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¿Cuál será el futuro de las cláusulas suelo?

futuro de las cláusulas suelo

Noticias actuales sobre la situación de los afectados por préstamos hipotecarios, permiten sacar conclusiones sobre el futuro cláusulas suelo en 2016.

Nulidad y retroactividad como argumentos

La Justicia devolverá a los hipotecados las cantidades satisfechas de más, considerando abusivas estas condiciones. Finalmente los ciudadanos que confiaron en la banca, podrán recuperar el dinero desde el inicio de la contratación, aplicándose en la actualidad las sentencias que condenan a cajas y bancos.

Analizando la previsión en relación con las primeras noticias de este año, se pueden establecer previsiones acertadas sobre este tema. Los datos antes del año 2013 han sido muy limitados, reservándose para estudios técnicos en conferencias y medios únicamente.

La sentencia del Tribunal Supremo emitida el 9 de mayo de 2013, sin embargo, abrió la puerta al masivo conocimiento de las variables contratadas en el tipo de interés y la abusividad en la contratación.

Las entidades en esta resolución quedan expuestas y permanecen en entredicho sus exigencias, falta de información al cliente y argumentos de negociaciones engañosos.

La sentencia da por zanjado el debate relacionado también con la retroactividad de esta nulidad, para saber exactamente desde cuando cobrará el cliente las cantidades excesivas, pagadas en estos conceptos.

Retroactividad limitada y total

Futuro cláusulas suelo beneficioso para miles de personas afectadas en sus hipotecas, que ahora pueden demandar en los Juzgados y ejercer su derecho con el convencimiento de ser reconocidos plenamente.

El fallo de este Tribunal decidió que la banca tenía la obligación de devolver el dinero desde el día de contratación, pero ocasionaría una insostenible situación al sistema financiero.

Los jueces españoles al respecto, no estuvieron de acuerdo con limitar la retroactividad por varias razones, concretamente porque existe un principio legal sobre la nulidad, que incluye la restitución total ante la nulidad de la cláusula abonada en exceso.

La devolución fue tema de todas las noticias en 2014 y 2015, explicando que debía producirse desde el inicio del préstamo, surgiendo así las contradicciones al respecto.

¿Cómo interviene la Unión Europea en la cláusula suelo?

La limitación de las cantidades reintegradas llevó a un juez a presentar esta cuestión, directamente en el reconocido Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El magistrado ante las oposiciones al fallo dictado por el Tribunal Supremo y el resto de resoluciones judiciales acordando la total devolución, elevó la causa al Alto Tribunal internacional.

La Comisión Europea en 2015 manifestó en sus observaciones, que se debía exigir integro el total del dinero, determinando así el pago desde la firma del contrato y no a partir de la sentencia de mayo del año 2013.

Las provisiones de las nuevas partidas en los presupuestos del sector bancario han sido modificadas, porque el Banco Central Europeo tienen en cuenta esta medida y ha instado a las entidades españolas a considerar esta repercusión económica, en caso de devolverse todo el capital adeudado al cliente.

En 2016 la previsión indica, que ya es inminente esta forma de devolución íntegra en todas las sentencias, ratificadas por la Unión Europea.

La banca actualmente busca reducir el impacto en sus activos, ofreciendo a los afectados acuerdos donde se eliminan estas condiciones, pero sin devolver el importe total que es el futuro cláusulas suelo.

Propuestas que varían según la caja o banco, también intentando modificar el tipo de la hipoteca a un interés fijo y en algunos casos, hasta intentan restituir importes mínimos comparados con los reales, inclusive se procura llegar a distintos actos de conciliación.

Los abogados recomiendan a sus clientes evitar estas medidas paliativas que aprovechan los bancos y consultar las opciones jurídicas que actualmente se siguen, recuperando íntegramente el dinero.

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