Las cláusulas suelo de hipoteca declarada nula

Declaradas abusivas por los Tribunales de Sevilla las sentencias, respaldan la nulidad cláusulas suelo hipoteca de miles de afectados por la banca.

Entidad condenada a devolver el dinero al cliente, nulidad cláusulas suelo

Las condiciones exigidas por Caja Rural del Sur en los préstamos hipotecarios, han obtenido una resolución condenatoria para la entidad, según el fallo del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Nº 2 de Estepa.

Condenados a pagar al ciudadano que suscribió el 18 de abril de 2008 su hipoteca, quien recibirá el reintegro de las cantidades pagadas como cláusulas satisfechas, ahora consideradas nulas siguiendo la jurisprudencia de otras sentencias publicadas, según el fallo del mes de mayo de 2013.

La demanda presentada en esta instancia judicial ha emitido esta condena el 25 de abril de 2016, recogida en todos los medios de comunicación, citando especialmente que se mantiene la vigencia del contrato firmado, sin aplicarse desde la resolución del juez las cláusulas abusivas.

El préstamo referente a la sentencia contaba con ampliación y novación hipotecaria, subrogándose el cliente en un crédito con intereses variables en su garantía, solicitando así la propiedad.

Esta operación crediticia incluía un tipo de interés que implicaba un diferencial, como resultado de añadir el 1,40% al Euribor.

Hipoteca que indicaba en su cláusula séptima que el valor nominal anual de este tipo de interés, nunca estaría por debajo del 4,5%.

Transparencia y claridad en los préstamos hipotecarios

La demanda solicitando la nulidad cláusulas suelo en esta ocasión expresaba en su presentación la denuncia del cliente, solicitando la aplicación del correspondiente Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, por falta de claridad y transparencia en las condiciones pactadas.

La omisión y falta de información fueron los principales argumentos de los abogados, también la oferta vinculante omitida que obliga a la Caja, según la Orden Ministerial publicada el 9 de mayo de 1994.

Las alegaciones de la entidad que hacían referencia al conocimiento del cliente, respecto al alcance de la cláusula y la información sobre el contenido en todo momento, procuraban defender que existió consentimiento valido.

Legalidad de condiciones y transparencia que el Juzgado consideró, que no estuvieron presentes en la contratación por ser un préstamo con intereses fijos.

Presentadas las pruebas en el juicio por Caja Rural del Sur no quedó acreditado, que el actor haya sido debidamente informado de las posibles consecuencias y riesgos de este tipo de exigencias en el préstamo.

Nulidad cláusulas suelo

Incluida en la sentencia condenatoria a la banca por resultar imposible cualquier beneficio al cliente, ante el descenso del índice del Euribor que actualmente se comporta, como tipo fijo de interés en las fluctuaciones del mercado.

Las conclusiones del Juzgado advierten que estas cláusulas, no cumplen con los debidos requisitos de transparencia y claridad, además de no constar que el demandado hubiese recibido una información minuciosa y suficiente en relación al coste del crédito firmado. La oferta vinculante no fue facilitada al cliente, según consta en autos de acuerdo a la Orden Ministerial antes mencionada.

El Juzgado de Estepa ajustándose a la jurisprudencia existente, declaró nula este tipo de cláusula por ser abusiva y de pleno derecho. La vigencia del resto del contrato se mantiene vigente, pero desde el fallo sin estas condiciones de interés mínimo del 4,5% en la garantía hipotecaria.

Condenada la Caja abonará al cliente afectado las cantidades satisfechas, aplicándose la nulidad desde que se publicó la sentencia en 2013 del Tribunal Supremo, más los intereses legales.

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