Adquisición de Acciones de BANKIA en su Salida a Bolsa

Mientras continúa el procedimiento en la Audiencia Nacional bajo la dirección del Juez Fernando Andreu relativo al fraude de la salida a Bolsa de BANKIA, los pequeños inversores están viendo el final del túnel según las últimas Sentencias que declaran la Nulidad de sus contratos de compra de Acciones.

En Valencia se ha pronunciado ya la Audiencia Provincial, hasta en dos ocasiones, en Sentencias de 29 de diciembre de 2014 y 7 de enero de 2015, anulando los contratos de compra de Acciones realizadas en el momento de la salida a bolsa por pequeños inversores.

La base de las Sentencias de la Sección 9ª de la Audiencia Provincial de Valencia, especialista en derecho bancario, no es otra que los propios hechos acontecidos desde que se produce la Oferta Pública de Suscripción; BANKIA adelanta resultados del ejercicio 2011 en el Folleto, con beneficios de 91 millones de euros hasta marzo, se presenta como una de las entidades financieras más solvente, y finalmente acaba registrando unas pérdidas para el mes de diciembre del mismo año de 3.030 millones de euros.

Parece evidente, y así lo considera no sólo esta Sección de la Audiencia Provincial de Valencia, sino otros muchos juzgados, que no existe una normalidad en la información económico financiera facilitada en junio de 2011, cuando en menos de un año, la principal entidad española en solvencia pasa a solicitar su rescate, es suspendida de cotización y presenta el mayor agujero de la historia de la Banca española, necesitando más de 20.000 millones de euros de inyección de capital.

Hay que señalar que ha sido el mismo despacho de abogados, ALITER ABOGADOS y la letrada Eva Ruiz Córdoba, quien ha conseguido estas dos Sentencia de la Audiencia Provincial de Valencia, que se unen a las que ya tienen también en primera instancia.

Miguel Gálvez Hernández

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