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Una jueza obliga a Bankia a devolver el dinero invertido en la OPV por ocultar su situación económica real

El Juzgado número 87 de Primera Instancia de Madrid ha ordenado a Bankia devolver un total de 112.000 euros invertidos en acciones y participaciones preferentes por no informar al cliente de la situación económica real de la entidad en su salida a bolsa ni de los riesgos de la operación.

El juzgado madrileño ha estimado la demanda de la cliente, defendida por el despacho Forum Jurídico Abogados, y ha anulado la venta de los productos financieros al no haber recibido las explicaciones pertinentes «dada la situación grave de insolvencia de la emisora».

Según la sentencia, la entidad «obró con total oscuridad, con mala fe, anteponiendo sus propios intereses a los sus de sus clientes, con ocultación de los riesgos de insolvencia cierta en la que se hallaba y haciendo partícipes forzosos de esa insolvencia» a sus clientes.

«El problema es que silenciaba o no evidenciaba la situación económica, que ya empezaba a ser agobiante para Caja Madrid», prosigue la magistrada, que añade que no se puede exigir al cliente una especial diligencia, cuando la propia entidad, «profesional y experta en la actividad financiera, induce a su personal a apresurar la comercialización sin demasiada complicaciones».

Los clientes no querían riesgo

La juez ha fallado que el banco actuó «a sabiendas que estaba captando recursos propios de inversores cuya voluntad no era convertirse en accionistas o partícipes del riesgo y ventura societaria».

En este caso, la demandante negoció primero con Caja Madrid y después con Bankia, pensando que su dinero estaba invertido en depósitos a plazo o productos seguros ya que su intención no era especular con él, sino ahorrar para cubrir las necesidades de sus hijos. Según dijo, no recibió información concreta de los títulos y además los formularios bancarios que se le entregaban ya estaban rellenos.

Una jueza obliga a Bankia a devolver el dinero invertido en la opv por ocultar su situación económica real
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Europa Press
17/06/2014 – 13:14
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    Una juez ordena devolver 112.000 euros invertidos en acciones y preferentes
    La juez dice que «obró con total oscuridad, mala fe y anteponiendo sus intereses»
    La demandante pensó que su dinero estaba invertido en productos seguros

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El Juzgado número 87 de Primera Instancia de Madrid ha ordenado a Bankia devolver un total de 112.000 euros invertidos en acciones y participaciones preferentes por no informar al cliente de la situación económica real de la entidad en su salida a bolsa ni de los riesgos de la operación.

El juzgado madrileño ha estimado la demanda de la cliente, defendida por el despacho Forum Jurídico Abogados, y ha anulado la venta de los productos financieros al no haber recibido las explicaciones pertinentes «dada la situación grave de insolvencia de la emisora».

Según la sentencia, la entidad «obró con total oscuridad, con mala fe, anteponiendo sus propios intereses a los sus de sus clientes, con ocultación de los riesgos de insolvencia cierta en la que se hallaba y haciendo partícipes forzosos de esa insolvencia» a sus clientes.

«El problema es que silenciaba o no evidenciaba la situación económica, que ya empezaba a ser agobiante para Caja Madrid», prosigue la magistrada, que añade que no se puede exigir al cliente una especial diligencia, cuando la propia entidad, «profesional y experta en la actividad financiera, induce a su personal a apresurar la comercialización sin demasiada complicaciones».

Los clientes no querían riesgo

La juez ha fallado que el banco actuó «a sabiendas que estaba captando recursos propios de inversores cuya voluntad no era convertirse en accionistas o partícipes del riesgo y ventura societaria».

En este caso, la demandante negoció primero con Caja Madrid y después con Bankia, pensando que su dinero estaba invertido en depósitos a plazo o productos seguros ya que su intención no era especular con él, sino ahorrar para cubrir las necesidades de sus hijos. Según dijo, no recibió información concreta de los títulos y además los formularios bancarios que se le entregaban ya estaban rellenos.

El abogado de la demandante ha considerado que esta sentencia «abre una nueva vía para todos los accionistas que acudieron a las suscripción de acciones y que han terminado sufriendo graves pérdidas y perjuicios, incluso para los casos en los que ya se hubieran desprendido de esas acciones, puesto que la resolución dictada pone especialmente el acento en la ocultación de la situación económica real de la entidad».

eleconomista.es 14-06-2014

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