Guía para los accionistas de Bankia

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Las últimas informaciones indican que los clientes de Bankia, que tienen acciones de la OPV o en Bolsa, ya pueden optar por reclamar su dinero. Los nuevos informes sobre el Banco de España permiten alegar la falsedad de los folletos, que fueron emitidos por OPV en sede judicial. Con su aporte se abre una nueva vía para las personas, que en su momento compraron dichas acciones. Solo hay que saber con exactitud los plazos y el tipo de acciones, que son posibles demandar en este momento y al respecto las preguntas más frecuentes de los clientes, son:

¿Quiénes pueden optar por la reclamación?

Aquellos accionistas de Bankia, que en su momento acudieron a OPV y todas las personas que compraron hasta mayo del año 2012 acciones de la entidad.

¿Qué actuaciones judiciales se pueden demandar?

Pueden optar por varias vías, como la civil que es más ágil y demandando a la entidad en primer lugar, también contra el Estado y la empresa Deloitte. El abogado puede elegir tres opciones para interponer las acciones: la primera referida a la responsabilidad sobre el folleto viciado, que llevarían alrededor de tres años, desde que se comprueba el engaño al cliente. La segunda, sería la acción que indica el vicio en cuanto a la voluntad de quien adquirió y también por el error en el momento de la contratación. En esta modalidad de dolo o error, será el damnificado quien deberá demostrar que las adquirió, por la seguridad y confianza que le daba la entidad en su momento. La tercera tiene que ver con la responsabilidad que tuvo la entidad que incumplió sus obligaciones, ya que Bankia estaba obligada a informar con diligencia y transparencia al cliente de lo que compraba. Para este último caso, el plazo es mayor para ejercer la acción judicial, pero se aconseja hacerlo de inmediato para garantizar la efectividad de la demanda.

¿Cuál sería la opción correcta?

Sin duda la acción correcta, será la que recae sobre la información debida, que tenía que constar en el folleto que se entregaba. Esto se debe a que el reciente informe pericial, sirve como prueba y los expertos opinan que el defecto de la información, es un hecho objetivo que pone de manifiesto la falsedad de la entidad. Además de la tardanza de casi un año para resolver y si hubiere apelación, por ejemplo, serían dos años en total.

¿Cuándo se presentan las acciones legales?

Cuanto antes, opinan los estudiosos del tema, antes del mes de mayo de 2015 es lo oportuno, porque es la opción adecuada para interponer en los juzgados la demanda. Esto se debe a que los jueces tomarán el desplome de Bankia en Bolsa, como referencia para estos casos tan particulares.

¿Qué podrán reclamar los accionistas en las demandas?

Siempre que las acciones, se hayan adquirido antes de mayo de 2012, podrán interponer la demanda por el perjuicio sufrido en su patrimonio, aunque las hubieran vendido o no. Si se vendieron las acciones, entonces se establecerá la diferencia del importe, entre el momento de la compra y de la venta de las mismas. Quienes no vendieron y acudieron a OPV, tuvieron una pérdida de casi el 99% del importe pagado, el cual podrán reclamar en su totalidad en la justicia.

¿Es conveniente una demanda individual?

Siempre es mejor demandar de forma individual, ya sean pequeñas o grandes firmas comerciales como clientes minoritarios. Porque el coste de la actuación será compensando con la ganancia del importe recuperado que se obtiene con el fallo favorable y la restitución de las perdidas, más las costas del proceso.

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