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Las empresas también pueden reclamar cláusula suelo

cláusulas suelo empresas

Recuperar el dinero invertido en hipotecas por cláusulas suelo empresas es posible, solicitando en sede judicial la nulidad de estas estipulaciones contractuales.

Viabilidad de las acciones para reclamar de las empresas

Actualmente las mercantiles que firmaron hipotecas tienen la posibilidad de anular estas condiciones, consideradas abusivas. Los tribunales reciben a diario miles de demandas particulares y cada  vez son más los españoles que solicitan la anulación en la justicia, recuperando su dinero.

Las empresas ahora tienen una alternativa para reclamar y obtener el importe abonado de forma excesiva.

Los locales comerciales y naves que cuentan con hipotecas en estas circunstancias, tienen la misma posibilidad que las personas físicas para interponer demandas por cláusulas suelo empresas. La viabilidad se relaciona con la finalidad del crédito que puede ser:

  • Préstamo solicitado para fines ajenos a la actividad, situación prevista legalmente porque se considera consumidor y se encuentra dentro de los límites de la sentencia dictada en 2013 por el Tribunal Supremo. Las normas en este caso se aplican como afectados y el éxito está garantizado.
  • Préstamos incluidos dentro de la actividad no se consideran consumidores y el fallo del Supremo no se aplica, excepto en el análisis sobre trasparencia que deben incluir las cláusulas.

Jurisprudencia y criterios legales

El cumplimiento exigido en la vía control de inclusión e incorporación se puede considerar en la justicia, cuando se presentan estas circunstancias:

  • Cláusulas techo incluidas conjuntamente aparentando contraprestaciones.
  • Ausencia de información transparente sobre el objeto principal del contrato.
  • Carencia de simulaciones sobre los comportamientos que pueden presentar los tipos de intereses, relacionados con cláusulas suelo empresas.
  • Falta de información comprensible, así como otras modalidades para contratar en la misma entidad. Esta clase de advertencias previas que no fueron ofertadas antes de la firma, son motivo de reclamación judicial.

Los criterios mencionados tienen que ser considerados por los letrados del despacho Aliter Abogados, especializados en préstamos hipotecarios.

La jurisprudencia actual se destaca por los fallos de distintas Audiencias Provinciales, que fundamentaron sus decisiones en las condiciones generales firmadas, donde solamente se hacía mención a intereses remuneratorios como elemento principal de la contratación.

Ejemplo de estas sentencias, son la declaración de nulidad de estas cláusulas de la Audiencia Provincial de Barcelona en 2015 a favor de una empresa contra CaixaBanc, que debió eliminarlas y devolver el dinero recibido de más.

Las Pymes y empresas, tienen ahora una oportunidad para recuperar el capital de los intereses cobrados abusivamente.

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