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Demandas Cláusula Suelo

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Demandas cláusula suelo ¿Qué es mejor la macro demanda o demanda individual?

Acciones colectivas o individuales, representan distintas formas de ejercer los derechos del afectado ante la justicia con demandas cláusula suelo.

Tipos de demandas por cláusula hipotecarias

Las reclamaciones judiciales por cláusulas techo vieron la luz, después de la sentencia del Tribunal Supremo el 9 de Mayo de 2013. Una macro demanda interpuesta contra las principales entidades financieras: Cajas Rurales Unidas, BBVA, y NCG, condenadas a devolver el importe cobrado de más a los afectados.

Este fallo condenó la falta de transparencia en la información,  especialmente por exceso de datos que enmascaraba las condiciones reales distrayendo la atención del cliente, así como la ausencia de explicación comprensible. La condena a las tres entidades hacía referencia a la eliminación de estas cláusulas, que debían cesar de forma inmediata además del reintegro del dinero cobrado excesivamente.

Sentencia que evitaba por su parte la recuperación del dinero pagado con anterioridad a la fecha del fallo, aunque se establece lo contrario en el artículo 1303 del Código Civil.

Elevada esta cuestión procesal al Tribunal de la Unión Europea, para aplicar la nulidad con efecto retroactivo al día de la contratación de la hipoteca, se espera una resolución para el 26 de abril del 2016.

¿Qué demanda escoger?

Las dos demandas cláusula suelo que se pueden plantear en la justicia, son: individuales o colectivas. El afectado tiene que optar por estas acciones, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones:

  • Macro demanda: las cantidades pagadas en principio no se devuelven en su totalidad y los plazos de finalización son muy prolongados.
  • Demanda individual: cuenta con máximas garantías cuando se presenta un único demandante. La viabilidad de estas acciones es mayor, permite una estrategia procesal concreta dependiendo de las necesidades del afectado. El período de resolución es corto, así como la recuperación de las cantidades más las costas judiciales.
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