de vista jurídico se trata igualmente de un tema de gran interés, que ha involucrado a muchos niveles de la Justicia e incluso ha necesitado de la intervención de la jurisdicción europea. Si te has visto afectado por la contratación de estos servicios financieros, queremos presentarte un breve resumen de la situación.
¿Qué implican las últimas sentencias?
Es normal que las personas que no tengan necesariamente una formación en Derecho o en Economía se hayan sentido un tanto desorientadas ante la avalancha de datos, perspectivas, tribunales, apelaciones, etc. Incluso pueden estar viviendo una sensación de permanente incertidumbre por los distintos criterios aplicables, las diversas vías para solucionar el problema o las derivadas político-sociales del caso.
Ciertamente, las últimas sentencias han aportado bastante claridad sobre las varias interrogantes que se cernían en la reclamación de las cláusulas suelo y otros productos hipotecarios.
La sentencia del juzgado mercantil número 5 de Madrid ha supuesto la confirmación de dos puntos fundamentales: primero, constata las irregularidades en la comercialización de las preferentes, anulando y declarando abusivas algunas de las cláusulas de los contratos, por lo que se obliga a Bankia (entidad heredera de la juzgada) a eliminar tales cláusulas de los contratos y a cesar en su utilización.
En segundo término, el magistrado Teodoro Ladrón rechaza parcialmente la demanda presentada por considerar que se debió haber realizado mediante acción individual y no a través de demanda colectiva. De tal modo que el juez desestima en parte la demanda presentada por ADICAE sobre clausula suelo, que iba a nombre de esta asociación y de 3057 pequeños inversores. El juez insta, por tanto, a acceder a las cantidades perdidas a través de una demanda individual en la que se pueda evaluar si el inversor en cuestión adquirió las preferentes sabiendo lo que hacía o si, al contrario, la información sobre el producto fue presentada mal o insuficientemente y creyó erróneamente estar invirtiendo en un simple depósito a plazo.
El juez deja claro que la demanda presentada por ADICAE no cumple con estos requisitos, pues es colectiva y por definición habría que utilizar una acción individual. La sentencia, por tanto, deja la puerta abierta para que los interesados recuperen su inversión reclamando de forma individual. De hecho, según la noticia en El País, algunos de los afectados han presentado sus propias denuncias ya, y con éxito.
La sentencia sobre las conocidas como «tarjetas black» es otra decisión judicial reciente que puede afectar indirectamente a la probabilidad de resolver con éxito la reclamación por preferentes, clausula suelo u otros productos financieros. Aunque se trata de causas judiciales separadas, existe coincidencia en algunos imputados y en especial en que la entidad financiera (Caja Madrid), que permitió el uso de las «tarjetas black», es una de las entidades que ha provocado más afectados por la venta de preferentes y cláusulas abusivas. De ahí que la sentencia anteriormente mencionada fuera relativa a la demanda presentada contra Caja Madrid por ADICAE y más de tres mil inversores.
En la sentencia sobre las «tarjetas black», de 259 folios, se ha condenado como autores de un delito de apropiación indebida al expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa y al expresidente de Bankia Rodrigo Rato a penas de seis años y cuatro años y 6 meses, respectivamente. Asimismo, el resto de los imputados han sido considerados colaboradores por el mismo delito.
A las dos sentencias recientes sobre Caja Madrid/Bankia hay que añadir la sentencia clave que se dio a conocer el pasado 21 de diciembre y que supuso un cambio fundamental, en tanto que el Tribunal de Justicia de la UE fallaba en contra del sistema financiero español y en concreto en lo referido a las cláusulas suelo. Lo más importante que establecía esta sentencia es la retroactividad total en la devolución de las cláusulas suelo que se habían firmado sin transparencia suficiente. Es decir, los afectados tienen derecho a la devolución total y no solo a partir de una determinada fecha. Las estimaciones hablaban de una cifra total de entre 3000 y 5000 millones de euros.
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¿Qué hacer ahora?
Ante la actual situación, nuestros abogados están a tu plena disposición para trabajar las 24 horas del día por la solución más conveniente y justa. Las personas que se han visto afectadas por los productos financieros aludidos merecen mayor seguridad y una mínima incertidumbre sobre su destino judicial y el resarcimiento por la estafa sufrida. Por ello y por el contenido de las sentencias publicadas en los distintos tribunales, te recomendamos como usuario a hacerte con los servicios de un buen abogado, que presente las acciones judiciales pertinentes para que recobres el dinero y finiquites de una vez este asunto tan turbio y pesado.
En concreto, consideramos conveniente la contratación de un abogado con el objeto de presentar una acción de tipo individual, que cumpla así con el requisito procesal básico que ha establecido en este caso el juzgado mercantil número 5 de Madrid ante la demanda colectiva presentada por ADICAE y más de 3000 pequeños inversores. Es lícito que puedan presentarse denuncias colectivas, y seguramente ADICAE y otras asociaciones actúan de buena fe para ayudar a los miles de afectados, pero la realidad judicial actual es que las demandas colectivas, a veces, no prosperan. Y que particularmente en lo relativo a las preferentes vendidas por Caja Madrid, la sentencia del magistrado Teodoro Ladrón ha establecido la necesidad de plantear la denuncia mediante acción individual.
Por todas las razones que hemos ido desgranando, si estás afectado por las preferentes, las cláusulas abusivas y otros productos financieros te animamos a reclamar las cantidades y restituciones que te correspondan. La jurisprudencia ha dejado claro que han existido irregularidades en la comercialización de las preferentes y está dictaminando la nulidad de determinadas cláusulas. A partir de ahí corresponde a cada afectado decidir la mejor manera de acceder a la justicia.
Por nuestra parte, seguimos la doctrina estipulada por la sentencia citada del juzgado mercantil número 5 de Madrid a la hora de instar a la reclamación por vía individual.