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El Supremo confirma la nulidad de las cláusulas suelo en las hipotecas si no son «claras»

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha confirmado este martes la nulidad de las cláusulas suelo si las entidades financieras no han informado a los clientes de forma «clara y destacada» antes de firmar el préstamo hipotecario.

Los magistrados, reunidos en pleno, han decidido confirmar su primera resolución, dictada en mayo pasado, y rechazar el incidente de nulidad promovido por Cajas Rurales Reunidas y BBVA, al que se adhirió NCG Banco, lo que abre la vía para que las entidades de crédito acudan al Tribunal Constitucional.

En el recurso, las entidades argumentaban que la sentencia era incongruente por basar la nulidad de las cláusulas en la falta de transparencia y no en el «desequilibrio» entre las obligaciones de las partes alegado por Ausbanc.

La sala responde que esta asociación también alegó la falta de conocimiento real del alcance de dichas cláusulas por parte de los consumidores y recuerda que, de hecho, las entidades de crédito defendieron la transparencia y claridad de las mismas.

Por ello concluye que «la sentencia cuya nulidad se pide no se apartó de las cuestiones debatidas en el proceso» y añade que «las partes tuvieron oportunidad de realizar alegaciones y prueba sobre las mismas y que el fallo no fue extraño a las pretensiones ejercitadas».
Jurisprudencia justificada

También rechaza el Supremo que su resolución no sea válida porque, a partir de un caso concreto, anulara todas las cláusulas suelo en las que se acreditara falta de transparencia sin tener en cuenta «las características concurrentes en cada caso concreto y en cada contrato».

Los magistrados responden que su decisión está plenamente justificada «por la existencia de condiciones generales de contratación empleadas en una pluralidad de contratos y en la utilización por las entidades demandadas de pautas estandarizadas en la contratación de estos préstamos, propias de la contratación en masa».

A las alegaciones de indefensión planteadas por las entidades de crédito, que criticaron al Supremo por establecer una jurisprudencia «innovadora» en cuanto al control de la transparencia, el tribunal contesta que esto «no es un hecho en sí mismo negativo, sino una muestra del progreso de la citada jurisprudencia, que no puede considerarse infractor del ordenamiento».
Cláusulas nulas desde el 9 de mayo

El Tribunal Supremo declaró el pasado día 9 de mayo la nulidad de las cláusulas suelo de las hipotecas en los casos de «falta de transparencia» a los consumidores. El fallo, que no es retroactivo, afectaba directamente a BBVA, Cajamar y Novagalicia Banco, que ya ha anunciaron la supresión de todas las cláusulas suelo de sus hipotecas.

Esta medida tuvo un impacto en las cuentas de las entidades. El BBVA, por ejemplo, dejó de ganar 263 millones de euros en los nueve primeros meses del año, según detalló el consejero delegado de la entidad, Angel Cano, en la presentación de resultados.

La sentencia no obliga al resto de entidades, si bien algunas de ellas anunciaron que las retiraban de forma voluntaria, como fue el caso de Banesto. Deben ser los afectados los que reclamen y, en numerosos casos, la Justicia les han dado la razón.

rtve.es 19-11-2013

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